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Tablas salariales 2026

Convenio colectivo de establecimientos financieros de crédito.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 14 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Código de convenio 99001945011981
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

    Hay 9 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 35 %. Por mutuo acuerdo, descanso equivalente, acumulable solo mensualmente (art. 28.8). (art. 28.7 y 28.8)

    Sueldo por categoría en 2026
    CategoríaBase / mesBruto anualHora extra
    I
    Dirección y Jefatura, nivel A2.956,88 €†41.396,27 €32,68 €
    Dirección y Jefatura, nivel B2.873,19 €†40.224,65 €31,76 €
    Dirección y Jefatura, nivel C2.714,30 €†38.000,23 €30,00 €
    II
    Mandos y Técnicos Especializados, nivel A2.574,35 €†36.040,94 €28,45 €
    Mandos y Técnicos Especializados, nivel B2.434,40 €†34.081,60 €26,91 €
    Mandos y Técnicos Especializados, nivel C2.262,42 €†31.673,81 €25,01 €
    III
    Técnicos y Administrativos, nivel A1.910,51 €†26.747,16 €21,12 €
    Técnicos y Administrativos, nivel B1.682,86 €†23.560,08 €18,60 €
    Técnicos y Administrativos, nivel C1.418,74 €†19.862,32 €15,68 €

    † La tabla oficial da importes anuales: el mensual es el anual dividido entre el número de pagas, como indica el convenio.

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.710 horas de jornada anual del convenio.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Antigüedad (trienios)

      Importe anual por cada trienio, según la tabla de su nivel; se devenga desde el 1 de enero del año en que se cumple el trienio

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Todas las personas afectadas por el convenio.

      Cotiza y tributa como salario. art. 22

      Importes anuales por trienio, distribuidos en las pagas que fije la empresa. Forma parte del salario y computa para las horas extraordinarias.

    • Plus de transporte

      4,56 € por cada día trabajado

      Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Por día efectivamente trabajado con desplazamiento por motivos e instrucciones laborales desde el domicilio.

      Cotiza y tributa como salario. art. 40

      Art. 33.5: en días de teletrabajo no se percibe la compensación de gastos si ese mismo día se cobra este plus.

    • Compensación de gastos de teletrabajo

      4,56 € por cada día trabajado

      Quién lo cobra: Por día efectivamente trabajado en teletrabajo a jornada completa, o la parte proporcional si es parcial; no se percibe el mismo día que el plus de transporte.

      El convenio no indica si cotiza; revisar. art. 33.5

      Se revaloriza cada año en el mismo porcentaje que las tablas salariales.

    • Dietas por comida fuera

      32,16 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento por necesidades del servicio fuera de la localidad habitual; una comida fuera 32,16 euros; dos comidas fuera 51,50 euros.

      Exentas solo dentro de los límites legales; el convenio no lo detalla. art. 38.1 y 38.2

      Dos comidas fuera: 51,50 euros. Pernoctar: gastos de hotel o vivienda justificados.

    • Gastos de locomoción (automóvil particular)

      0,42 euros por kilómetro en el año 2026

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Uso del automóvil particular por viajes o desplazamientos originados por necesidades de la empresa.

      Exentos solo dentro de los límites legales; revisar. art. 39

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: BOE-A-2026-19247 (tabla salarial 2026, publicado el 15/9/2026). Revisado el .

    Código de convenio 99001945011981

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