Convenio colectivo
Convenio colectivo provincial de trabajo para estudios técnicos y oficinas de arquitectura y oficinas y despachos en general de Almería, 2022-2025.
Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
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naturales
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Revisión pendiente de 2026.
Tablas salariales 2026
Tabla de 2025 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.
Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)
6 de 31 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Estudios técnicos y oficinas de arquitecturaPuestos: Técnico/a de Grado superior, Gestor/a de Proyectos, Técnico/a de Grado medio, Jefe/a de delineación, Delineante Proyectista, Delineante de primera, Delineante de segunda, Dibujante, Calcador/a, Analista, Programador/a, Oficial Administrativo de 1ª, Oficial Administrativo de 2ª, Auxiliar administrativo, Encargado/a reprografía, Ayudante reprografía, Aspirante mayor de 18 años, Aspirante menor de 18 años. | ||
| Técnico/a de Grado superior | 1.785,76 € | 28.428,24 € |
| Gestor/a de Proyectos | 1.607,97 € | 25.761,39 € |
| Técnico/a de Grado medio | 1.607,17 € | 25.749,39 € |
| Jefe/a de delineación | 1.552,79 € | 24.933,69 € |
| Delineante Proyectista | 1.552,79 € | 24.933,69 € |
| Delineante de primera | 1.493,21 € | 24.039,99 € |
| Delineante de segunda | 1.442,88 € | 23.285,04 € |
| Dibujante | 1.263,24 € | 20.590,44 € |
| Calcador/a | 1.145,06 € | 18.817,74 € |
| Analista, Programador/a | 1.552,79 € | 24.933,69 € |
| Oficial Administrativo de 1ª | 1.442,88 € | 23.285,04 € |
| Oficial Administrativo de 2ª | 1.328,32 € | 21.566,64 € |
| Auxiliar administrativo | 1.053,48 € | 17.444,04 € |
| Encargado/a reprografía | 1.328,32 € | 21.566,64 € |
| Ayudante reprografía | 1.053,48 € | 17.444,04 € |
| Aspirante mayor de 18 años | 934,39 € | 15.657,69 € |
| Aspirante menor de 18 años | 673,55 € | 11.745,09 € |
| Oficinas y despachos en generalPuestos: Titulado/a de grado superior, Titulado/a de grado medio, Jefe/a superior (Oficial Mayor), Jefe/a de primera, Jefe/a de equipo de informática, Analista, Programador/a-ordenador, Jefe/a de segunda (cajero/a con firma, jefe/a de reporteros, traductor/a-intérprete jurado de más de un idioma), Programador/a de máquinas auxiliares, Jefe/a de delineación, Administrador/a de test, Coordinador/a de tratamiento de cuestionarios, Jefe/a de explotación, Oficial de primera (cajero/a sin firma, taquimecanógrafo/a, telefonista-recepcionista con dos o más idiomas), Delineante-proyectista, Operador/a de ordenador, Controlador/a, Coordinador/a de estudios, Jefe/a de equipo de estudios, Jefe/a de máquinas básicas, Oficial de segunda (telefonista-recepcionista, traductor/a e intérprete no jurados), Delineante, Operador/a de tabuladores, Inspector/a de entrevistadores, Encargado/a de departamento de reprografía, Encargado/a (oficios varios), Operador/a de máquinas básicas, Dibujante, Entrevistador/a-encuestador/a, Oficial de primera y conductor/a (oficios varios), Calcador/a, Perforista, verificador/a y clasificador/a, Conserje mayor, Oficial de segunda (oficios varios), Conserje, Ayudante y operador/a de reproductoras de planos, multicopistas y fotocopiadoras, Auxiliar (telefonista, visitador/a, comercial, lector/a de contadores), Cobrador/a-pagador/a, Ordenanza, Vigilante, Limpiador/a de apartamentos, Aspirante, Limpiador/a, Peón o mozo/a, Botones. | ||
| Nivel 1 | 1.621,78 € | 26.364,78 € |
| Nivel 2 | 1.526,73 € | 24.939,03 € |
| Nivel 3 | 1.521,93 € | 24.867,03 € |
| Nivel 4 | 1.460,05 € | 23.938,83 € |
| Nivel 5 | 1.408,09 € | 23.154,75 € |
| Nivel 6 | 1.296,33 € | 21.368,07 € |
| Nivel 7 | 1.229,15 € | 20.294,25 € |
| Nivel 8 | 1.117,53 € | 18.509,19 € |
| Nivel 10 SMI | 1.028,19 € | 17.081,01 € |
| Nivel 11 SMI | 1.028,19 € | 17.081,01 € |
| Nivel 12 SMI | 911,89 € | 15.222,51 € |
| Nivel 13 SMI | 911,89 € | 15.222,51 € |
| Nivel 13 b SMI | 701,69 € | 11.720,43 € |
| Nivel 14 SMI | 701,69 € | 11.720,43 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Estudios técnicos y oficinas de arquitectura
- Técnico/a de Grado superiorPor ejemplo: Técnico/a de Grado superior. En la tabla cobra 28.428 € al año, el sueldo más alto.
- Gestor/a de ProyectosPersonal con título de grado superior que realiza tareas de delineación, coordinación y desarrollo de proyectos bajo la supervisión de un titulado superior de mayor rango o con más experiencia. En la tabla cobra 25.761 € al año (puesto 3 de 23 por sueldo).
- Técnico/a de Grado medioPor ejemplo: Técnico/a de Grado medio. En la tabla cobra 25.749 € al año (puesto 4 de 23 por sueldo).
- Jefe/a de delineaciónPor ejemplo: Jefe/a de delineación. En la tabla cobra 24.934 € al año (puesto 6 de 23 por sueldo).
- Delineante ProyectistaPor ejemplo: Delineante Proyectista. En la tabla cobra 24.934 € al año (puesto 6 de 23 por sueldo).
- Delineante de primeraPor ejemplo: Delineante de primera. En la tabla cobra 24.040 € al año (puesto 8 de 23 por sueldo).
- Delineante de segundaPor ejemplo: Delineante de segunda. En la tabla cobra 23.285 € al año (puesto 10 de 23 por sueldo).
- DibujantePor ejemplo: Dibujante. En la tabla cobra 20.590 € al año (puesto 14 de 23 por sueldo).
- Calcador/aPor ejemplo: Calcador/a. En la tabla cobra 18.818 € al año (puesto 16 de 23 por sueldo).
- Analista, Programador/aPor ejemplo: Analista, Programador/a. En la tabla cobra 24.934 € al año (puesto 6 de 23 por sueldo).
- Oficial Administrativo de 1ªPor ejemplo: Oficial Administrativo de 1ª. En la tabla cobra 23.285 € al año (puesto 10 de 23 por sueldo).
- Oficial Administrativo de 2ªPor ejemplo: Oficial Administrativo de 2ª. En la tabla cobra 21.567 € al año (puesto 12 de 23 por sueldo).
- Auxiliar administrativoPor ejemplo: Auxiliar administrativo. En la tabla cobra 17.444 € al año (puesto 18 de 23 por sueldo).
- Encargado/a reprografíaPor ejemplo: Encargado/a reprografía. En la tabla cobra 21.567 € al año (puesto 12 de 23 por sueldo).
- Ayudante reprografíaPor ejemplo: Ayudante reprografía. En la tabla cobra 17.444 € al año (puesto 18 de 23 por sueldo).
- Aspirante mayor de 18 añosPor ejemplo: Aspirante mayor de 18 años. En la tabla cobra 15.658 € al año (puesto 20 de 23 por sueldo).
- Aspirante menor de 18 añosPor ejemplo: Aspirante menor de 18 años. En la tabla cobra 11.745 € al año (puesto 22 de 23 por sueldo).
Oficinas y despachos en general
Se clasifica por niveles retributivos del 1.º al 14.º; el Anexo IV equipara las categorías de la antigua Ordenanza Laboral de Oficinas y Despachos (titulados, administrativos, técnicos de oficina, especialistas de oficina, subalternos y oficios varios) a cada nivel.
- Nivel 1Por ejemplo: Titulado/a de grado superior. En la tabla cobra 26.365 € al año (puesto 2 de 23 por sueldo).
- Nivel 2Por ejemplo: Titulado/a de grado medio, Jefe/a superior (Oficial Mayor). En la tabla cobra 24.939 € al año (puesto 5 de 23 por sueldo).
- Nivel 3Por ejemplo: Jefe/a de primera, Jefe/a de equipo de informática, Analista, Programador/a-ordenador. En la tabla cobra 24.867 € al año (puesto 7 de 23 por sueldo).
- Nivel 4Por ejemplo: Jefe/a de segunda (cajero/a con firma, jefe/a de reporteros, traductor/a-intérprete jurado de más de un idioma), Programador/a de máquinas auxiliares, Jefe/a de delineación, Administrador/a de test, Coordinador/a de tratamiento de cuestionarios, Jefe/a de explotación. En la tabla cobra 23.939 € al año (puesto 9 de 23 por sueldo).
- Nivel 5Por ejemplo: Oficial de primera (cajero/a sin firma, taquimecanógrafo/a, telefonista-recepcionista con dos o más idiomas), Delineante-proyectista, Operador/a de ordenador, Controlador/a, Coordinador/a de estudios, Jefe/a de equipo de estudios. En la tabla cobra 23.155 € al año (puesto 11 de 23 por sueldo).
- Nivel 6Por ejemplo: Oficial de segunda (telefonista-recepcionista, traductor/a e intérprete no jurados), Delineante, Operador/a de tabuladores, Inspector/a de entrevistadores, Encargado/a de departamento de reprografía, Encargado/a (oficios varios). En la tabla cobra 21.368 € al año (puesto 13 de 23 por sueldo).
- Nivel 7Por ejemplo: Operador/a de máquinas básicas, Dibujante, Entrevistador/a-encuestador/a, Oficial de primera y conductor/a (oficios varios). En la tabla cobra 20.294 € al año (puesto 15 de 23 por sueldo).
- Nivel 8Por ejemplo: Calcador/a, Perforista, verificador/a y clasificador/a, Conserje mayor, Oficial de segunda (oficios varios). En la tabla cobra 18.509 € al año (puesto 17 de 23 por sueldo).
- Nivel 10Por ejemplo: Conserje, Ayudante y operador/a de reproductoras de planos, multicopistas y fotocopiadoras. En la tabla cobra 17.081 € al año (puesto 19 de 23 por sueldo).
- Nivel 11Por ejemplo: Auxiliar (telefonista, visitador/a, comercial, lector/a de contadores), Cobrador/a-pagador/a. En la tabla cobra 17.081 € al año (puesto 19 de 23 por sueldo).
- Nivel 12Por ejemplo: Ordenanza, Vigilante, Limpiador/a de apartamentos. En la tabla cobra 15.223 € al año (puesto 21 de 23 por sueldo).
- Nivel 13Por ejemplo: Aspirante, Limpiador/a, Peón o mozo/a. En la tabla cobra 15.223 € al año (puesto 21 de 23 por sueldo).
- Nivel 13 bNivel de clasificación: el convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación. En la tabla cobra 11.720 € al año, el más bajo.
- Nivel 14Por ejemplo: Botones. En la tabla cobra 11.720 € al año, el más bajo.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Estudios técnicos y oficinas de arquitectura; por día efectivo de asistencia cuando el centro dista menos de 3 km del domicilio.
- Dónde lo dice
- art. 29
- Quién lo cobra
- Estudios técnicos y oficinas de arquitectura; por día efectivo de asistencia cuando el centro dista más de 3 km del domicilio
- Dónde lo dice
- art. 29
- Quién lo cobra
- Oficinas y despachos en general; por día efectivo de asistencia al trabajo
- Dónde lo dice
- art. 29
- Quién lo cobra
- Estudios técnicos y oficinas de arquitectura; personas con al menos un hijo/a en enseñanza obligatoria (hay que acreditarlo).
- Dónde lo dice
- art. 28
- Quién lo cobra
- Oficinas y despachos en general; personas con al menos un hijo/a en enseñanza obligatoria (hay que acreditarlo).
- Dónde lo dice
- art. 28
- Quién lo cobra
- Estudios técnicos y oficinas de arquitectura; desplazamiento fuera de la localidad del centro de trabajo, salvo que la empresa costee manutención y alojamiento
- Dónde lo dice
- art. 30
- Quién lo cobra
- Oficinas y despachos en general; desplazamiento fuera de la localidad del centro de trabajo, salvo que la empresa costee manutención y alojamiento
- Dónde lo dice
- art. 30
- Quién lo cobra
- Desplazamiento por trabajo en vehículo propio, si la empresa no ofrece medios propios
- Dónde lo dice
- art. 30
- Quién lo cobra
- Todo el personal; se paga el día anterior al inicio de las vacaciones, también si se fraccionan
- Dónde lo dice
- art. 27.2
- Quién lo cobra
- Solo personas que ya cobraban antigüedad a 31/12/2004; se extingue con su contrato
- Dónde lo dice
- art. 24 y Anexo III
- Quién lo cobra
- Baja por contingencias comunes: hasta el 85 % de la base reguladora desde el primer día en procesos de 20 días o menos; hasta el 100 % desde el primer día en procesos de más de 20 días, con máximo de doce meses
- Dónde lo dice
- art. 51.1
- Quién lo cobra
- Desde el primer día y hasta un máximo de doce meses
- Dónde lo dice
- art. 51.2
Horas extra
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2025 | 3 % | Incremento del 3 % en todos los conceptos retributivos salvo el plus de transporte (tabla de 2025 del Anexo I y II) |
| 2026 | Por fijar | Sin incremento pactado ni tabla publicada para 2026: convenio vencido y denunciado el 30/09/2025; se mantienen las tablas de 2025 mientras dure la negociación |
Revisión salarial
Si el IPC interanual a 31/12 de 2023 supera el 4 % pactado, o a 31/12 de 2024 y 2025 el 3 %, se revisan las tablas hasta un tope del 1 % con efectos del 1 de enero siguiente, sin atrasos. La revisión por el IPC de 2025 solo sirve de base de las tablas de 2026 en la nueva negociación; el plus de transporte queda excluido (disposición adicional segunda).
Permisos pagados
1 de los 6 permisos del convenio mejora lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonio o inscripción de pareja de hecho (días naturales)art. 37.3 ET (el convenio no lo regula) | 15 | 15 días naturales | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º gradoart. 37.3 ET (el convenio no lo regula) | 2 (4 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención con reposo domiciliario de familiar hasta 2.º gradoart. 37.3 ET (el convenio no lo regula) | 5 | 5 días | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Traslado del domicilio habitualart. 37.3 ET (el convenio no lo regula) | 1 | 1 día | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personalart. 37.3 ET (el convenio no lo regula) | — | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Asuntos propios que no admitan demora: hasta 8 horas al año (jornada completa; preaviso de 72 horas)art. 21.2 | — | — | Mejora el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Exámenes prenatales y preparación al parto | No lo menciona | El tiempo necesario | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | No lo menciona | 4 días al año (horas) | Lo da el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso
Periodo de prueba
- Técnicos titulados: 6 meses
- Resto de personal: 3 meses
- Personal no cualificado: 15 días
Preaviso si te vas
- Todo el personal: 15 días
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de oficinas y despachos de Almería?
Su estado a 16 de octubre de 2026 es: caducado, pero se sigue aplicando. Vigencia del 1/1/2022 al 31/12/2025.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de oficinas y despachos de Almería en 2026?
Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 11.720,43 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de oficinas y despachos de Almería?
30 días naturales al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Técnicos titulados: 6 meses. Resto de personal: 3 meses. Personal no cualificado: 15 días.
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Oficinas y despachos en otras provincias
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Otros convenios de Almería
Campo y agriculturaComercioComercio textilConstrucciónHosteleríaLimpieza de edificios y locales
Lo que suele venir después.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Almería (BOP) (texto del convenio, publicado el 30/11/2023). Revisado el .
Convenio provincial de Almería que cubre dos subsectores con tablas distintas: estudios técnicos y oficinas de arquitectura (Anexo I, por categoría) y oficinas y despachos en general (Anexo II, por nivel del 1.º al 14.º). Se exceptúan las actividades con convenio estatal o propio (art. 3). Las tablas de 2026 son las de 2025 prorrogadas: el convenio terminó en 2025 y no hay tablas nuevas publicadas.