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Tablas salariales 2025

Convenio colectivo general del sector de transporte sanitario de Andalucía (texto nuevo, BOJA 16/12/2020).

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Código de convenio 71001075012005

Última actualización: 18 de octubre de 2026

    Hay 17 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +1,1 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. (art. 13)

    Sueldo por categoría en 2025
    CategoríaGrupoBase / mesBruto anualHora extraPluses
    TES CONDUCTOR/A1.253,26 €21.311,79 €*20,72 €Plus convenio: 167,52 €/mes
    TES AYTE. CAMILLERO/A1.091,89 €18.507,86 €*17,99 €Plus convenio: 141,97 €/mes
    TES CAMILLERO/A1.026,52 €17.363,97 €*16,88 €Plus convenio: 131,08 €/mes
    JEFE/A DE EQUIPOPersonal de Gestión y Dirección1.266,81 €20.902,20 €*20,32 €Plus convenio: 126,67 €/mes
    JEFE/A DE TRAFICOPersonal de Gestión y Dirección1.386,93 €22.883,99 €*22,25 €Plus convenio: 138,67 €/mes
    OFIC. 1º ADMTVO.1.354,16 €22.343,79 €*21,72 €Plus convenio: 135,42 €/mes
    AUX. ADMTVO.1.146,71 €18.920,75 €*18,40 €Plus convenio: 114,67 €/mes
    AYTE. MECANICO/A1.092,06 €18.018,71 €*17,52 €Plus convenio: 109,19 €/mes
    MECANICO/A1.238,44 €20.434,44 €*19,87 €Plus convenio: 123,85 €/mes
    CHAPISTA1.190,34 €19.640,79 €*19,10 €Plus convenio: 119,05 €/mes
    PINTOR/A1.190,34 €19.640,79 €*19,10 €Plus convenio: 119,05 €/mes
    JEFE/A DE TALLERPersonal de Gestión y Dirección1.326,35 €21.884,31 €*21,28 €Plus convenio: 132,60 €/mes
    TELEFONISTA1.157,61 €19.099,94 €*18,57 €Plus convenio: 115,72 €/mes
    MEDICO2.271,48 €37.479,48 €*36,44 €Plus convenio: 227,15 €/mes
    ATS1.703,62 €28.109,12 €*27,33 €Plus convenio: 170,32 €/mes
    DIRECTOR/A DE AREAPersonal de Gestión y Dirección2.077,47 €34.278,08 €*33,33 €Plus convenio: 207,74 €/mes
    DIRECTOR/A2.293,36 €37.840,17 €*36,79 €Plus convenio: 229,32 €/mes

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.800 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Tabla salarial 2025 publicada en el propio texto del convenio (cabecera 1,10 %). Almería, Córdoba, Málaga y Sevilla; Granada y Huelva; Jaén: mismos importes en las tres tablas.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Antigüedad

      3 % sobre el salario base al cumplir 3 años; 1 % más por cada año a partir del cuarto; 25 % a los 25 años o más

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Trabajadores/as con alta posterior al 1/1/1984.

      Cotiza y tributa como salario. art. 20

      Tope progresivo: 21 años en 2021, 22 en 2022, 23 en 2023, 24 en 2024 y 25 desde 2025, en provincias con nuevas adjudicaciones. Altas anteriores al 1/1/1984: lo de convenios o contratos anteriores (no consta en el recorte).

    • Trabajo nocturno

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Cada hora trabajada entre las 22:00 y las 6:00.

      Cotiza y tributa como salario. art. 24

      Sobre el salario base y el plus convenio.

    • Festividades navideñas

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Trabajar en jornada media o total los días 24, 25 y 31 de diciembre y 1 de enero.

      No consta en el recorte. art. 25

      Cuantía en las tablas de anexo, que no están en el recorte.

    • Festividades de Semana Santa

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Trabajar en jornada media o total el Jueves y el Viernes Santo.

      No consta en el recorte. art. 26

      Cuantía en las tablas de anexo, que no están en el recorte.

    • Dietas

      Comida 16,254 €; cena 16,254 €; pernocta y desayuno 22,104 € (suma de las tres, 54,612 €)

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento fuera del ámbito de trabajo en horario de comida o cena, o pernocta. Sin bebidas alcohólicas.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 22

      Las empresas pueden sustituir la dieta por el gasto justificado. Cuantías de 2025.

    • Gratificación por jubilación

      Pago único según edad de jubilación: 60 años 4.704,489 €; 61 años 4.018,463 €; 62 años 3.430,358 €; 63 años 2.097,437 €; 64 años 1.119,022 €

      Quién lo cobra: Pago único al jubilarse entre 60 y 64 años con 10 años de servicio en la empresa.

      No consta en el recorte. art. 45

      Cuantías de la tabla de 2025.

    • Complemento de permanencia pasados los 60 años

      Por paga: 10 años de servicio, 6,80 €; 15 años, 21,68 €; 20 años, 25,39 €; 25 años o más, 29,72 €

      Quién lo cobra: Persona mayor de 60 años que sigue vinculada a la empresa. Se pierde al cumplir 65 años.

      No consta en el recorte. art. 45

      Cuantías del texto del convenio; el recorte no trae actualización.

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: BOJA (tabla salarial 2025, publicado el 16/12/2020). Revisado el .

    Código de convenio 71001075012005

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