Tablas salariales 2025
IV Convenio colectivo de los registradores de la propiedad, mercantiles y de bienes muebles y su personal auxiliar.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 12 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
Hay 6 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Tabla publicada en el boletín oficial: son los importes que se aplican este año.
Ejemplo · elige tu categoría
Horas extra: El convenio no fija el precio. Como mínimo, la hora extra se paga como una hora normal (art. 35.1 del Estatuto). Los turnos de guardia del 24 y 31 de diciembre se compensan con tiempo de descanso equivalente, dentro de los cuatro meses siguientes (disp. adicional cuarta). (art. 16)
Sueldo por categoría en 2025
| Categoría | Base / mes | Bruto anual | Hora extra |
|---|---|---|---|
| V | |||
| Grupo V · Oficial | 1.552,33 € | 18.628,00 €1 | 10,58 € |
| IV | |||
| Grupo IV · Auxiliar | 1.393,33 € | 16.720,00 €1 | 9,50 € |
| III | |||
| Grupo III · Especialista | 1.384,33 € | 16.612,00 €1 | 9,44 € |
| II | |||
| Grupo II · Personal administrativo | 1.381,33 € | 16.576,00 €1 | 9,42 € |
| I | |||
| Grupo I · Subalterno | 1.381,33 € | 16.576,00 €1 | 9,42 € |
| 0 | |||
| Grupo 0 · Personal de servicios | 1.381,33 € | 16.576,00 €1 | 9,42 € |
Salario mínimo mensual garantizado; incluye la parte proporcional de las pagas extra (art. 10.1). Sobre él se suman los trienios y, en los grupos IV y V, la participación en los beneficios del registro (art. 11).
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.760 horas de jornada anual del convenio.
Pluses y complementos
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
-
Antigüedad (trienios garantizados)
Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Por cada trienio de antigüedad, según el grupo al que se pertenece en el momento del cobro.
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Participación en los beneficios líquidos del registro
La masa salarial es el 40 % de los beneficios líquidos del registrador (38,5 % en registros de diez o menos personas hasta 2026; 39 % desde 1/1/2027, art. 9 y disp. transitoria primera). Del remanente: 25 % participación mínima, 25 % objetiva por puntos y 50 % de libre distribución por el registrador (art. 11)Lo que se paga según resultados o rendimiento. Quién lo cobra: Solo grupos IV (auxiliares) y V (oficiales), si queda remanente de la masa salarial tras pagar los mínimos y trienios de todos los grupos.
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Compensación de gastos por teletrabajo
1,50 € por cada día trabajadoQuién lo cobra: Por cada día de trabajo efectivo en teletrabajo.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Fuente: BOE-A-2025-7396 (tabla salarial 2025, publicado el 11/4/2025). Revisado el .
Código de convenio 99007765011993