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Tablas salariales 2027

Convenio colectivo de distribución de electricidad de la provincia de Córdoba.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2027. Todas las categorías cobran en 14 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Código de convenio 14000105011982
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

    Hay 11 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Subida general +3,5 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. En festivo, más un 25 %. Si hay acuerdo, compensación por descansos en los cuatro meses siguientes: cada hora extraordinaria se compensa con 1,75 horas de descanso. (art. 17)

    Sueldo por categoría en 2027
    CategoríaGrupoBase / mesBruto anualSubida vs 2026Hora extra
    Peritos2.008,62 €28.120,68 €*+3,5 %27,69 €
    Jefe de Negociado Administrativo1.555,96 €21.783,44 €*+3,5 %21,45 €
    Subjefe de Negociado Administrativo1.555,96 €21.783,44 €*+3,5 %21,45 €
    Oficiales 1.ª Administrativos1.388,56 €19.439,84 €*1+3,5 %19,14 €
    Oficiales 2.ª Administrativos1.388,56 €19.439,84 €*2+3,5 %19,14 €
    Auxiliares Administrativos1.236,05 €17.304,70 €*+3,5 %17,04 €
    Montadores y Capataces Electricistas46,80 €/día—3——
    Oficiales 1.ª Electricistas43,04 €/día—3——
    Oficiales 2.ª Electricistas43,04 €/día—3——
    Oficiales 3.ª Electricistas42,15 €/día—3——
    Peones Especializados42,15 €/día—3——

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    1. Oficiales 1.ª Administrativos: En el texto figura «1ª» sin punto; se normaliza el nombre.

    2. Oficiales 2.ª Administrativos: En el texto figura «2ª» sin punto; se normaliza el nombre.

    3. Montadores y Capataces Electricistas y otras: Tabla en euros/día. El recorte no da el número de días para calcular el anual.

    Subida: salario base de 2027 frente al de 2026 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.777 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Anexo II. Incremento del 3,5 % sobre las tablas de 2026 (art. 4).

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus Convenio

      196,71 € al mes, en 14 pagas

      Plus fijo que el convenio suma al salario base. Quién lo cobra: Toda la plantilla. Se deducen 7,51 € por cada día de falta al trabajo sin causa justificada; no se deduce en vacaciones.

      Cotiza y tributa como salario. art. 5

      Se incluye en las pagas extraordinarias (art. 7). Deducción por falta injustificada: 7,51 € en 2027.

    • Trienios (antigüedad)

      432,09 € al mes cada tres años (trienio) (tope: 40 % del salario)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla, desde la fecha de ingreso en la empresa.

      Cotiza y tributa como salario. art. 6

      Premios por permanencia (25 y 40 años) como en 2026.

    • Plus de nocturnidad

      el 35 % de tu salario base

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo entre las 22:00 y las 6:00 horas.

      Cotiza y tributa como salario. art. 8

      El texto no fija cambio de porcentaje por año.

    • Quebranto de moneda

      21,08 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres. Quién lo cobra: Personal que tiene a su cargo el cobro de facturas; se abona los doce meses del año.

      Cotiza y tributa como salario. art. 9

    • Kilometraje por uso del propio vehículo

      0,40 céntimos por kilómetro recorrido en 2027

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Uso voluntario del propio vehículo, con conformidad de la empresa, para desplazamientos por necesidad del servicio.

      Depende de los límites del art. 147.2 LGSS; el recorte no lo dice. art. 10

    • Plus de festivos singulares

      36,69 € por cada día trabajado

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Trabajo en festivos singulares (1 y 6 de enero, Jueves y Viernes Santo, 24, 25 y 31 de diciembre) por necesidades de producción u organización. No aplica a personal contratado para ello, a quien trabaja esos días por su turno normal, ni a quien está de guardia.

      Cotiza y tributa como salario. art. 31

      36,69 € diarios en 2027. Si una empresa tiene pactada cantidad superior, se mantiene la más alta.

    • Plus de toxicidad, penosidad y peligrosidad

      el 20 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajar con sustancias tóxicas. Quién lo cobra: Puestos calificados por el Servicio de Prevención como tóxicos, penosos o peligrosos; se abona en proporción al tiempo trabajado en esas condiciones.

      Cotiza y tributa como salario. art. 18 bis

      Deja de percibirse si hay traslado a un puesto exento de esos riesgos.

    • Plus de teletrabajo

      29,38 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Plus de teletrabajo; el recorte no fija otros requisitos.

      Cotiza y tributa como salario. art. 33

      Trabajo a distancia regulado por el Real Decreto-Ley 28/2020.

    • Plus sustitutivo del suministro eléctrico

      489,40 € anuales en 2027, que se devengan con cada paga extraordinaria (244,71 € en julio y 244,71 € en diciembre)

      Quién lo cobra: Personal que se incorpore a partir del 1 de enero de 2017, en lugar del suministro eléctrico.

      Cotiza y tributa como salario. art. 19

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: BOP-A-2026-2600 (BOP Córdoba, tabla salarial 2027, publicado el 30/7/2026). Revisado el .

    Código de convenio 14000105011982

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