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Tablas salariales 2028

Convenio colectivo de la industria de la madera de la provincia de Zamora.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2028. Todas las categorías cobran en 14 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Código de convenio 49001505011983
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

    Hay 16 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Subida general +3,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 40 %. (art. 15)

    Sueldo por categoría en 2028
    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2027Hora extra
    3
    Jefe Administrativo52,48 €/día22.930,34 €+3,0 %18,32 €
    Jefe de Taller52,48 €/día22.930,34 €+3,0 %18,32 €
    Encargado General52,48 €/día22.930,34 €+3,0 %18,32 €
    4
    Encargado de Monte49,55 €/día21.685,09 €+3,0 %17,33 €
    Jefe de Cuadrilla49,28 €/día21.570,34 €+3,0 %17,24 €
    5
    Oficial Administrativo46,68 €/día20.465,34 €+3,0 %16,35 €
    Chofer 1.ª, Oficial 1.ª, Aserrador 1.ª46,68 €/día20.465,34 €+3,0 %16,35 €
    Oficial 2.ª46,05 €/día20.197,59 €+3,0 %16,14 €
    Mecánico Tractorista46,68 €/día20.465,34 €+3,0 %16,35 €
    6
    Auxiliar Administrativo42,84 €/día18.833,34 €+3,0 %15,05 €
    Chofer 2.ª, Aserrador 2.ª44,95 €/día19.730,09 €+3,0 %15,77 €
    Ayudante chofer, Ayudante Aserrador42,84 €/día18.833,34 €+3,0 %15,05 €
    Oficial 3.ª42,84 €/día18.833,34 €+3,0 %15,05 €
    Motoserrista, Talador, Tronzador46,78 €/día20.507,84 €+3,0 %16,39 €
    7
    Peón Especializado42,45 €/día18.667,59 €+3,0 %14,92 €
    Peón Ordinario42,45 €/día18.667,59 €+3,0 %14,92 €

    Subida: salario base de 2028 frente al de 2027 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.752 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Anexo IV: resultado de incrementar un 3 % las tablas de 2027 (art. 12).

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus de transporte

      2,86 € por cada día trabajado

      Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Por día real y efectivo de trabajo.

      Cotiza y tributa como salario. art. 17

      Importe de la tabla anexa; igual para todas las categorías.

    • Antigüedad consolidada

      Se mantiene en idéntica cuantía; no es absorbible ni compensable

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Quien percibía antigüedad el 1 de enero de 1997.

      Cotiza y tributa como salario. art. 16

      Se incluye en las dos pagas extra (art. 18). El recorte no da importe.

    • Dieta completa

      39,55 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Por dieta devengada.

      Depende de los límites del art. 147.2 LGSS; el convenio no lo dice. art. 21

      Cuantía sin año en el texto. Si no cubre el coste, hay que presentar facturas (art. 21).

    • Media dieta

      15,82 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Por media dieta devengada.

      Depende de los límites del art. 147.2 LGSS; el convenio no lo dice. art. 21

      Cuantía sin año en el texto (art. 21).

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: BOP Zamora (tabla salarial 2028, publicado el 7/8/2026). Revisado el .

    Código de convenio 49001505011983

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