Saltar al contenido

Tablas salariales 2026

Convenio Colectivo de Limpieza Pública Viaria de Madrid-Capital 2026-⁠2031.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026.

Código de convenio 28002595011982
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 16 de octubre de 2026

    Hay 32 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Ejemplo · elige tu categoría

    Sueldo por categoría en 2026

    Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)

    13 de 32 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.

    CategoríaBase / mesBruto anual
    Jornada completa
    Jefe administrativo50,50 €/día35.966,71 €1
    Oficial 1ª administrativo48,51 €/día33.277,36 €1
    Oficial 2ª administrativo42,03 €/día27.618,78 €1
    Auxiliar administrativo40,10 €/día25.042,89 €1
    Encargado50,14 €/día40.397,98 €1
    Capataz día46,98 €/día34.179,58 €1
    Capataz noche46,98 €/día37.528,81 €1
    Encargado de brigada43,07 €/día31.823,96 €1
    Conductor día43,07 €/día27.664,03 €1
    Conductor noche43,07 €/día30.977,21 €1
    Peón guarda día40,10 €/día25.079,72 €1
    Peón guarda noche40,10 €/día28.074,02 €1
    Operario de limpieza40,10 €/día25.079,72 €1
    Oficial 1ª taller42,50 €/día29.538,42 €1
    Oficial 2ª taller41,09 €/día28.622,70 €1
    Oficial 3ª taller40,35 €/día27.922,68 €1
    Fines de semana y festivos
    Jefe administrativo50,50 €/día17.161,09 €
    Oficial 1ª administrativo48,51 €/día15.878,19 € SMI
    Oficial 2ª administrativo42,03 €/día13.179,59 € SMI
    Auxiliar administrativo40,10 €/día11.951,37 € SMI
    Encargado50,14 €/día19.270,93 €
    Capataz día46,98 €/día16.307,40 € SMI
    Capataz noche46,98 €/día17.902,58 €
    Encargado de brigada43,07 €/día15.182,09 € SMI
    Conductor día43,07 €/día13.200,60 € SMI
    Conductor noche43,07 €/día14.779,20 € SMI
    Peón guarda día40,10 €/día11.967,67 € SMI
    Peón guarda noche40,10 €/día13.394,44 € SMI
    Operario de limpieza40,10 €/día11.967,67 € SMI
    Oficial 1ª taller42,50 €/día14.093,67 € SMI
    Oficial 2ª taller41,09 €/día13.656,85 € SMI
    Oficial 3ª taller40,35 €/día13.322,85 € SMI

    Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    1. Jefe administrativo y otras: Salario base y pluses por DÍA efectivo; el total anual del Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid es una referencia teórica (335 días de salario base y 273 días de pluses, más las pagas) y varía según calendario. Entra: salario base, incentivos, pluses y las pagas de verano, Navidad, beneficios, San Martín de Porres y vacaciones.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Incentivos

      de 3,29 a 27,86 € por día trabajado según categoría

      Lo que se paga según resultados o rendimiento. Quién lo cobra: Por día efectivamente trabajado; el importe depende de la categoría.

      Cotiza y tributa como salario. art. 28.d y tabla salarial 2026

      Importe por día efectivamente trabajado (art. 29). Ya incluido en el total anual de la tabla: no sumarlo si se parte de ese total.

    • Plus de transporte

      4,87 € por cada día trabajado

      Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Por día efectivamente trabajado; igual para todas las categorías.

      Cotiza y tributa como salario. art. 28.a y tabla salarial 2026

      Importe por día efectivamente trabajado (art. 29). Ya incluido en el total anual de la tabla: no sumarlo si se parte de ese total.

    • Plus de trabajo tóxico, penoso o peligroso

      de 8,02 a 10,03 € por día trabajado según categoría

      Lo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Por día efectivamente trabajado, categorías que lo tienen en la tabla.

      Cotiza y tributa como salario. art. 28.b y tabla salarial 2026

      Importe por día efectivamente trabajado (art. 29). Ya incluido en el total anual de la tabla: no sumarlo si se parte de ese total.

    • Plus de nocturnidad

      de 10,03 a 12,54 € por día trabajado según categoría

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Por día efectivamente trabajado en turno de noche, categorías que lo tienen en la tabla.

      Cotiza y tributa como salario. art. 28.c y tabla salarial 2026

      Importe por día efectivamente trabajado (art. 29). Ya incluido en el total anual de la tabla: no sumarlo si se parte de ese total.

    • Plus de calidad

      de 11,74 a 12,77 € por día trabajado según categoría

      Lo que se paga según resultados o rendimiento. Quién lo cobra: Por día efectivamente trabajado; solo las categorías de taller.

      Cotiza y tributa como salario. art. 28.e y tabla salarial 2026

      Importe por día efectivamente trabajado (art. 29). Ya incluido en el total anual de la tabla: no sumarlo si se parte de ese total.

    • Compensación de libranza

      de 23,05 a 35,19 € por día trabajado según categoría

      Quién lo cobra: 16 categorías del convenio.

      El convenio no define este concepto ni dice si es salarial. tabla salarial 2026 fines de semana

      El texto del convenio no explica este concepto: solo aparece en la tabla de fines de semana. Su importe diario está incluido en el total anual de la tabla (107 días, deducido del propio total).

    • Paga de San Martín de Porres (jornada completa)

      500,00 € al año, en un solo pago

      Quién lo cobra: Se devenga del 1/1 al 31/12 y se abona con la nómina de octubre, en proporción al tiempo trabajado.

      Cotiza y tributa como salario. art. 26 y tabla salarial 2026

      Ya incluida en el total anual de la tabla. Se complementa con 15 días de antigüedad desde 2026 y con 30 días desde 2030 (art. 25).

    • Paga de San Martín de Porres (fines de semana y festivos)

      239,20 € al año, en un solo pago

      Quién lo cobra: Personal de fines de semana y festivos; se devenga del 1/1 al 31/12 y se abona con la nómina de octubre, en proporción al tiempo trabajado.

      Cotiza y tributa como salario. art. 26 y tabla salarial 2026 fines de semana

      Ya incluida en el total anual de la tabla.

    • Paga extraordinaria de verano

      de 738,08 a 2.147,63 € al año según categoría, en un solo pago

      Quién lo cobra: Se devenga del 1/1 al 30/6 por semestres (sextas partes por mes) y se paga el 16 de julio.

      Cotiza y tributa como salario. art. 26

      Importe de la tabla de 2026 por categoría; ya incluido en el total anual de la tabla. El convenio dice que las pagas extraordinarias llevan además la antigüedad (30 días, art. 25).

    • Paga extraordinaria de Navidad

      de 738,08 a 2.147,63 € al año según categoría, en un solo pago

      Quién lo cobra: Se devenga del 1/7 al 31/12 por semestres (sextas partes por mes) y se paga el 17 de diciembre.

      Cotiza y tributa como salario. art. 26

      Importe de la tabla de 2026 por categoría; ya incluido en el total anual de la tabla. El convenio dice que las pagas extraordinarias llevan además la antigüedad (30 días, art. 25).

    • Paga de participación en beneficios

      de 738,08 a 2.147,63 € al año según categoría, en un solo pago

      Quién lo cobra: Se paga el último día hábil de febrero; se devenga día a día del año anterior, proporcional al tiempo trabajado y sin devengo en ausencias injustificadas.

      Cotiza y tributa como salario. art. 27

      Importe de la tabla de 2026 por categoría; ya incluido en el total anual de la tabla. El convenio dice que las pagas extraordinarias llevan además la antigüedad (30 días, art. 25).

    • Paga de vacaciones

      de 856,86 a 3.352,17 € al año según categoría, en un solo pago

      Quién lo cobra: Importe de la tabla; se abona en la nómina de diciembre según el art. 12 (si no se disfrutaron las vacaciones por incapacidad temporal, se complementa hasta esta paga).

      Cotiza y tributa como salario. art. 12 y tabla salarial 2026

      Importe de la tabla de 2026 por categoría; ya incluido en el total anual de la tabla. El convenio dice que las pagas extraordinarias llevan además la antigüedad (30 días, art. 25).

    • Plus por trabajar el 3 de noviembre (San Martín de Porres)

      36,17 € además del salario del día

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Personal de fines de semana y festivos que trabaja el 3 de noviembre (o el día al que se traslade la fiesta si cae en domingo), además del salario del día.

      Cotiza y tributa como salario. art. 10.b y anexo I

    • Plus de manejo de maquinaria (peón clase A)

      4,94 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Por día efectivo en que el peón maneja los vehículos o barredoras del art. 30.1; no consolidable.

      Cotiza y tributa como salario. art. 30.1 y anexo I

      El convenio habla de «peón»; la tabla tiene Peón guarda (día y noche) y Operario de limpieza con el mismo salario base de peón (40,10 €): se asignan esas categorías. Tiempo parcial: proporcional a la jornada.

    • Plus funcional de especialización para peones

      3,67 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Por día efectivamente trabajado con sopladoras, desbrozadoras o pistolas quitapintadas; si coinciden dos o más pluses el mismo día, se paga el de más importe.

      Cotiza y tributa como salario. art. 30.2 y anexo I

      Tiempo parcial: proporcional. No incluido en el total anual de la tabla.

    • Prima compensatoria por la asistencia al trabajo

      2,25 € por cada día trabajado

      Premio por no faltar al trabajo. Quién lo cobra: Por día efectivo de trabajo (también las horas sindicales de la representación); se paga semestralmente, en las nóminas de mayo y noviembre.

      El convenio la declara extrasalarial e indemnizatoria (art. 26.2 ET) y no integra la prestación de IT; la cotización no se determina aquí. art. 31 y anexo I

      No consolidable. No está incluida en el total anual de la tabla.

    • Dieta alimenticia

      10,20 € por cada día trabajado

      Ayuda para la comida en la jornada. Quién lo cobra: Personal en turno de jornada interrumpida, por día trabajado.

      Cotiza y tributa como salario. art. 33 y anexo I

      No está incluida en el total anual de la tabla. Tiempo parcial: proporcional.

    • Complemento de antigüedad

      Tres bienios del 5 % y, después, quinquenios del 7 % sobre el salario base

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Personal con contrato indefinido (y temporal desde 1/1/1998); se cuenta desde el ingreso en la contrata y cada tramo se devenga desde el 1 de enero del año en que se cumple.

      Cotiza y tributa como salario. art. 25

      El convenio dice «tres bienios del cinco por ciento y posteriores quinquenios del siete por ciento»: se entiende que los bienios se cumplen a los 2, 4 y 6 años y los quinquenios a los 11, 16, 21… años (el texto no da esos años). Se paga por día natural y en las pagas de verano, Navidad y beneficios (30 días cada una) y en la de San Martín de Porres (15 días desde 2026; 30 desde 2030).

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid-20260627-1 (tabla salarial 2026, publicado el 27/6/2026). Revisado el .

    Código de convenio 28002595011982

    Volver arriba