Tablas salariales 2025
Convenio colectivo provincial de trabajo para estudios técnicos y oficinas de arquitectura y oficinas y despachos en general de Almería, 2022-2025.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
Hay 31 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Tabla publicada en el boletín oficial: son los importes que se aplican este año. Subida general +3,0 %
Ejemplo · elige tu categoría
Sueldo por categoría en 2025
Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.184 € al mes en 14 pagas · 16.576 € al año)
4 de 31 categorías de la tabla 2025 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2025.
| Categoría | Base / mes | Bruto anual | Pluses |
|---|---|---|---|
| Estudios técnicos y oficinas de arquitectura | |||
| Técnico/a de Grado superior | 1.785,76 € | 28.428,24 €* | Plus de convenio: 136,82 €/mes |
| Gestor/a de Proyectos | 1.607,97 € | 25.761,39 €* | Plus de convenio: 136,82 €/mes |
| Técnico/a de Grado medio | 1.607,17 € | 25.749,39 €* | Plus de convenio: 136,82 €/mes |
| Jefe/a de delineación | 1.552,79 € | 24.933,69 €* | Plus de convenio: 136,82 €/mes |
| Delineante Proyectista | 1.552,79 € | 24.933,69 €* | Plus de convenio: 136,82 €/mes |
| Delineante de primera | 1.493,21 € | 24.039,99 €* | Plus de convenio: 136,82 €/mes |
| Delineante de segunda | 1.442,88 € | 23.285,04 €* | Plus de convenio: 136,82 €/mes |
| Dibujante | 1.263,24 € | 20.590,44 €* | Plus de convenio: 136,82 €/mes |
| Calcador/a | 1.145,06 € | 18.817,74 €* | Plus de convenio: 136,82 €/mes |
| Analista, Programador/a | 1.552,79 € | 24.933,69 €* | Plus de convenio: 136,82 €/mes |
| Oficial Administrativo de 1ª | 1.442,88 € | 23.285,04 €* | Plus de convenio: 136,82 €/mes |
| Oficial Administrativo de 2ª | 1.328,32 € | 21.566,64 €* | Plus de convenio: 136,82 €/mes |
| Auxiliar administrativo | 1.053,48 € | 17.444,04 €* | Plus de convenio: 136,82 €/mes |
| Encargado/a reprografía | 1.328,32 € | 21.566,64 €* | Plus de convenio: 136,82 €/mes |
| Ayudante reprografía | 1.053,48 € | 17.444,04 €* | Plus de convenio: 136,82 €/mes |
| Aspirante mayor de 18 años | 934,39 € | 15.657,69 €* | Plus de convenio: 136,82 €/mes |
| Aspirante menor de 18 años | 673,55 € | 11.745,09 €* | Plus de convenio: 136,82 €/mes |
| Oficinas y despachos en general | |||
| Nivel 1 | 1.621,78 € | 26.364,78 €* | Plus de convenio: 169,84 €/mes |
| Nivel 2 | 1.526,73 € | 24.939,03 €* | Plus de convenio: 169,84 €/mes |
| Nivel 3 | 1.521,93 € | 24.867,03 €* | Plus de convenio: 169,84 €/mes |
| Nivel 4 | 1.460,05 € | 23.938,83 €* | Plus de convenio: 169,84 €/mes |
| Nivel 5 | 1.408,09 € | 23.154,75 €* | Plus de convenio: 169,45 €/mes |
| Nivel 6 | 1.296,33 € | 21.368,07 €* | Plus de convenio: 160,26 €/mes |
| Nivel 7 | 1.229,15 € | 20.294,25 €* | Plus de convenio: 154,75 €/mes |
| Nivel 8 | 1.117,53 € | 18.509,19 €* | Plus de convenio: 145,52 €/mes |
| Nivel 10 | 1.028,19 € | 17.081,01 €* | Plus de convenio: 138,18 €/mes |
| Nivel 11 | 1.028,19 € | 17.081,01 €* | Plus de convenio: 138,18 €/mes |
| Nivel 12 | 911,89 € | 15.222,51 €* SMI | Plus de convenio: 128,68 €/mes |
| Nivel 13 | 911,89 € | 15.222,51 €* SMI | Plus de convenio: 128,68 €/mes |
| Nivel 13 b | 701,69 € | 11.720,43 €* SMI | Plus de convenio: 99,59 €/mes |
| Nivel 14 | 701,69 € | 11.720,43 €* SMI | Plus de convenio: 99,59 €/mes |
* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.
Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Pluses y complementos
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Plus de transporte (menos de 3 km)
3,20 € por cada día trabajadoAyuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Estudios técnicos y oficinas de arquitectura; por día efectivo de asistencia cuando el centro dista menos de 3 km del domicilio. En jornada parcial con los mismos días de trabajo se cobra íntegro; con menos días, en proporción.
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Plus de transporte (más de 3 km)
4,55 € por cada día trabajadoAyuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Estudios técnicos y oficinas de arquitectura; por día efectivo de asistencia cuando el centro dista más de 3 km del domicilio.
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Plus de transporte
5,27 € por cada día trabajadoAyuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Oficinas y despachos en general; por día efectivo de asistencia al trabajo.
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Plus de ayuda a estudios (material escolar)
158,84 € al año, en un solo pagoQuién lo cobra: Estudios técnicos y oficinas de arquitectura; personas con al menos un hijo/a en enseñanza obligatoria (hay que acreditarlo). Se paga en la primera quincena de septiembre.
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Plus de ayuda a estudios (material escolar)
161,37 € al año, en un solo pagoQuién lo cobra: Oficinas y despachos en general; personas con al menos un hijo/a en enseñanza obligatoria (hay que acreditarlo). Se paga en la primera quincena de septiembre.
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Dieta por desplazamiento
72,24 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Estudios técnicos y oficinas de arquitectura; desplazamiento fuera de la localidad del centro de trabajo, salvo que la empresa costee manutención y alojamiento.
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Dieta por desplazamiento
73,41 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Oficinas y despachos en general; desplazamiento fuera de la localidad del centro de trabajo, salvo que la empresa costee manutención y alojamiento.
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Gastos de locomoción con vehículo propio
La cantidad exceptuada de gravamen por gastos de locomoción según el Reglamento del IRPF vigente en cada momentoLo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Desplazamiento por trabajo en vehículo propio, si la empresa no ofrece medios propios.
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Bolsa de vacaciones
Cantidad equivalente a 15 días de salario base más antigüedadQuién lo cobra: Todo el personal; se paga el día anterior al inicio de las vacaciones, también si se fraccionan.
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Antigüedad consolidada a 31/12/2004 (ad personam)
Importe mensual consolidado (valor acumulado de bienios) según categoría en el Anexo III, no absorbible ni compensableLo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo personas que ya cobraban antigüedad a 31/12/2004; se extingue con su contrato.
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Complemento de IT por enfermedad común o accidente no laboral
Complemento hasta el 85 % (procesos de hasta 20 días) o el 100 % (más de 20 días, máximo 12 meses) de la base reguladoraQuién lo cobra: Baja por contingencias comunes: hasta el 85 % de la base reguladora desde el primer día en procesos de 20 días o menos; hasta el 100 % desde el primer día en procesos de más de 20 días, con máximo de doce meses.
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Complemento de IT por accidente laboral o enfermedad profesional
Complemento hasta el 100 % de la base reguladoraQuién lo cobra: Desde el primer día y hasta un máximo de doce meses.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Fuente: BOP Almería (tabla salarial 2025, publicado el 30/11/2023). Revisado el .
Código de convenio 04000295011982