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Tablas salariales 2025

Convenio colectivo de la sanidad privada de la provincia de Lugo.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Código de convenio 27000815012000
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

    Hay 8 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Subida general +4,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Sueldo por categoría en 2025

    Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.184 € al mes en 14 pagas · 16.576 € al año)

    6 de 8 categorías de la tabla 2025 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2025.

    CategoríaBase / mesBruto anual
    I
    Grupo I1.462,11 €21.931,65 €
    II
    Grupo II1.212,48 €18.187,20 €
    III
    Grupo III nivel 11.054,38 €15.815,70 € SMI
    Grupo III nivel 21.014,97 €15.224,55 € SMI
    IV
    Grupo IV nivel 11.054,38 €15.815,70 € SMI
    Grupo IV nivel 2987,55 €14.813,25 € SMI
    V
    Grupo V nivel 1980,69 €14.710,35 € SMI
    Grupo V nivel 2979,31 €14.689,65 € SMI

    Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus de nocturnidad

      el 25 % de tu salario base

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo entre las 22 h y las 6 h del día siguiente; no aplica al personal contratado para horario nocturno fijo.

      Cotiza y tributa como salario. art. 21

    • Antigüedad (trienios)

      30,00 € al mes cada tres años (trienio), hasta 10

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla; los trienios se devengan desde el 1/1/1999.

      Cotiza y tributa como salario. art. 18

      El texto no indica la periodicidad del importe por trienio. Entra en las pagas extra (art. 19 y 20).

    • Antigüedad consolidada

      Antigüedad devengada hasta el 31/12/1998, que se mantiene como antigüedad consolidada; sin cuantía fija en el texto

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Antigüedad devengada hasta el 31/12/1998.

      Cotiza y tributa como salario. art. 18

    • Complemento de puesto de trabajo (plus de toxicidad)

      el 20 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajar con sustancias tóxicas. Quién lo cobra: Personal sanitario técnico o subalterno en quirófanos, radioelectrología, radioterapia, medicina nuclear, laboratorio de análisis, unidades de cuidados intensivos y riñón artificial, con dedicación exclusiva o preferente, habitual y continuada.

      Cotiza y tributa como salario. art. 22

      Si el destino al puesto no es habitual y continuado, se cobra solo por los días trabajados en él. No se consolida.

    • Plus de trabajo en domingos

      10,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga de más por trabajar en domingo. Quién lo cobra: Por cada domingo trabajado.

      Cotiza y tributa como salario. art. 23

      El texto no fija cambio para 2025 ni 2026.

    • Plus de trabajo en festivos

      20,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Por cada festivo trabajado.

      Cotiza y tributa como salario. art. 23

      Importe de 2025 según el art. 23.2 (20 €).

    • Plus de trabajo en días de especial significación

      45,00 € por cada día trabajado

      Quién lo cobra: Por cada quenda de días de especial significación trabajada (24-25 de diciembre, 31 de diciembre a 1 de enero, 5-6 de enero); si cae en festivo, se cobra solo el plus de mayor cuantía.

      Cotiza y tributa como salario. art. 23

      Importe de 2025 según el art. 23.3 (45 €).

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Fuente: BOP Lugo (tabla salarial 2025, publicado el 10/6/2024). Revisado el .

    Código de convenio 27000815012000

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