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Tablas salariales 2026

Convenio Colectivo Local del Sector de Limpieza de Edificios y Locales Comerciales de Ceuta (2025-⁠2029).

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026.

Código de convenio 51000175011984
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

Subida en 2026
—

Primer año que tenemos de este convenio: no hay tabla anterior con la que comparar.

Hora extra—

La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. (art. 49) Fuente

Estado de la tablaTabla definitiva

Publicada en el BOCCE. Ver la tabla oficial

Sueldo por categoría en 2026
CategoríaGrupoBase / mesBruto anualPluses
Personal Directivo y Técnico Superiornivel I30,99 €/día—Plus especial mensual: 183,27 €/mes
Personal Administrativo y Técnico. Jefe Administrativo, 1ª y 2ª, Cajero, Oficial 1ª y 2ª, Auxiliar, Telefonista y Cobradornivel II30,99 €/día—Plus especial mensual: 81,99 €/mes
Aspirante Auxiliarnivel II30,99 €/día—
Trabajador/a Formación (SMI)nivel II30,39 €/día—
Personal Mandos Intermediosnivel III30,99 €/día—Plus especial mensual: 81,99 €/mes
Almacenero, Listero, Vigilantenivel IV30,99 €/día—Plus especial mensual: 81,99 €/mes
Botonesnivel IV30,99 €/día—Plus especial mensual: 81,99 €/mes
Ordenanzanivel IV30,99 €/día—Plus especial mensual: 81,99 €/mes
Conductor Limpiadornivel V30,99 €/día—Plus especial mensual: 43,37 €/mes
Peón Especializadonivel V30,99 €/día—Plus especial mensual: 43,37 €/mes
Limpiadoranivel V30,99 €/día—
Oficialnivel VI30,99 €/día—Plus especial mensual: 43,37 €/mes
Ayudantenivel VI30,99 €/día—Plus especial mensual: 19,26 €/mes
Trabajador/a Formación (SMI)nivel VI30,39 €/día—
Pluses y complementos

Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

  • Antigüedad (trienios)

    un 5 % del salario base cada tres años (trienio), hasta 8 (tope: 40 % del salario)

    Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla; 5 % del salario base por cada trienio, hasta 8 trienios (40 %).

    Cotiza y tributa como salario. art. 39

    Se incluye en las tres pagas extra (art. 48). Quien ya percibía 40 % o más lo consolida sin aumentarlo.

  • Plus de trabajo nocturno

    un 25 % más sobre tu hora normal, por cada hora

    Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajos entre las 22 y las 06 horas, cuando lo exija el servicio.

    Cotiza y tributa como salario. art. 42

  • Plus de toxicidad, penosidad o peligrosidad

    el 10 % de tu salario base

    Lo que se paga por trabajar con sustancias tóxicas. Quién lo cobra: Labores que resulten penosas, tóxicas o peligrosas.

    Cotiza y tributa como salario. art. 40

    Incompatible con el plus hospitalario (art. 41).

  • Plus hospitalario

    el 20 % de tu salario base

    Quién lo cobra: Personal que presta servicios en áreas críticas de centros hospitalarios (urgencias, UCI, quirófanos, laboratorio, entre otras).

    Cotiza y tributa como salario. art. 41

    Incompatible con el plus de toxicidad, penosidad o peligrosidad (art. 40).

  • Plus de residencia

    el 25 % de tu salario base

    Quién lo cobra: Toda la plantilla.

    Cotiza y tributa como salario. art. 38

    El texto lo formula como incremento del salario base.

  • Plus de vinculación a la bonificación

    el 8 % de tu salario base

    Plus fijo que el convenio suma al salario base. Quién lo cobra: Vinculado a la bonificación del 50 % en las cuotas de Seguridad Social de las empresas; desaparece si desaparece la bonificación.

    Cotiza y tributa como salario. art. 47

    Se abona también en las pagas extra (art. 48). No se abona a contratados en formación o aprendizaje.

  • Festivos trabajados

    Recargo del 100 % junto a la mensualidad, o acumulación a las vacaciones anuales

    Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Festivos abonables y no recuperables trabajados; no aplica a personal contratado exclusivamente para festivos.

    Cotiza y tributa como salario. art. 12

    La empresa elige entre pagar el recargo o acumular los días a las vacaciones.

  • Plus de transporte

    70,87 € al mes, en 11 pagas

    Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Todas las personas trabajadoras afectadas; mensual, excepto el mes de vacaciones.

    Cotiza y tributa como salario. art. 43

    Importe único del Anexo I (2026); se abona en 11 mensualidades.

  • Plus de asistencia

    8,03 € al mes, en 12 pagas

    Premio por no faltar al trabajo. Quién lo cobra: Todas las categorías.

    El texto del art. 44 no consta en el recorte. art. 44

    Importe del Anexo I (2026). Periodicidad no consta en el recorte.

  • Premio por matrimonio

    Pago único por matrimonio: 177,84 €

    Quién lo cobra: Por matrimonio.

    El recorte no indica si cotiza. art. 31

    Pago único, no periódico.

  • Premio por natalidad

    Pago único por natalidad: 40,65 €

    Quién lo cobra: Por natalidad.

    El recorte no indica si cotiza. art. 31

    Pago único, no periódico.

Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Fuente: BOCCE (tabla salarial 2026, publicado el 11/8/2026). Revisado el .

Código de convenio 51000175011984

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