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Tablas salariales 2025

Convenio colectivo de exhibición cinematográfica de la provincia de Alicante.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Código de convenio 03000085011981
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

    Hay 14 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Subida general +3,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. Art. 15: son extraordinarias las horas por encima de la jornada anual de 1.760 horas no compensadas con descansos en los términos de la ley. Los excesos de jornada se acumulan hasta compensarse con días completos de descanso (art. 13). (art. 15)

    Sueldo por categoría en 2025

    Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.184 € al mes en 14 pagas · 16.576 € al año)

    8 de 14 categorías de la tabla 2025 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2025.

    CategoríaBase / mesBruto anualHora extra
    I
    Nivel 1 (Jefatura de negociado) (A extinguir)1.133,97 €17.009,55 €*16,91 €
    Nivel 2 (Oficial administrativo)1.085,21 €16.278,15 €* SMI16,19 €
    Nivel 2 (Auxiliar administrativo)1.016,88 €15.253,20 €* SMI15,17 €
    Nivel 1 (Jefatura circuito) (A extinguir)1.295,45 €19.431,75 €*19,32 €
    Nivel 2 (Representante) (A extinguir)1.214,43 €18.216,45 €*18,11 €
    Nivel 3 (Inspector/a de locales (A extinguir)1.133,97 €17.009,55 €*16,91 €
    Nivel 3 (Encargado/a personal)1.133,97 €17.009,55 €*16,91 €
    II
    Nivel 4 (Taquillero/a)1.016,88 €15.253,20 €* SMI15,17 €
    Nivel 4 (Atención al público)1.016,88 €15.253,20 €* SMI15,17 €
    Nivel 4 (Portero/a)1.016,88 €15.253,20 €* SMI15,17 €
    Nivel 4 (Conserje)1.016,88 €15.253,20 €* SMI15,17 €
    Nivel 4 (Acomodador/a)1.016,88 €15.253,20 €* SMI15,17 €
    Nivel 4 (Personal de limpieza)1.016,88 €15.253,20 €* SMI15,17 €
    III
    Nivel I (Operador/a)1.289,31 €19.339,65 €*19,23 €

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.760 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Anexo III del texto publicado en el BOP de Alicante el 22/11/2024 (pág. 26). Salario base mensual; anual = base × 15 pagas (12 mensualidades + 3 extras del art. 19).

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Trienios

      47,60 € al mes cada tres años (trienio), hasta 5 (tope: 25 % del salario)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla.

      Cotiza y tributa como salario. art. 24

      Periodicidad del importe no consta en el recorte. Los quinquenios (7,5 %, máximo siete) son el sistema alternativo, incompatible con los trienios.

    • Plus de nocturnidad

      1,92 € por hora

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas nocturnas trabajadas a partir de las 22.00 horas; 1,92 € por hora hasta la 1:00 h.

      Cotiza y tributa como salario. art. 31

      El texto dice «12,36 euros después de esa hora» sin precisar la unidad; se interpreta por hora. No se acumula al plus de nocturnidad consolidado.

    • Plus de nocturnidad consolidado (mínimo garantizado)

      34,32 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Solo para quienes lo venían percibiendo; no acumulable al plus de nocturnidad del art. 31.

      No consta en el recorte. art. 31

      El recorte no indica la periodicidad del importe; se recoge como fijo mensual del anexo III.

    • Plus de personal de cabina (4 % del salario base)

      el 4 % de tu salario base

      Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Personal de cabina.

      Cotiza y tributa como salario. art. 35

      El art. 37 da además un plus diario para cines con más de seis salas; el texto no dice si son acumulables.

    • Plus de personal de cabinas (por día)

      5,75 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Personal de cabina en cines con más de seis salas; por día efectivo trabajado.

      Cotiza y tributa como salario. art. 37

    • Plus de trabajadores de multisalas

      1,39 € por cada día trabajado

      Quién lo cobra: Por día efectivamente trabajado; a todo el personal excepto al personal de cabina de cines con más de seis salas.

      Cotiza y tributa como salario. art. 41

    • Plus de transporte

      57,30 € al mes, en 12 pagas

      Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Para todo el personal.

      Cotiza y tributa como salario. art. 38

      Mensual. Sujeto a los incrementos y revisiones del art. 45.

    • Quebranto de moneda

      35,65 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres. Quién lo cobra: Personal que tenga obligación de manejar dinero.

      Cotiza y tributa como salario. art. 34

      La tabla del anexo III da también 1,18 € por día (quebranto diario de 2025), no volcado como complemento separado.

    • Funciones extraordinarias (sesiones)

      38,35 € por cada función extraordinaria en 2025; 56,33 € con responsabilidad de la Sala

      Quién lo cobra: Funciones extraordinarias del art. 30; no son de obligado cumplimiento.

      No consta en el recorte. art. 30

      El texto del art. 30 empieza antes de la página 16 del recorte.

    • Paga del Día del Patrón de la Cinematografía

      Un día de salario real, sumando la antigüedad

      Plus fijo que el convenio suma al salario base. Quién lo cobra: Todo el personal, con motivo de San Juan Bosco.

      No consta en el recorte. art. 25

      Paga extraordinaria puntual, no mensual.

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Fuente: BOP Alicante (tabla salarial 2025, publicado el 22/11/2024). Revisado el .

    Código de convenio 03000085011981

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