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Tablas salariales 2022

Convenio colectivo de estaciones de servicio de la provincia de Gipuzkoa.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2022. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Código de convenio 20001615011992
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

    Hay 10 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Subida general +6,8 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 50 %. (art. 18)

    Sueldo por categoría en 2022
    CategoríaBase / mesBruto anualHora extra
    Área administrativa
    Encargado general1.551,91 €23.278,65 €20,52 €
    Jefe Administrativo1.438,31 €21.574,65 €19,01 €
    Of. 1.ª Administrativo1.374,48 €20.617,20 €18,17 €
    Of. 2.ª Administrativo1.309,22 €19.638,30 €17,31 €
    Auxiliar Administrativo1.273,77 €19.106,55 €16,84 €
    Aspirante Administrativo1.003,93 €15.058,95 €13,27 €
    Área de operaciones
    Encargado de turno1.309,23 €19.638,45 €17,31 €
    Expendedor41,30 €/día19.658,80 €117,33 €
    Aprendiz36,12 €/día16.434,60 €214,48 €
    Personal de limpieza (al día)40,33 €/día18.350,15 €216,17 €

    1. Expendedor: Tabla de 2022 en €/día. El anual que da el boletín incluye el art. 8 (quebranto de moneda).

    2. Aprendiz y otras: Tabla de 2022 en €/día.

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.702 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Tabla I.A del texto nuevo (BOG 27/9/2022): salario de convenio y total anualizado de 2022. Los pagos de 2023 y 2024 se revisan por IPC (art. 6.4 y 6.5); las revisiones publicadas no constan en el recorte.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus de antigüedad (cuatrienio y quinquenios)

      Importe por cuatrienio y por quinquenio según la tabla I.B de 2022. Administrativo, €/mes: Encargado general 45,34 / 72,11; Jefe Administrativo 41,50 / 66,02; Of. 1.ª 39,35 / 62,59; Of. 2.ª 37,15 / 59,08; Auxiliar 35,95 / 57,18; Aspirante 28,20 / 44,86. Operaciones: Encargado de turno 37,15 / 59,08 €/mes; Expendedor 1,16 / 1,84 €/día; Aprendiz 1,01 / 1,61 €/día; Personal de limpieza al día 1,13 / 1,80 €/día.

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla: un cuatrienio y cuatro quinquenios posteriores, contados desde el ingreso en la empresa.

      Cotiza y tributa como salario. art. 7 y tabla I.B

      Cantidades fijas: no se incrementan en el futuro (art. 7.b). Se incluye en las pagas extra (art. 12).

    • Complemento de trabajo nocturno (turno de noche)

      el 30 % de tu salario base

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Turno tercero o «turno de noche», noche efectivamente trabajada.

      Cotiza y tributa como salario. art. 9

      El art. 20 añade un plus de nocturnidad proporcional por las horas de 22:00 a 24:00 en la jornada diurna.

    • Plus expendedor-vendedor

      28,34 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Expendedores que venden productos distintos de carburantes, derivados, repuestos y hielo.

      Cotiza y tributa como salario. art. 19

      28,34 € mensuales en 2022; se revisa por IPC en 2023 y 2024.

    • Plus de festivo

      20,69 € por cada día trabajado

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Trabajo en festivo (14 días señalados en el calendario laboral).

      No consta en el recorte. art. 13

      20,69 € en 2022; se revisa por IPC en 2023 y 2024.

    • Quebranto de moneda

      21 días de salario de convenio más antigüedad al año, pagados en doce mensualidades

      Lo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres. Quién lo cobra: Personal responsable del manejo de dinero en efectivo.

      Cotiza y tributa como salario. art. 8

    • Plus de distancia

      0,1395 euros por kilómetro en 2022; se revisa por IPC en 2023 y 2024

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Centro de trabajo a más de dos kilómetros del casco de la población de residencia, con vehículo propio.

      art. 10

      Con jornada partida (art. 20) se calcula sobre cuatro viajes.

    • Plus por desplazamiento de vehículos

      el 5 % de tu salario base

      Quién lo cobra: Desplazar coches entre secciones de la misma estación con autorización y permiso de conducir.

      Cotiza y tributa como salario. art. 11

    • Plus por cambio a jornada partida

      32,95 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga por trabajar en jornada partida. Quién lo cobra: Solo si la persona trabajadora acepta expresamente pasar de jornada continua a partida.

      Cotiza y tributa como salario. art. 20

      32,95 € brutos mensuales en 2022; se revisa por IPC en 2023 y 2024.

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: BOG (Boletín Oficial de Gipuzkoa) (tabla salarial 2022, publicado el 27/9/2022). Revisado el .

    Código de convenio 20001615011992

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