Tablas salariales 2026
Convenio colectivo de trabajo para el transporte público de mercancías por carretera de la provincia de Pontevedra 2023-2026.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
Hay 45 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Tabla publicada en el boletín oficial: son los importes que se aplican este año. Subida general +3,0 %
Ejemplo · elige tu categoría
Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 25 %. (art. 18)
Sueldo por categoría en 2026
Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)
1 de 45 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.
| Categoría | Base / mes | Bruto anual | Subida vs 2025 | Hora extra |
|---|---|---|---|---|
| Grupo I: Personal superior y técnico | ||||
| Director de Area o Departamento | 1.936,80 € | 29.052,00 €* | +3,0 % | 19,95 € |
| Director o Delegado de Sucursal | 1.936,80 € | 29.052,00 €* | +3,0 % | 19,95 € |
| Jefe/a de Servicio | 1.936,80 € | 29.052,00 €* | +3,0 % | 19,95 € |
| Titulado de Grado Superior (Ingenieros/as y licenciados/as) | 1.799,56 € | 26.993,40 €* | +3,0 % | 18,54 € |
| Titulado de Grado medio (Ingenieros/as Técnicos/as y Aux. Titulados/as) | 1.440,12 € | 21.601,80 €* | +3,0 % | 14,84 € |
| Jefe de Sección | 1.489,47 € | 22.342,05 €* | +3,0 % | 15,34 € |
| Jefe de Negociado | 1.401,94 € | 21.029,10 €* | +3,0 % | 14,44 € |
| Jefe/a de Tráfico de Primera (>50 veh) | 1.527,31 € | 22.909,65 €* | +3,0 % | 15,73 € |
| Jefe/a de Tráfico de Segunda (>16<50 veh) | 1.469,14 € | 22.037,10 €* | +3,0 % | 15,14 € |
| Jefe/a de Tráfico de Tercera (<16 veh) | 1.411,16 € | 21.167,40 €* | +3,0 % | 14,54 € |
| Encargado/a General | 1.527,31 € | 22.909,65 €* | +3,0 % | 15,73 € |
| Encargado/a - Contramaestre de taller | 1.399,77 € | 20.996,55 €* | +3,0 % | 14,42 € |
| Encargado/a General de taller | 1.373,52 € | 20.602,80 €* | +3,0 % | 14,15 € |
| Inspector/a Principal | 1.727,66 € | 25.914,90 €* | +3,0 % | 17,80 € |
| Inspector/a-Visitador/a de Empresas de Mudanzas | 1.469,14 € | 22.037,10 €* | +3,0 % | 15,14 € |
| Jefe de Taller | 1.590,24 € | 23.853,60 €* | +3,0 % | 16,38 € |
| Ayudantes Técnicos/as Sanitarios/as | 1.335,56 € | 20.033,40 €* | +3,0 % | 13,76 € |
| Grupo II: Personal administrativo | ||||
| Oficial de Primera | 1.324,19 € | 19.862,85 €* | +3,0 % | 13,64 € |
| Oficial de Segunda | 1.235,72 € | 18.535,80 €* | +3,0 % | 12,73 € |
| Auxiliar administrativo/a | 1.185,98 € | 17.789,70 €* | +3,0 % | 12,22 € |
| Telefonista | 1.181,32 € | 17.719,80 €* | +3,0 % | 12,17 € |
| Grupo III: Personal de movimiento | ||||
| Encargado/a de Almacén en Agencias de transporte | 1.469,14 € | 22.037,10 €* | +3,0 % | 15,14 € |
| Encargado/a de Almacén y Guardamuebles sector mudanzas | 1.411,05 € | 21.165,75 €* | +3,0 % | 14,54 € |
| Encargado/a de Almacén de taller | 1.330,76 € | 19.961,40 €* | +3,0 % | 13,71 € |
| Jefe/a de equipo (Capataz ) | 1.411,05 € | 21.165,75 €* | +3,0 % | 14,54 € |
| Encargado/a de garaje, campas y otras dependencias | 1.411,05 € | 21.165,75 €* | +3,0 % | 14,54 € |
| Conductor/a - Mecánico/a | 1.383,29 € | 20.749,35 €* | +3,0 % | 14,25 € |
| Conductor/a - Repartidor/a | 1.383,29 € | 20.749,35 €* | +3,0 % | 14,25 € |
| Conductor/a | 1.344,57 € | 20.168,55 €* | +3,0 % | 13,85 € |
| Conductor/a - repartidor/a de vehiculos ligeros (motocicletas, riders y furgonetas ligeras hasta 2TN) | 1.318,05 € | 19.770,75 €* | +3,0 % | 13,58 € |
| Capitonista | 1.306,69 € | 19.600,35 €* | +3,0 % | 13,46 € |
| Mozo/a Especializado/a - carretillero/a | 1.285,63 € | 19.284,45 €* | +3,0 % | 13,24 € |
| Mozo/a Especializado/a de sector mudanzas | 1.306,69 € | 19.600,35 €* | +3,0 % | 13,46 € |
| Ayudante o Mozo especializado | 1.288,59 € | 19.328,85 €* | +3,0 % | 13,28 € |
| Auxiliar de Almacén y basculero/a | 1.233,33 € | 18.499,95 €* | +3,0 % | 12,71 € |
| Mozo/a de Carga, Descarga y Reparto | 1.253,23 € | 18.798,45 €* | +3,0 % | 12,91 € |
| Grupo IV: Personal de servicios auxiliares | ||||
| Ordenanza (Portero/a ; Cobrador/a de facturas) | 1.181,32 € | 17.719,80 €* | +3,0 % | 12,17 € |
| Guarda (Vigilante) | 1.181,32 € | 17.719,80 €* | +3,0 % | 12,17 € |
| Personal de Mantenimiento y Limpiador/a | 1.113,15 € | 16.697,25 €* SMI | +3,0 % | 11,47 € |
| Jefe/a de Equipo | 1.415,69 € | 21.235,35 €* | +3,0 % | 14,58 € |
| Oficial de Primera de taller | 1.370,24 € | 20.553,60 €* | +3,0 % | 14,12 € |
| Oficial de Segunda de taller | 1.322,25 € | 19.833,75 €* | +3,0 % | 13,62 € |
| Oficial de Segunda (Carpintero/a sector mudanzas) | 1.383,29 € | 20.749,35 €* | +3,0 % | 14,25 € |
| Mozo/a Especializado de Taller | 1.171,98 € | 17.579,70 €* | +3,0 % | 12,07 € |
| Peòn (Oficial de Tercera de taller) | 1.281,42 € | 19.221,30 €* | +3,0 % | 13,20 € |
* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.
Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.820 horas de jornada anual del convenio.
Pluses y complementos
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
-
Antigüedad (quinquenal, % del salario base)
un 5 % del salario base cada cinco años (quinquenio), hasta 4 (tope: 20 % del salario)Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla; se devenga desde el día 1 del mes siguiente al vencimiento de cada tramo.
-
Plus de trabajo nocturno
un 25 % más sobre tu hora normal, por cada horaLo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00; no lo cobran serenos, guardas y vigilantes, ni lavacoches y mecánico de taller contratados para el turno de noche (con límite de uno cada diez vehículos), ni quien tenga pactadas condiciones más favorables.
-
Trabajo en domingo o festivo (alternativa al descanso)
Incremento del 75 % si se cobra en lugar de descansar el festivo en la semana siguienteLo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Si por necesidades excepcionales no se disfruta el festivo en la semana siguiente.
-
Compensación por trabajar el 25 de diciembre o el 1 de enero
100,00 € por cada día trabajadoLo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Por cada 25 de diciembre o 1 de enero trabajado.
-
Plus de Agencias de Transporte por trabajar el 24 o el 31 de diciembre desde las 15:00
50,00 € por cada día trabajadoLo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Personal de Agencias de Transporte; por cada día trabajado a partir de las 15 h.
-
Complemento de compensación por especial dedicación (plus de conductor)
37,00 € al mes, en 12 pagasLo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Todos los conductores, con independencia de su categoría y antigüedad; retribuye horas de presencia no ordinarias de difícil justificación.
-
Plus de transporte de largo recorrido
0,03 € por km sobre 6.000 en transporte internacional y 0,026 € por km en nacional o Portugal; +50 % si el vehículo lo conducen dos conductoresLo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Conductores que conduzcan más de 6.000 km en un mes natural; se cobra por cada km que exceda de 6.000.
-
Plus de Convenio (personal no conductor)
25,00 € al mes, en 12 pagasPremio por no faltar al trabajo. Quién lo cobra: Personal de categorías distintas de la de conductor; se reduce proporcionalmente por las faltas de asistencia del mes.
-
Complemento de conductor con grúa (gruista)
71,00 € al mes, en 12 pagasLo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: El conductor de vehículos con grúa que haga a la vez funciones de gruista; no lo cobran quienes ya perciban una cantidad superior.
-
Complemento de conductor de vehículo capitoné (mudanzas)
71,00 € al mes, en 12 pagasLo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Conductor de vehículos capitoné dedicados a mudanzas que realiza además las funciones propias de la mudanza; no lo cobran quienes ya perciban una cantidad superior.
-
Complemento de conductor de camión o furgoneta de negro humo
71,00 € al mes, en 12 pagasLo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Conductor que, además, inspecciona la limpieza y conservación del vehículo, sus bocas de carga y descarga y empalma las mangueras; no lo cobran quienes ya perciban una cantidad superior.
-
Complemento de conductor de vehículo porta-coches
71,00 € al mes, en 12 pagasLo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Conductor de vehículos porta-coches por labores adicionales a la conducción; no lo cobran quienes ya perciban una cantidad superior.
-
Complemento de conductor de cisterna de mercancías peligrosas
71,00 € al mes, en 12 pagasLo que se paga por trabajos con riesgo. Quién lo cobra: Conductor de vehículo cisterna de mercancías peligrosas por la dificultad y peligrosidad de su conducción; no lo cobran quienes ya perciban una cantidad superior.
-
Dieta completa en territorio nacional y Portugal
50,00 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Salida de la residencia por causas del servicio: dieta entera si sale antes de las 12 h y regresa después de las 0 h.
-
Dieta completa en el resto de países europeos
88,00 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Salida de la residencia por causas del servicio al resto de países europeos.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Fuente: BOP Pontevedra (tabla salarial 2026, publicado el 8/9/2023). Revisado el .
Código de convenio 36002135011991