Tablas salariales 2025
Convenio colectivo de trabajo para el transporte público de mercancías por carretera de la provincia de Pontevedra 2023-2026.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
Hay 45 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Tabla publicada en el boletín oficial: son los importes que se aplican este año. Subida general +4,0 %
Ejemplo · elige tu categoría
Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 25 %. (art. 18)
Sueldo por categoría en 2025
Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.184 € al mes en 14 pagas · 16.576 € al año)
1 de 45 categorías de la tabla 2025 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2025.
| Categoría | Base / mes | Bruto anual | Hora extra |
|---|---|---|---|
| Grupo I: Personal superior y técnico | |||
| Director de Area o Departamento | 1.880,39 € | 28.205,85 €* | 19,37 € |
| Director o Delegado de Sucursal | 1.880,39 € | 28.205,85 €* | 19,37 € |
| Jefe/a de Servicio | 1.880,39 € | 28.205,85 €* | 19,37 € |
| Titulado de Grado Superior (Ingenieros/as y licenciados/as) | 1.747,15 € | 26.207,25 €* | 18,00 € |
| Titulado de Grado medio (Ingenieros/as Técnicos/as y Aux. Titulados/as) | 1.398,17 € | 20.972,55 €* | 14,40 € |
| Jefe de Sección | 1.446,09 € | 21.691,35 €* | 14,90 € |
| Jefe de Negociado | 1.361,11 € | 20.416,65 €* | 14,02 € |
| Jefe/a de Tráfico de Primera (>50 veh) | 1.482,83 € | 22.242,45 €* | 15,28 € |
| Jefe/a de Tráfico de Segunda (>16<50 veh) | 1.426,35 € | 21.395,25 €* | 14,69 € |
| Jefe/a de Tráfico de Tercera (<16 veh) | 1.370,06 € | 20.550,90 €* | 14,11 € |
| Encargado/a General | 1.482,83 € | 22.242,45 €* | 15,28 € |
| Encargado/a - Contramaestre de taller | 1.359,00 € | 20.385,00 €* | 14,00 € |
| Encargado/a General de taller | 1.333,52 € | 20.002,80 €* | 13,74 € |
| Inspector/a Principal | 1.677,34 € | 25.160,10 €* | 17,28 € |
| Inspector/a-Visitador/a de Empresas de Mudanzas | 1.426,35 € | 21.395,25 €* | 14,69 € |
| Jefe de Taller | 1.543,92 € | 23.158,80 €* | 15,91 € |
| Ayudantes Técnicos/as Sanitarios/as | 1.296,66 € | 19.449,90 €* | 13,36 € |
| Grupo II: Personal administrativo | |||
| Oficial de Primera | 1.285,62 € | 19.284,30 €* | 13,24 € |
| Oficial de Segunda | 1.199,72 € | 17.995,80 €* | 12,36 € |
| Auxiliar administrativo/a | 1.151,43 € | 17.271,45 €* | 11,86 € |
| Telefonista | 1.146,91 € | 17.203,65 €* | 11,82 € |
| Grupo III: Personal de movimiento | |||
| Encargado/a de Almacén en Agencias de transporte | 1.426,35 € | 21.395,25 €* | 14,69 € |
| Encargado/a de Almacén y Guardamuebles sector mudanzas | 1.369,95 € | 20.549,25 €* | 14,11 € |
| Encargado/a de Almacén de taller | 1.292,00 € | 19.380,00 €* | 13,31 € |
| Jefe/a de equipo (Capataz ) | 1.369,95 € | 20.549,25 €* | 14,11 € |
| Encargado/a de garaje, campas y otras dependencias | 1.369,95 € | 20.549,25 €* | 14,11 € |
| Conductor/a - Mecánico/a | 1.343,00 € | 20.145,00 €* | 13,84 € |
| Conductor/a - Repartidor/a | 1.343,00 € | 20.145,00 €* | 13,84 € |
| Conductor/a | 1.305,40 € | 19.581,00 €* | 13,45 € |
| Conductor/a - repartidor/a de vehiculos ligeros (motocicletas, riders y furgonetas ligeras hasta 2TN) | 1.279,66 € | 19.194,90 €* | 13,18 € |
| Capitonista | 1.268,63 € | 19.029,45 €* | 13,07 € |
| Mozo/a Especializado/a - carretillero/a | 1.248,18 € | 18.722,70 €* | 12,86 € |
| Mozo/a Especializado/a de sector mudanzas | 1.268,63 € | 19.029,45 €* | 13,07 € |
| Ayudante o Mozo especializado | 1.251,06 € | 18.765,90 €* | 12,89 € |
| Auxiliar de Almacén y basculero/a | 1.197,41 € | 17.961,15 €* | 12,34 € |
| Mozo/a de Carga, Descarga y Reparto | 1.216,73 € | 18.250,95 €* | 12,53 € |
| Grupo IV: Personal de servicios auxiliares | |||
| Ordenanza (Portero/a ; Cobrador/a de facturas) | 1.146,91 € | 17.203,65 €* | 11,82 € |
| Guarda (Vigilante) | 1.146,91 € | 17.203,65 €* | 11,82 € |
| Personal de Mantenimiento y Limpiador/a | 1.080,72 € | 16.210,80 €* SMI | 11,13 € |
| Jefe/a de Equipo | 1.374,46 € | 20.616,90 €* | 14,16 € |
| Oficial de Primera de taller | 1.330,33 € | 19.954,95 €* | 13,71 € |
| Oficial de Segunda de taller | 1.283,74 € | 19.256,10 €* | 13,23 € |
| Oficial de Segunda (Carpintero/a sector mudanzas) | 1.343,00 € | 20.145,00 €* | 13,84 € |
| Mozo/a Especializado de Taller | 1.137,84 € | 17.067,60 €* | 11,72 € |
| Peòn (Oficial de Tercera de taller) | 1.244,10 € | 18.661,50 €* | 12,82 € |
* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.
Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.820 horas de jornada anual del convenio.
Pluses y complementos
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Antigüedad (quinquenal, % del salario base)
un 5 % del salario base cada cinco años (quinquenio), hasta 4 (tope: 20 % del salario)Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla; se devenga desde el día 1 del mes siguiente al vencimiento de cada tramo.
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Plus de trabajo nocturno
un 25 % más sobre tu hora normal, por cada horaLo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00; no lo cobran serenos, guardas y vigilantes, ni lavacoches y mecánico de taller contratados para el turno de noche (con límite de uno cada diez vehículos), ni quien tenga pactadas condiciones más favorables.
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Trabajo en domingo o festivo (alternativa al descanso)
Incremento del 75 % si se cobra en lugar de descansar el festivo en la semana siguienteLo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Si por necesidades excepcionales no se disfruta el festivo en la semana siguiente.
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Compensación por trabajar el 25 de diciembre o el 1 de enero
100,00 € por cada día trabajadoLo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Por cada 25 de diciembre o 1 de enero trabajado.
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Plus de Agencias de Transporte por trabajar el 24 o el 31 de diciembre desde las 15:00
50,00 € por cada día trabajadoLo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Personal de Agencias de Transporte; por cada día trabajado a partir de las 15 h.
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Complemento de compensación por especial dedicación (plus de conductor)
36,00 € al mes, en 12 pagasLo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Todos los conductores, con independencia de su categoría y antigüedad; retribuye horas de presencia no ordinarias de difícil justificación.
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Plus de transporte de largo recorrido
0,03 € por km sobre 6.000 en transporte internacional y 0,025 € por km en nacional o Portugal; +50 % si el vehículo lo conducen dos conductoresLo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Conductores que conduzcan más de 6.000 km en un mes natural; se cobra por cada km que exceda de 6.000.
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Plus de Convenio (personal no conductor)
23,00 € al mes, en 12 pagasPremio por no faltar al trabajo. Quién lo cobra: Personal de categorías distintas de la de conductor; se reduce proporcionalmente por las faltas de asistencia del mes.
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Complemento de conductor con grúa (gruista)
69,00 € al mes, en 12 pagasLo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: El conductor de vehículos con grúa que haga a la vez funciones de gruista; no lo cobran quienes ya perciban una cantidad superior.
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Complemento de conductor de vehículo capitoné (mudanzas)
69,00 € al mes, en 12 pagasLo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Conductor de vehículos capitoné dedicados a mudanzas que realiza además las funciones propias de la mudanza; no lo cobran quienes ya perciban una cantidad superior.
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Complemento de conductor de camión o furgoneta de negro humo
69,00 € al mes, en 12 pagasLo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Conductor que, además, inspecciona la limpieza y conservación del vehículo, sus bocas de carga y descarga y empalma las mangueras; no lo cobran quienes ya perciban una cantidad superior.
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Complemento de conductor de vehículo porta-coches
69,00 € al mes, en 12 pagasLo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Conductor de vehículos porta-coches por labores adicionales a la conducción; no lo cobran quienes ya perciban una cantidad superior.
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Complemento de conductor de cisterna de mercancías peligrosas
69,00 € al mes, en 12 pagasLo que se paga por trabajos con riesgo. Quién lo cobra: Conductor de vehículo cisterna de mercancías peligrosas por la dificultad y peligrosidad de su conducción; no lo cobran quienes ya perciban una cantidad superior.
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Dieta completa en territorio nacional y Portugal
50,00 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Salida de la residencia por causas del servicio: dieta entera si sale antes de las 12 h y regresa después de las 0 h.
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Dieta completa en el resto de países europeos
88,00 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Salida de la residencia por causas del servicio al resto de países europeos.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Fuente: BOP Pontevedra (tabla salarial 2025, publicado el 8/9/2023). Revisado el .
Código de convenio 36002135011991