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Tablas salariales 2026 · provisionales

I Convenio colectivo de residencias y centros de día privados y concertados de la Comunidad de Madrid.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 14 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Tabla provisional: el convenio no ha publicado aún la tabla de 2026; mostramos la de 2025, que se sigue aplicando. Puede cambiar cuando se publique la revisión.

Código de convenio 28008255011995

Última actualización: 15 de octubre de 2026

    Hay 26 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Sigue la tabla del año anterior Subida general 0,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. Se compensan preferentemente con tiempo de descanso; si no, se pagan al precio de la tabla. (art. 42; anexo I)

    Sueldo por categoría en 2026

    Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)

    15 de 26 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.

    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2025Hora extra
    Grupo 1 – Dirección, titulados/as superiores y especialistas
    Administrador2.103,62 €29.450,68 €*0,0 %29,02 €
    Gerente2.103,62 €29.450,68 €*0,0 %29,02 €
    Director2.103,62 €29.450,68 €*0,0 %29,02 €
    Médico1.791,96 €25.087,44 €*0,0 %24,72 €
    Grupo 2 – Mandos intermedios
    Supervisor1.567,96 €21.951,44 €*0,0 %21,63 €
    ATS/DUE1.567,96 €21.951,44 €*0,0 %21,63 €
    Trabajador Social1.455,98 €20.383,72 €*0,0 %20,09 €
    Fisioterapeuta1.455,98 €20.383,72 €*0,0 %20,09 €
    Terapeuta Ocupacional1.455,98 €20.383,72 €*0,0 %20,09 €
    Gobernante1.203,95 €16.855,30 €* SMI0,0 %16,61 €
    Cocinero1.160,37 €16.245,18 €* SMI0,0 %16,00 €
    Grupo 3 – Personal cualificado
    TASOC1.179,32 €16.510,48 €* SMI0,0 %16,27 €
    Oficial Mantenimiento1.179,32 €16.510,48 €* SMI0,0 %16,27 €
    Oficial Administrativo1.179,32 €16.510,48 €* SMI0,0 %16,27 €
    Grupo 4 – Personal auxiliar
    Conductor1.160,37 €16.245,18 €* SMI0,0 %16,00 €
    Gerocultor1.160,37 €16.245,18 €* SMI0,0 %16,00 €
    Jardinero1.140,03 €15.960,42 €* SMI0,0 %15,73 €
    Auxiliar Mantenimiento1.140,03 €15.960,42 €* SMI0,0 %15,73 €
    Auxiliar Administrativo1.140,03 €15.960,42 €* SMI0,0 %15,73 €
    Portero-Recepcionista1.140,03 €15.960,42 €* SMI0,0 %15,73 €
    Grupo 5 – Personal auxiliar de servicios
    Limpiador/Planchador1.051,81 €14.725,34 €* SMI0,0 %14,51 €
    Pinche Cocina1.051,81 €14.725,34 €* SMI0,0 %14,51 €
    Ayudante Oficios varios1.051,81 €14.725,34 €* SMI0,0 %14,51 €
    Titulado Superior1.791,96 €25.087,44 €*0,0 %24,72 €
    Titulado Medio1.425,03 €19.950,42 €*0,0 %19,66 €
    Personal no cualificado1.051,81 €14.725,34 €* SMI0,0 %14,51 €

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.772 horas de jornada anual del convenio.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus de antigüedad (trienios)

      21,81 € al mes cada tres años (trienio)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Por cada tres años de servicio en la empresa; proporcional a la jornada realizada.

      Cotiza y tributa como salario. art. 40.b y g; anexo I

      Entra en las dos pagas extraordinarias (art. 40.g), por eso 14 pagas. El convenio no fija tope de trienios.

    • Plus de domingos y festivos

      de 21,77 a 21,78 € por día trabajado según categoría

      Lo que se paga de más por trabajar en domingo. Quién lo cobra: Por jornada trabajada en domingo o festivo, sea cual sea su duración; no lo cobra el personal contratado específicamente para domingos o festivos. En turno de noche cuenta si la jornada empieza en domingo o festivo.

      Cotiza y tributa como salario. art. 40.d; anexo I

      Cada festivo trabajado da además un día de descanso compensatorio (art. 37). Tabla 2026 prorrogada: el art. 41 remite para 2026 a las tablas del convenio marco estatal, que no ha publicado tablas 2026 (a 15/10/2026 sigue prorrogado con las de 2025); se mantienen los importes de 2025.

    • Plus de festivo de especial significación (Navidad y Año Nuevo)

      de 34,85 a 69,69 € por día trabajado según categoría

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Turnos desde la noche del 24 al 25 de diciembre hasta la tarde del 25, y desde la noche del 31 de diciembre hasta la tarde del 1 de enero.

      Cotiza y tributa como salario. art. 43; anexo I

      No se cobra a la vez que el plus de domingos y festivos por el mismo turno. Tabla 2026 prorrogada: el art. 41 remite para 2026 a las tablas del convenio marco estatal, que no ha publicado tablas 2026 (a 15/10/2026 sigue prorrogado con las de 2025); se mantienen los importes de 2025.

    • Plus de nocturnidad

      de 2,05 a 4,11 € por hora según categoría

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Por hora trabajada entre las 22 y las 7 horas.

      Cotiza y tributa como salario. art. 40.c; anexo I

      El personal con turno fijo de noche lo cobra también en vacaciones (art. 39). Tabla 2026 prorrogada: el art. 41 remite para 2026 a las tablas del convenio marco estatal, que no ha publicado tablas 2026 (a 15/10/2026 sigue prorrogado con las de 2025); se mantienen los importes de 2025.

    • Plus de disponibilidad

      24,19 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por estar localizable fuera de tu horario. Quién lo cobra: Por cada turno de disponibilidad (localizable para acudir a urgencias), voluntario.

      Cotiza y tributa como salario. arts. 40.e y 44; anexo I

      El tiempo desde el aviso hasta 30 minutos después de terminar se paga como horas extraordinarias. Tabla 2026 prorrogada: el art. 41 remite para 2026 a las tablas del convenio marco estatal, que no ha publicado tablas 2026 (a 15/10/2026 sigue prorrogado con las de 2025); se mantienen los importes de 2025.

    • Kilometraje con vehículo propio

      0,18 € por kilómetro

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Desplazamientos dentro de la jornada que exige el servicio, con vehículo propio.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 40.h

      La empresa puede, en su lugar, pagar el transporte público o poner vehículo de empresa. Tabla 2026 prorrogada: el art. 41 remite para 2026 a las tablas del convenio marco estatal, que no ha publicado tablas 2026 (a 15/10/2026 sigue prorrogado con las de 2025); se mantienen los importes de 2025.

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid-20260321-1 (tabla salarial 2026, publicado el 21/3/2026). Revisado el .

    Código de convenio 28008255011995

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