Tablas salariales 2026
Convenio colectivo de la piel-marroquinería para la provincia de Cádiz, 2024-2027.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 14 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
Hay 26 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Tabla publicada en el boletín oficial: son los importes que se aplican este año. Subida general +4,0 %
Ejemplo · elige tu categoría
Horas extra: El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. Si se compensan con descanso: 1 h 15 min por cada hora extra normal (lunes a viernes) y 1 h 45 min por cada hora extra en festivo o descanso. (art. 21 y anexo IV)
Sueldo por categoría en 2026
Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)
4 de 26 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.
| Categoría | Base / mes | Bruto anual | Subida vs 2025 | Hora extra |
|---|---|---|---|---|
| Grupo 1 · Personal técnico titulado | ||||
| Ingeniería, grado o licenciatura (titulado/a superior) | 1.936,58 € | 27.112,12 €* | +4,0 % | 14,74 € |
| Diplomatura y personal técnico de grado medio | 1.624,48 € | 22.742,72 €* | +4,0 % | 12,80 € |
| Grupo 2 · Personal técnico no titulado | ||||
| Encargado/a general de fabricación | 1.936,58 € | 27.112,12 €* | +4,0 % | 14,74 € |
| Encargado/a de sección o jefatura de taller | 1.624,48 € | 22.742,72 €* | +4,0 % | 12,80 € |
| Maestro/a, modelista-patronista o jefatura de grupo/equipo (empresas de más de 50 personas) | 1.624,48 € | 22.742,72 €* | +4,0 % | 12,80 € |
| Jefatura de grupo/equipo (empresas de menos de 50 personas) | 1.481,38 € | 20.739,32 €* | +4,0 % | 11,87 € |
| Grupo 3 · Personal administrativo y mercantil | ||||
| Jefatura de sección | 1.936,58 € | 27.112,12 €* | +4,0 % | 14,74 € |
| Jefatura de negociado, de compras, de ventas o de almacén (empresas de más de 50 personas) | 1.624,48 € | 22.742,72 €* | +4,0 % | 12,80 € |
| Jefatura de almacén (empresas de menos de 50 personas) | 1.481,38 € | 20.739,32 €* | +4,0 % | 11,87 € |
| Oficial de 1.ª administrativo/a o analista | 1.731,60 € | 24.242,40 €* | +4,0 % | 13,22 € |
| Oficial de 2.ª administrativo/a, secretario/a, viajante o técnico/a de informática | 1.633,12 € | 22.863,68 €* | +4,0 % | 12,54 € |
| Controlador/a o recepción de almacén | 1.481,38 € | 20.739,32 €* | +4,0 % | 11,87 € |
| Auxiliar de administración | 1.338,33 € | 18.736,62 €* | +4,0 % | 11,21 € |
| Recepción de telefonía, auxiliar de patrones o auxiliar de control | 1.165,66 € | 16.319,24 €* SMI | +4,0 % | 9,15 € |
| Grupo 4 · Personal de producción | ||||
| Oficial de 1.ª de producción (cortador/a, chiflador/a, montador/a, preparador/a, guarnicionero/a o maquinista) | 47,74 €/día | 20.289,50 €* | +4,0 % | 11,12 € |
| Oficial de 2.ª de producción | 47,49 €/día | 20.183,25 €* | +4,0 % | 10,87 € |
| Oficial de 3.ª de producción | 45,71 €/día | 19.426,75 €* | +4,0 % | 10,41 € |
| Especialista de producción | 44,43 €/día | 18.882,75 €* | +4,0 % | 10,20 € |
| Peón de producción | 43,18 €/día | 18.351,50 €* | +4,0 % | 9,98 € |
| Ayudante o auxiliar de producción | 38,84 €/día | 16.507,00 €* SMI | +4,0 % | 9,15 € |
| Aspirante | 35,40 €/día | 15.045,00 €* | +4,0 % | 9,15 € |
| Contrato formativo o de prácticas, segundo año | 30,11 €/día | 12.796,75 €* | +4,0 % | — |
| Contrato formativo o de prácticas, primer año | 26,56 €/día | 11.288,00 €* | +4,0 % | — |
| Grupo 5 · Personal subalterno | ||||
| Conductor/a o técnico/a de mantenimiento | 44,43 €/día | 18.882,75 €* | +4,0 % | 10,20 € |
| Auxiliar de almacén, auxiliar de mantenimiento, vigilancia, ordenanza o personal de limpieza | 38,84 €/día | 16.507,00 €* SMI | +4,0 % | 9,15 € |
| Operario/a de servicios varios | 35,40 €/día | 15.045,00 €* SMI | +4,0 % | 9,15 € |
* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.
Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.784 horas de jornada anual del convenio.
Notas de la tabla. Tabla de 2026 publicada en el BOP de Cádiz núm. 59 de 27/3/2026 (acta de la comisión paritaria de 19/1/2026; revisión del 4 %).
Pluses y complementos
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Participación en beneficios (9 %)
el 9 % de tu salario basePlus fijo que el convenio suma al salario base. Quién lo cobra: Toda la plantilla. Se calcula sobre el salario de la tabla (anexo III) y se cobra en los 12 meses del año, incluido el de vacaciones, y también en las dos pagas extra.
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Plus de transporte
9,00 € al mes, en 11 pagasAyuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Todas las categorías; 9,00 € al mes durante 11 meses para toda la vigencia del convenio.
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Plus de turno alterno de mañana y tarde
1,04 € por cada día trabajadoLo que se paga por trabajar a turnos que cambian. Quién lo cobra: Por cada día de asistencia con turno alterno de mañana y tarde (no es la jornada partida).
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Plus de turno alterno de mañana, tarde y noche
2,08 € por cada día trabajadoLo que se paga por trabajar a turnos que cambian. Quién lo cobra: Por cada día de asistencia con turno alterno de mañana, tarde y noche.
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Plus de nocturnidad
((SB/día × 425) + (PB × 14)) / jornada anual, incrementado en un 30 %Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00, salvo que el salario se haya fijado atendiendo a que el trabajo es nocturno por naturaleza.
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Plus personal consolidado (antigüedad a 31/1/1998)
Porcentaje de antigüedad que tenía a 31/1/1998 aplicado al salario; se incrementa con el 9 % de participación en beneficios y con la misma subida anual del convenioLo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quien cobraba algún porcentaje de antigüedad a 31/1/1998; cada persona tiene su importe.
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Ayuda por hijos/as con discapacidad o altas capacidades
50,00 € al mes, en 12 pagasQuién lo cobra: 50 € al mes por cada hijo/a con discapacidad superior al 33 % o con certificado de altas capacidades (hasta los 26 años en este caso); 100 € al mes si la discapacidad supera el 65 %. Con certificado oficial; si los dos progenitores trabajan en la empresa se concede a uno solo.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Fuente: BOP Cádiz (tabla salarial 2026). Revisado el .
Código de convenio 11001005011982