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Tablas salariales 2025

Convenio colectivo del sector de automoción de la provincia de Málaga, 2024-⁠2025.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 14 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Código de convenio 29000425011981
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 16 de octubre de 2026

    Hay 35 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Subida general +3,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. Las horas extra que superen 2 al día, 15 al mes u 80 al año (casos excepcionales o con autorización de la autoridad laboral) se pagan con recargo del 100 % o se compensan con descanso equivalente al doble de las horas trabajadas. (art. 19)

    Sueldo por categoría en 2025
    CategoríaBase / mesBruto anualHora extraPluses
    Grupo 1
    Director/a-Gerente2.130,05 €40.885,25 €40,75 €Plus de responsabilidad: 922,05 €/mes
    Ingeniero/a técnico/a (licenciado/a)2.130,05 €38.160,12 €38,03 €Plus de responsabilidad: 694,95 €/mes
    Grupo 2
    Ingeniero/a técnico/a (diplomado/a)2.102,91 €35.433,48 €35,31 €Plus de responsabilidad: 499,40 €/mes
    Grupo 3
    Jefe/a administrativo/a de 1.ª2.037,19 €31.345,35 €*131,24 €Plus de responsabilidad: 235,40 €/mes
    Jefe/a de ventas2.037,19 €31.345,35 €*131,24 €Plus de responsabilidad: 235,40 €/mes
    Jefe/a de recambios2.037,19 €31.345,35 €*131,24 €Plus de responsabilidad: 235,40 €/mes
    Jefe/a de post-venta2.112,62 €32.707,88 €32,60 €Plus de responsabilidad: 260,93 €/mes
    Jefe/a de taller2.042,17 €31.345,31 €31,24 €Plus de responsabilidad: 229,58 €/mes
    Maestro/a de taller2.004,14 €30.663,99 €30,56 €Plus de responsabilidad: 217,17 €/mes
    Jefe/a de recepción-probador/a2.004,14 €30.663,99 €30,56 €Plus de responsabilidad: 217,17 €/mes
    Grupo 4
    Jefe/a administrativo/a de 2.ª2.009,20 €28.619,00 €*228,52 €Plus de responsabilidad: 40,85 €/mes
    Jefe/a de almacén2.009,20 €28.619,25 €*228,52 €Plus de responsabilidad: 40,87 €/mes
    Jefe/a de equipo67,42 €/día28.655,12 €28,56 €
    Grupo 5
    Oficial administrativo/a de 1.ª1.898,62 €26.580,67 €*226,49 €
    Oficial administrativo/a de 2.ª1.786,45 €25.010,34 €*224,92 €
    Vendedor/a de 1.ª1.844,89 €25.828,53 €25,74 €
    Vendedor/a de 2.ª1.786,45 €25.010,34 €*224,92 €
    Oficial de 1.ª de taller61,34 €/día26.068,01 €25,98 €
    Oficial de 2.ª de taller58,83 €/día25.004,28 €24,92 €
    Recepcionista de 1.ª (taller)61,34 €/día26.068,01 €25,98 €
    Recepcionista de 2.ª (taller)58,83 €/día25.004,28 €24,92 €
    Conductor/a de 1.ª especialista60,05 €/día25.520,83 €25,43 €
    Grupo 6
    Auxiliar administrativo/a1.682,70 €23.557,81 €*223,48 €
    Recepcionista-telefonista1.656,99 €23.197,89 €23,12 €
    Ordenanza-cobrador/a1.656,99 €23.197,89 €23,12 €
    Almacenero/a1.722,69 €24.117,59 €*224,04 €
    Oficial de 3.ª de taller58,24 €/día24.750,39 €24,67 €
    Lavador/a-engrasador/a58,24 €/día24.750,39 €24,67 €
    Peón especialista56,74 €/día24.115,65 €24,03 €
    Conserje1.717,65 €24.047,08 €23,96 €
    Vigilante-guarda1.656,99 €23.197,89 €23,12 €
    Sin grupo en el art. 9
    Dependiente/a de recambios1.768,65 €24.761,16 €*324,68 €
    Grupo 7
    Limpiador/a55,80 €/día23.712,92 €23,63 €
    Peón ordinario54,85 €/día23.310,19 €23,23 €
    Aprendiz de 16 y 17 años1.203,06 €16.842,85 €16,79 €

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    1. Jefe/a administrativo/a de 1.ª y otras: El BOP imprime este total anual con un error de formato (la coma de millares mal colocada); el importe es el que resulta de sumar las 14 mensualidades de la tabla. En el BOP, salario más plus de responsabilidad suman 2.272,58 € (en vez de 2.272,59).

    2. Jefe/a administrativo/a de 2.ª y otras: El BOP imprime este total anual con un error de formato (la coma de millares mal colocada); el importe es el que resulta de sumar las 14 mensualidades de la tabla.

    3. Dependiente/a de recambios: El BOP imprime este total anual con un error de formato (la coma de millares mal colocada); el importe es el que resulta de sumar las 14 mensualidades de la tabla. El art. 9 no incluye esta categoría en ningún grupo profesional.

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.756 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Tabla de 2025 (+3 % sobre la de 2024, sin atrasos) publicada en el BOP de Málaga núm. 66 de 7/4/2025. Para el personal de taller (jefe de equipo, oficiales, recepcionistas, conductor, lavador, peones y limpiador) la tabla da el salario DIARIO; para el resto, el mensual (14 pagas) más el plus de responsabilidad en las categorías que lo llevan (12 pagas).

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Complemento ad personam (antigüedad anterior a 1/1/1995)

      Cantidad individual asignada, que se revisa cada año en el mismo porcentaje que los salarios de su grupo y nivel; no se puede absorber ni compensar

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo para quien tenía antigüedad anterior al 1 de enero de 1995; cada persona tiene su cantidad.

      Cotiza y tributa como salario. art. 26

      Absorbe también el antiguo plus de trabajo penoso, tóxico y peligroso (art. 32) de quien lo cobraba. No hay importe general en la tabla.

    • Quebranto de moneda

      42,58 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres. Quién lo cobra: Personal que hace cobros y pagos por cuenta de la empresa y con responsabilidad sobre ellos, cuando el movimiento mensual en metálico supera los 6.000 €.

      Cotiza y tributa como salario. art. 29 y tabla

      El texto del convenio da 41,33 € (importe sin la subida); la tabla de 2025 da 42,58 €.

    • Plus de distancia y transporte

      100 % del precio de los billetes de la línea urbana de ida y vuelta por cada día efectivo de trabajo

      Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Solo si el centro de trabajo está a más de 5 km de la cabecera de las líneas de autobús urbano; por los días efectivos de trabajo, sin necesidad de presentar el billete.

      Cotiza y tributa como salario. art. 30

    • Dieta completa

      59,63 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Viajes o desplazamientos a otra población por necesidades de la empresa; el alojamiento se paga aparte con factura.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 31

      Desglose: desayuno 6,78 €, almuerzo 13,57 €, merienda 6,78 €, cena 32,46 €. Importe de la tabla de 2025.

    • Media dieta

      29,80 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Localidades a más de 30 km del centro de trabajo cuando se vuelve al terminar la jornada; también, por el importe del almuerzo, si no se puede volver a casa a comer.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 31

      Almuerzo: 13,57 €. Importe de la tabla de 2025.

    • Ayuda por hijo/a con discapacidad

      141,96 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Por cada hijo/a con discapacidad física o psíquica acreditada, además de lo que pague la Seguridad Social u otro organismo (siempre que no lo financie la empresa).

      El convenio la llama ayuda social; no dice si cotiza. art. 33

      El texto del convenio da 137,83 €; la tabla de 2025 da 141,96 €.

    • Ayuda escolar

      106,46 € al año, en un solo pago

      Quién lo cobra: Por cada hijo/a de 0 a 21 años matriculado; pago único al año, previa entrega de la matrícula en octubre.

      El convenio la llama ayuda escolar; no dice si cotiza. art. 34

      Es un pago ÚNICO anual por hijo/a (no mensual). El texto del convenio da 103,36 €; la tabla de 2025 da 106,46 €.

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: edicto 1046/2025 (BOP Málaga, tabla salarial 2025, publicado el 7/4/2025). Revisado el .

    Código de convenio 29000425011981

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