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Tablas salariales 2026

Convenio colectivo de estibadores portuarios (Puerto de Bilbao).

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 11 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Código de convenio 48000914011983
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

    Hay 4 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Subida general +4,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: Aún no hemos cargado lo que dice este convenio. Mientras, te damos el mínimo legal: la hora extra no puede pagarse por debajo de una hora normal (art. 35.1 del Estatuto).

    Sueldo por categoría en 2026
    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2025Hora extra
    IV
    Capataz2.908,92 €31.998,12 €*1+4,0 %17,52 €
    II
    Oficial2.681,63 €29.497,93 €*1+4,0 %16,15 €
    I
    Especialista2.488,76 €27.376,36 €*1+4,0 %14,99 €
    Anotador2.760,45 €30.364,95 €*2+4,0 %16,63 €

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    1. Capataz y otras: Importe por paga (11 pagas), según el anexo I.

    2. Anotador: Anotador figura en la tabla pero no en la clasificación del recorte.

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.826 horas de jornada anual del convenio.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Complemento personal de antigüedad por quinquenio

      55,61 € al mes cada cinco años (quinquenio)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Por cada quinquenio de antigüedad.

      No consta en el recorte anexo I

      El recorte no indica si el importe es mensual o por paga.

    • Incentivo personal por polivalencia

      364,39 € al mes, en 11 pagas

      Quién lo cobra: Todos los trabajadores; se devenga por jornada trabajada.

      No consta en el recorte anexo II

      Por 11 pagas según anexo I.

    • Paga de vacaciones

      3.740,43 € al año, en un solo pago

      Quién lo cobra: Una paga al año por vacaciones.

      No consta en el recorte art. 18 y anexo I

      Importe del anexo I; el recorte no lo desglosa por categoría.

    • Plus de asistencia al nombramiento

      1.761,60 € al año, en un solo pago

      Premio por no faltar al trabajo. Quién lo cobra: Una paga anual; se descuenta por días de IT por enfermedad común sin acudir al nombramiento.

      No consta en el recorte art. 24 y anexo I

    • Plus de palas eólicas

      100 € por turno realizado en esta situación

      Quién lo cobra: Equipo voluntario de palas eólicas a o desde tercera altura, por turno realizado.

      No consta en el recorte art. 23 bis y anexo XI

      Sujeto a las revisiones porcentuales de los demás conceptos. Importe del texto de 2024; no varía por año en el recorte.

    • Dieta por jornada partida

      10 € netos por jornada partida

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Por jornada partida.

      No consta en el recorte anexo I

    • Plus nocturno laborable

      145,10 € por turno

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Por turno nocturno laborable.

      No consta en el recorte anexo I

    • Plus festivo

      241,85 € por jornada

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Por jornada en festivo.

      No consta en el recorte anexo I

    • Plus nocturno festivo

      338,58 € por jornada

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Por jornada nocturna en festivo.

      No consta en el recorte anexo I

    • Plus jornada de tarde

      29,77 € por jornada

      Lo que se paga por trabajar a turnos que cambian. Quién lo cobra: Por jornada de tarde.

      No consta en el recorte anexo I

    • Plus jornada de tarde en verano

      44,69 € por jornada

      Lo que se paga por trabajar a turnos que cambian. Quién lo cobra: Por jornada de tarde en verano.

      No consta en el recorte anexo I

    • Plus de penosidad

      8,91 € por jornada

      Lo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Todas las categorías.

      No consta en el recorte anexo I

    • Desplazamiento entre secciones

      19,34 € por desplazamiento

      Quién lo cobra: Por desplazamiento entre secciones.

      No consta en el recorte anexo I

    • Remate

      96,75 € por remate

      Quién lo cobra: Todas las categorías.

      No consta en el recorte anexo I

    • Remate en festivo diurno y nocturno laborable

      121,05 € por remate

      Quién lo cobra: Remate en festivo diurno o nocturno laborable.

      No consta en el recorte anexo I

    • Remate nocturno en festivo

      161,41 € por remate

      Quién lo cobra: Remate nocturno en festivo.

      No consta en el recorte anexo I

    • Jornada especial sin descanso

      316,08 € por jornada

      Quién lo cobra: Por jornada especial sin descanso.

      No consta en el recorte art. 11 y anexo I

    • Jornada especial con descanso

      168,22 € por jornada

      Quién lo cobra: Por jornada especial con descanso.

      No consta en el recorte art. 11 y anexo I

    • Jornada especial festiva con dos descansos

      483,69 € por jornada

      Quién lo cobra: Por jornada especial festiva con dos descansos.

      No consta en el recorte art. 11 y anexo I

    • Turno de mañana o jornada partida

      241,85 € por turno

      Lo que se paga por trabajar a turnos que cambian. Quién lo cobra: Por turno de mañana o jornada partida.

      No consta en el recorte anexo I

    • Plus turno de tarde

      271,61 € por turno

      Lo que se paga por trabajar a turnos que cambian. Quién lo cobra: Por turno de tarde.

      No consta en el recorte anexo I

    • Plus turno de tarde en verano

      286,55 € por turno

      Lo que se paga por trabajar a turnos que cambian. Quién lo cobra: Por turno de tarde en verano.

      No consta en el recorte anexo I

    • Plus turno de noche

      386,94 € por turno

      Lo que se paga por trabajar a turnos que cambian. Quién lo cobra: Por turno de noche.

      No consta en el recorte anexo I

    • Jornada doble

      557,92 € por jornada doble

      Quién lo cobra: Por jornada doble.

      No consta en el recorte anexo I

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: BOB (tabla salarial 2026, publicado el 10/10/2024). Revisado el .

    Código de convenio 48000914011983

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