Tablas salariales 2025
Convenio colectivo de trabajo del sector de industrias transformadoras de plásticos de la provincia de Valencia 2025-2027.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 14,5 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
Hay 11 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Tabla publicada en el boletín oficial: son los importes que se aplican este año. Subida general +3,0 %
Ejemplo · elige tu categoría
Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 50 %. A elección de la persona antes de hacerlas: cobrarlas o descansar un tiempo igual al de las horas extra más el 50 %; si no hay acuerdo, la empresa lo concede en un máximo de 90 días. (art. 47)
Sueldo por categoría en 2025
| Categoría | Base / mes | Bruto anual | Hora extra |
|---|---|---|---|
| Grupo 1 | |||
| Grupo profesional 1 | 1.381,10 € | 20.025,93 € | 17,15 € |
| Grupo 2 | |||
| Grupo profesional 2 | 1.459,53 € | 21.163,18 € | 18,12 € |
| Grupo 3 | |||
| Grupo profesional 3 | 1.480,21 € | 21.463,00 € | 18,38 € |
| Grupo 4 | |||
| Grupo profesional 4 | 1.560,06 € | 22.620,93 € | 19,37 € |
| Grupo 5 | |||
| Grupo profesional 5 | 1.614,25 € | 23.406,66 € | 20,04 € |
| Grupo 6 | |||
| Grupo profesional 6 | 1.737,44 € | 25.192,91 € | 21,57 € |
| Grupo 7 | |||
| Grupo profesional 7 | 1.831,47 € | 26.556,24 € | 22,74 € |
| Grupo 8 | |||
| Grupo profesional 8 | 1.892,58 € | 27.442,42 € | 23,50 € |
| Grupo 9 | |||
| Grupo profesional 9 | 2.014,72 € | 29.213,40 € | 25,01 € |
| Grupo 10 | |||
| Grupo profesional 10 | 2.258,76 € | 32.751,96 € | 28,04 € |
| Grupo 11 | |||
| Grupo profesional 11 | 2.441,75 € | 35.405,37 € | 30,31 € |
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.752 horas de jornada anual del convenio.
Pluses y complementos
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
-
Antigüedad: trienios (máximo 2)
Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Tiempo de servicios continuados en la misma empresa; se devenga desde la fecha de ingreso y se cobra desde el día siguiente a su cumplimiento.
-
Antigüedad: quinquenios (máximo 5)
Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Tiempo de servicios continuados en la misma empresa.
-
Plus de toxicidad
el 10 % de tu salario baseLo que se paga por trabajar con sustancias tóxicas. Quién lo cobra: Secciones más directamente afectadas por emanación de polvo o toxicidad, para quien realiza allí su jornada.
-
Plus de peligrosidad
el 10 % de tu salario baseLo que se paga por trabajos con riesgo. Quién lo cobra: Puestos declarados peligrosos (el texto dice «por la autoridad laboral»; la propia resolución de registro recomienda adaptarlo a la evaluación de riesgos).
-
Plus de penosidad y/o ruido
El complemento de salario base lo fija la comisión paritaria del convenioLo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Puestos cuya penosidad se declare por resolución firme, mientras subsistan las causas.
-
Plus de nocturnidad
Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00.
-
Plus de cuarto o quinto turno
el 24 % de tu salario baseLo que se paga por trabajar a turnos que cambian. Quién lo cobra: Personal afectado por el sistema de organización horaria del art. 49 (cuarto o quinto turno); es independiente de la nocturnidad.
-
Plus de transporte (por distancia)
0,33 € por cada día trabajadoAyuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Solo si la empresa no tiene transporte propio y está a más de 3 km de un centro urbano o medio colectivo; importe por kilómetro de distancia hasta el centro urbano más próximo y por día de trabajo.
-
Dieta de día completo
74,94 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento fuera del centro habitual de trabajo con pernoctación; además la empresa corre con los gastos de locomoción.
-
Dieta de una comida fuera
17,91 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento de menos de un día sin pernoctar, con una comida fuera del domicilio.
-
Dieta de dos comidas fuera
35,83 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento de menos de un día sin pernoctar, con las dos comidas fuera del domicilio.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Fuente: anuncio 2026/01596 (BOP Valencia, tabla salarial 2025, publicado el 20/2/2026). Revisado el .
Código de convenio 46001305011981