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Tablas salariales 2026 · provisionales

V Convenio colectivo del sector de logística, paquetería y actividades anexas al transporte de mercancías de la Comunidad de Madrid.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Tabla provisional: el convenio no ha publicado aún la tabla de 2026; mostramos la de 2025 en ultraactividad. Puede cambiar cuando se publique la revisión.

Código de convenio 28100055012016

Última actualización: 16 de octubre de 2026

    Hay 36 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Sigue la tabla del año anterior Subida general 0,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. (art. 27 y Anexo I)

    Sueldo por categoría en 2026
    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2025Hora extra
    Grupo I. Personal superior o técnico
    Jefe/a superior1.506,63 €22.599,45 €*10,0 %18,32 €
    Inspector/a principal1.447,14 €21.707,10 €*10,0 %17,72 €
    Ingenieros/as y licenciados/as1.460,84 €21.912,60 €*10,0 %17,85 €
    Ingenieros/as técnicos/as y auxiliares titulados/as1.346,33 €20.194,95 €*10,0 %16,70 €
    A.T.S1.314,27 €19.714,05 €*10,0 %16,33 €
    Grupo II. Personal administrativo
    Jefe/a de sección1.383,00 €20.745,00 €*10,0 %17,05 €
    Jefe/a de negociado1.369,20 €20.538,00 €*10,0 %16,93 €
    Jefe/a de tráfico, agencias de cargas completas1.369,20 €20.538,00 €*10,0 %16,93 €
    Oficial de primera · Grupo II1.346,33 €20.194,95 €*10,0 %16,69 €
    Oficial de segunda · Grupo II1.323,40 €19.851,00 €*10,0 %16,42 €
    Auxiliar administrativo/a1.300,53 €19.507,95 €*10,0 %16,20 €
    Grupo III. Personal de movimiento
    Jefe/a de tráfico de primera1.369,20 €20.538,00 €*10,0 %16,93 €
    Encargado/a general y jefe/a de tráfico de segunda1.341,76 €20.126,40 €*10,0 %16,63 €
    Encargado/a de almacén1.318,84 €19.782,60 €*10,0 %16,39 €
    Capataz1.314,27 €19.714,05 €*10,0 %16,33 €
    Auxiliar de almacén basculero/a1.300,53 €19.507,95 €*10,0 %16,22 €
    Factor1.309,70 €19.645,50 €*10,0 %16,30 €
    Conductor/a mecánico/a1.324,96 €†19.874,40 €*10,0 %16,32 €
    Conductor/a1.317,38 €†19.760,65 €*10,0 %16,23 €
    Conductor/a de motocarros y furgoneta1.307,97 €†19.619,60 €*10,0 %16,23 €
    Mozo/a especializado/a1.307,97 €†19.619,60 €*10,0 %16,11 €
    Mozo/a ordinario/a1.292,81 €†19.392,10 €*10,0 %15,96 €
    Grupo IV. Personal subalterno
    Mozo/a gestión cargas completas1.323,44 €†19.851,65 €*10,0 %16,28 €
    Cobrador/a1.283,61 €19.254,15 €*10,0 %16,01 €
    Telefonista1.283,61 €19.254,15 €*10,0 %16,01 €
    Vigilante1.149,31 €17.239,65 €*10,0 %14,64 €
    Portero/a1.149,31 €17.239,65 €*10,0 %14,65 €
    Personal de limpieza1.149,31 €17.239,65 €*10,0 %14,65 €
    Grupo V. Personal de taller
    Jefe/a de taller1.392,13 €20.881,95 €*10,0 %17,14 €
    Contramaestre1.350,88 €20.263,20 €*10,0 %16,73 €
    Encargado/a general1.341,72 €20.125,80 €*10,0 %16,63 €
    Jefe/a de equipo1.321,62 €†19.824,35 €*10,0 %16,27 €
    Oficial de primera · Grupo V1.312,22 €†19.683,30 €*10,0 %16,19 €
    Oficial de segunda · Grupo V1.307,97 €†19.619,60 €*10,0 %16,11 €
    Oficial de tercera1.298,27 €†19.474,00 €*10,0 %16,02 €
    Mozo/a de taller (engrasador/a)1.292,81 €†19.392,10 €*10,0 %15,96 €

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    Tabla de 2025 prorrogada: no hay tablas de 2026 publicadas.

    † La tabla oficial da importes anuales: el mensual es el anual dividido entre el número de pagas, como indica el convenio.

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.768 horas de jornada anual del convenio.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Antigüedad (2 bienios y 3 quinquenios)

      Bienio = importe mensual de la columna «bienio» de la categoría; quinquenio = el doble del bienio. Se cobra también en las 3 gratificaciones extraordinarias

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla. Máximo dos bienios y, a continuación, tres quinquenios; se acumulan: 2 años, 1 bienio; 4 años, 2 bienios; 9 años, 2 bienios y 1 quinquenio; 14 años, 2 bienios y 2 quinquenios; 19 años, 2 bienios y 3 quinquenios.

      Cotiza y tributa como salario. art. 26.1.b y Anexo I

      Quien ya cobrara más por antigüedad lo mantiene hasta que el nuevo sistema lo rebase. Tabla 2026: se mantiene la de 2025 (convenio vencido y sin nuevas tablas publicadas).

    • Plus de convenio (asistencia)

      259,99 € al mes, en 15 pagas

      Premio por no faltar al trabajo. Quién lo cobra: Igual para todas las categorías; se reduce en proporción a las faltas de asistencia del mes. Se cobra también en las 3 gratificaciones extraordinarias.

      Cotiza y tributa como salario. art. 26.1.c y Anexo I

      Tabla 2026: se mantiene la de 2025 (convenio vencido y sin nuevas tablas publicadas).

    • Plus de nocturnidad

      un 20 % más sobre tu hora normal, por cada hora

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo entre las 22:00 y las 6:00, incluso a turnos, salvo que el salario se haya fijado por ser nocturno o se compense con descansos.

      Cotiza y tributa como salario. art. 28

    • Plus de penosidad (cámaras de congelación a -18 °C o menos)

      109,41 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Trabajo habitual, continuo o discontinuo, en túneles o cámaras de congelación a -18 °C o menos; deja de pagarse si desaparece la circunstancia o se dota de medidas que eviten el frío (la ropa de abrigo no cuenta).

      Cotiza y tributa como salario. art. 29 y Anexo I

      Absorbible con otros pluses de frío ya existentes. Tabla 2026: se mantiene la de 2025 (convenio vencido y sin nuevas tablas publicadas).

    • Ayuda de comida

      13,72 € por cada día trabajado

      Ayuda para la comida en la jornada. Quién lo cobra: Sin salir de la Comunidad de Madrid, cuando por conveniencia del servicio se almuerza o cena a la hora habitual fuera del centro de trabajo y del domicilio; extrasalarial. Por comida.

      Dietas y ayuda de comida: no cotizan dentro de los límites del art. 147.2 LGSS; el exceso cotiza. art. 30.4 y Anexo I

    • Dieta nacional y en Portugal

      53,77 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Servicio fuera de la Comunidad de Madrid que obliga a almorzar, cenar o pernoctar fuera de la localidad del domicilio. 30 % por cada comida y 40 % por pernoctación y desayuno; en destacamento, el 85 %.

      Dietas y ayuda de comida: no cotizan dentro de los límites del art. 147.2 LGSS; el exceso cotiza art. 30 y Anexo I

    • Dieta internacional

      100,37 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Servicio en el extranjero (salvo Portugal). Mismo reparto: 30 % por comida y 40 % por pernoctación y desayuno.

      Dietas y ayuda de comida: no cotizan dentro de los límites del art. 147.2 LGSS; el exceso cotiza art. 30 y Anexo I

    • Compensación de gastos por trabajo a distancia

      39,06 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Persona a jornada completa que trabaja a distancia el 100 % de su jornada, por cada mes en que efectivamente se trabaje a distancia; proporcional si es a tiempo parcial o con menor porcentaje de teletrabajo.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 35.7 y Anexo I

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid-20230731-11 (tabla salarial 2026, publicado el 31/7/2023). Revisado el .

    Código de convenio 28100055012016

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