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Tablas salariales 2027

Convenio colectivo de ebanistería de Lugo.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2027.

Código de convenio 27000245011982
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

    Hay 7 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Subida general +3,5 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Sueldo por categoría en 2027
    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2026
    1
    Grupo Profesional 12.056,64 €28.792,96 €+3,5 %
    2
    Grupo Profesional 21.927,86 €26.990,04 €+3,5 %
    3
    Grupo Profesional 31.799,49 €25.192,86 €+3,5 %
    4
    Grupo Profesional 41.770,91 €24.792,74 €+3,5 %
    5
    Grupo Profesional 51.736,19 €24.306,66 €+3,5 %
    6
    Grupo Profesional 61.699,43 €23.792,02 €+3,5 %
    7
    Grupo Profesional 71.699,43 €23.792,02 €+3,5 %

    Subida: salario base de 2027 frente al de 2026 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Notas de la tabla. Anexo II, tabla salarial 2027 (efectos desde 1/1/2027).

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus de nocturnidad

      un 20 % más sobre tu hora normal, por cada hora

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo entre las diez de la noche y las seis de la mañana. Si las horas nocturnas superan cuatro, el plus se cobra por toda la jornada.

      Cotiza y tributa como salario. art. 15

      No se cobra si el salario se fijó por ser nocturno por naturaleza o se compensa con descansos.

    • Antigüedad consolidada (quinquenio)

      Cantidad consolidada a 30/9/1996, que figura como complemento personal; no absorbible ni compensable

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quien generó derechos antes del 30/9/1996; desde esa fecha no se generan nuevos.

      Cotiza y tributa como salario. art. 13

      Importe: el reconocido en las tablas de 2013 (nota 2 del anexo); no consta en el recorte.

    • Plus de especial cualificación (Oficial 1ª)

      69,46 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Personal contratado como Oficial 1ª hasta el 6/6/2014 que realiza tareas de grupo 5 con mayor autonomía y responsabilidad. No absorbible ni compensable.

      Cotiza y tributa como salario. art. 31

      Importe 2027: 833,52 € anuales (nota 1 del anexo).

    • Kilometraje con vehículo particular

      0,26 euros por kilómetro

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Desplazamiento por necesidades del servicio fuera del lugar del centro de trabajo con vehículo particular.

      El convenio no dice si queda dentro del límite del art. 147.2 LGSS. art. 12

      El texto no fija cambio expreso para 2027.

    • Axuda de custo (dietas)

      Axuda de custo completa: 70 euros; media axuda de custo: 17 euros

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Personal con derecho a axudas de custo; a elección de la empresa, gastos a justificar o estas cuantías.

      El convenio no indica la unidad (día o viaje) ni si está dentro de los límites del art. 147.2 LGSS. art. 12

      Desde el 1/1/2027.

    • Seguro de accidentes de trabajo

      Seguro por accidentes de trabajo de 60.000,00 euros en invalidez permanente total, absoluta o gran invalidez, y en muerte; cobertura que incluye enfermedad profesional

      Plus fijo que el convenio suma al salario base. Quién lo cobra: Empresas sujetas al convenio.

      Seguro que contrata la empresa; no es salario. art. 18

      Desde el 1/1/2027.

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: BOP Lugo (tabla salarial 2027, publicado el 7/8/2026). Revisado el .

    Código de convenio 27000245011982

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