Tablas salariales 2025
Convenio colectivo de la piel-marroquinería para la provincia de Cádiz, 2024-2027.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 14 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
Hay 26 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Tabla publicada en el boletín oficial: son los importes que se aplican este año. Subida general +3,9 %
Ejemplo · elige tu categoría
Horas extra: El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. Si se compensan con descanso: 1 h 15 min por cada hora extra normal (lunes a viernes) y 1 h 45 min por cada hora extra en festivo o descanso. (art. 21 y anexo IV)
Sueldo por categoría en 2025
Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.184 € al mes en 14 pagas · 16.576 € al año)
4 de 26 categorías de la tabla 2025 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2025.
| Categoría | Base / mes | Bruto anual | Hora extra |
|---|---|---|---|
| Grupo 1 · Personal técnico titulado | |||
| Ingeniería, grado o licenciatura (titulado/a superior) | 1.862,10 € | 26.069,40 €* | 14,17 € |
| Diplomatura y personal técnico de grado medio | 1.562,00 € | 21.868,00 €* | 12,31 € |
| Grupo 2 · Personal técnico no titulado | |||
| Encargado/a general de fabricación | 1.862,10 € | 26.069,40 €* | 14,17 € |
| Encargado/a de sección o jefatura de taller | 1.562,00 € | 21.868,00 €* | 12,31 € |
| Maestro/a, modelista-patronista o jefatura de grupo/equipo (empresas de más de 50 personas) | 1.562,00 € | 21.868,00 €* | 12,31 € |
| Jefatura de grupo/equipo (empresas de menos de 50 personas) | 1.424,40 € | 19.941,60 €* | 11,41 € |
| Grupo 3 · Personal administrativo y mercantil | |||
| Jefatura de sección | 1.862,10 € | 26.069,40 €* | 14,17 € |
| Jefatura de negociado, de compras, de ventas o de almacén (empresas de más de 50 personas) | 1.562,00 € | 21.868,00 €* | 12,31 € |
| Jefatura de almacén (empresas de menos de 50 personas) | 1.424,40 € | 19.941,60 €* | 11,41 € |
| Oficial de 1.ª administrativo/a o analista | 1.665,00 € | 23.310,00 €* | 12,71 € |
| Oficial de 2.ª administrativo/a, secretario/a, viajante o técnico/a de informática | 1.570,31 € | 21.984,34 €* | 12,06 € |
| Controlador/a o recepción de almacén | 1.424,40 € | 19.941,60 €* | 11,41 € |
| Auxiliar de administración | 1.286,86 € | 18.016,04 €* | 10,78 € |
| Recepción de telefonía, auxiliar de patrones o auxiliar de control | 1.120,83 € | 15.691,62 €* SMI | 8,80 € |
| Grupo 4 · Personal de producción | |||
| Oficial de 1.ª de producción (cortador/a, chiflador/a, montador/a, preparador/a, guarnicionero/a o maquinista) | 45,90 €/día | 19.507,50 €* | 10,69 € |
| Oficial de 2.ª de producción | 45,66 €/día | 19.405,50 €* | 10,45 € |
| Oficial de 3.ª de producción | 43,95 €/día | 18.678,75 €* | 10,01 € |
| Especialista de producción | 42,72 €/día | 18.156,00 €* | 9,81 € |
| Peón de producción | 41,52 €/día | 17.646,00 €* | 9,60 € |
| Ayudante o auxiliar de producción | 37,35 €/día | 15.873,75 €* SMI | 8,80 € |
| Aspirante | 34,04 €/día | 14.467,00 €* | 8,80 € |
| Contrato formativo o de prácticas, segundo año | 28,95 €/día | 12.303,75 €*1 | — |
| Contrato formativo o de prácticas, primer año | 25,54 €/día | 10.854,50 €*2 | — |
| Grupo 5 · Personal subalterno | |||
| Conductor/a o técnico/a de mantenimiento | 42,72 €/día | 18.156,00 €* | 9,81 € |
| Auxiliar de almacén, auxiliar de mantenimiento, vigilancia, ordenanza o personal de limpieza | 37,35 €/día | 15.873,75 €* SMI | 8,80 € |
| Operario/a de servicios varios | 34,04 €/día | 14.467,00 €* SMI | 8,80 € |
* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.
Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
1. Contrato formativo o de prácticas, segundo año: En el BOP de 14/4/2025 este nivel figura como «Nivel 6» (Nivel 6 y Nivel 7 en lugar de 6 A y 6 B); se corresponde con el contrato formativo de segundo año.
2. Contrato formativo o de prácticas, primer año: En el BOP de 14/4/2025 este nivel figura como «Nivel 7» (Nivel 6 y Nivel 7 en lugar de 6 A y 6 B); se corresponde con el contrato formativo de primer año.
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.784 horas de jornada anual del convenio.
Notas de la tabla. Tabla de 2025 publicada en el BOP de Cádiz núm. 70 de 14/4/2025 (acta de la comisión negociadora de 7/2/2025).
Pluses y complementos
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Participación en beneficios (9 %)
el 9 % de tu salario basePlus fijo que el convenio suma al salario base. Quién lo cobra: Toda la plantilla. Se calcula sobre el salario de la tabla (anexo III) y se cobra en los 12 meses del año, incluido el de vacaciones, y también en las dos pagas extra.
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Plus de transporte
9,00 € al mes, en 11 pagasAyuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Todas las categorías; 9,00 € al mes durante 11 meses para toda la vigencia del convenio.
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Plus de turno alterno de mañana y tarde
1,00 € por cada día trabajadoLo que se paga por trabajar a turnos que cambian. Quién lo cobra: Por cada día de asistencia con turno alterno de mañana y tarde (no es la jornada partida).
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Plus de turno alterno de mañana, tarde y noche
2,00 € por cada día trabajadoLo que se paga por trabajar a turnos que cambian. Quién lo cobra: Por cada día de asistencia con turno alterno de mañana, tarde y noche.
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Plus de nocturnidad
((SB/día × 425) + (PB × 14)) / jornada anual, incrementado en un 30 %Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00, salvo que el salario se haya fijado atendiendo a que el trabajo es nocturno por naturaleza.
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Plus personal consolidado (antigüedad a 31/1/1998)
Porcentaje de antigüedad que tenía a 31/1/1998 aplicado al salario; se incrementa con el 9 % de participación en beneficios y con la misma subida anual del convenioLo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quien cobraba algún porcentaje de antigüedad a 31/1/1998; cada persona tiene su importe.
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Ayuda por hijos/as con discapacidad o altas capacidades
50,00 € al mes, en 12 pagasQuién lo cobra: 50 € al mes por cada hijo/a con discapacidad superior al 33 % o con certificado de altas capacidades (hasta los 26 años en este caso); 100 € al mes si la discapacidad supera el 65 %. Con certificado oficial; si los dos progenitores trabajan en la empresa se concede a uno solo.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Fuente: BOP Cádiz (tabla salarial 2025). Revisado el .
Código de convenio 11001005011982