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Tablas salariales 2025

Convenio colectivo de transportes de viajeros por carretera, regulares y discrecionales, de Bizkaia.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Código de convenio 48002335011981

Última actualización: 19 de octubre de 2026

    Hay 41 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: El convenio no fija el precio. Como mínimo, la hora extra se paga como una hora normal (art. 35.1 del Estatuto). (art. 6 y art. 28)

    Sueldo por categoría en 2025
    CategoríaGrupoBase / mesBruto anualHora extraPluses
    Jefe de Servicio2.266,98 €34.004,70 €*19,77 €Segunda columna: 409,45 €/mes
    Inspector Principal2.046,43 €30.696,45 €*17,85 €Segunda columna: 409,45 €/mes
    Jefe de Sección1.849,69 €27.745,35 €*16,13 €Segunda columna: 561,86 €/mes
    Jefe de Negociado1.796,62 €26.949,30 €*15,67 €Segunda columna: 504,93 €/mes
    Oficial de 1.ª1.649,48 €24.742,20 €*14,38 €Segunda columna: 409,45 €/mes
    Oficial de 2.ª1.605,33 €24.079,95 €*14,00 €Segunda columna: 409,73 €/mes
    Auxiliar Administrativo1.587,49 €23.812,35 €*13,84 €Segunda columna: 307,85 €/mes
    Aspirante 16-18 años1.243,11 €18.646,65 €*10,84 €
    Jefe de Estación o Adm. 1.ª1.887,81 €28.317,15 €*16,46 €Segunda columna: 524,00 €/mes
    Jefe de Estación o Adm. 2.ª1.796,62 €26.949,30 €*15,67 €Segunda columna: 504,94 €/mes
    Encargado de Admón. en ruta1.605,30 €24.079,50 €*14,00 €Segunda columna: 409,45 €/mes
    Taquillero1.580,32 €23.704,80 €*13,78 €Segunda columna: 390,38 €/mes
    Encargado de consigna1.574,38 €23.615,70 €*13,73 €Segunda columna: 352,25 €/mes
    Factores1.580,32 €23.704,80 €*13,78 €Segunda columna: 390,38 €/mes
    Repartidor Mercancías1.568,46 €23.526,90 €*13,68 €Segunda columna: 314,07 €/mes
    Mozos1.568,46 €23.526,90 €*13,68 €Segunda columna: 314,07 €/mes
    Jefe de Trafico 1.ª1.655,38 €24.830,70 €*14,44 €Segunda columna: 442,57 €/mes
    Jefe de Trafico 2.ª1.649,48 €24.742,20 €*14,38 €Segunda columna: 409,45 €/mes
    Jefe de Trafico 3.ª1.643,51 €24.652,65 €*14,33 €Segunda columna: 372,31 €/mes
    Inspectores1.649,48 €24.742,20 €*14,38 €Segunda columna: 409,45 €/mes
    Cond. Perceptor1.649,48 €24.742,20 €*14,38 €Segunda columna: 409,45 €/mes; Tercera columna: 185,25 €/mes
    Conductores1.649,48 €24.742,20 €*14,38 €Segunda columna: 409,45 €/mes
    Cobradores1.574,38 €23.615,70 €*13,73 €Segunda columna: 352,18 €/mes
    Engrasadores1.574,38 €23.615,70 €*13,73 €Segunda columna: 352,18 €/mes
    Mozo de servicio1.568,46 €23.526,90 €*13,68 €Segunda columna: 314,07 €/mes
    Lavacoches1.568,46 €23.526,90 €*13,68 €Segunda columna: 314,07 €/mes
    Jefe de taller1.849,69 €27.745,35 €*16,13 €Segunda columna: 562,14 €/mes
    Contramaestre o Encargado1.784,75 €26.771,25 €*15,56 €Segunda columna: 428,57 €/mes
    Jefe de equipo1.661,33 €24.919,95 €*14,49 €Segunda columna: 485,84 €/mes
    Oficial de 1.ª (taller)1.649,48 €24.742,20 €*14,38 €Segunda columna: 409,45 €/mes
    Oficial de 2.ª (taller)1.605,33 €24.079,95 €*14,00 €Segunda columna: 409,45 €/mes
    Oficial de 3.ª1.574,38 €23.615,70 €*13,73 €Segunda columna: 352,18 €/mes
    Mozo de taller1.568,46 €23.526,90 €*13,68 €Segunda columna: 314,07 €/mes
    Aprendiz 1. año1.199,02 €17.985,30 €*10,46 €Segunda columna: 65,93 €/mes
    Aprendiz 2 año1.243,11 €18.646,65 €*10,84 €Segunda columna: 65,93 €/mes
    Cobrador facturas1.568,46 €23.526,90 €*13,68 €Segunda columna: 314,07 €/mes
    Telefonista1.568,46 €23.526,90 €*13,68 €Segunda columna: 314,07 €/mes
    Portero1.568,46 €23.526,90 €*13,68 €Segunda columna: 314,07 €/mes
    Vigilante o Guarda1.568,46 €23.526,90 €*13,68 €Segunda columna: 314,07 €/mes
    Botones1.243,11 €18.646,65 €*10,84 €Segunda columna: 65,93 €/mes
    Servicios discrecionales (salario único)2.065,04 €30.975,60 €*118,01 €

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    1. Servicios discrecionales (salario único): Salario único de servicios discrecionales (art. 50), no por categoría. Pagas extras de 2.131,53 € según la tabla 2025.

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.720 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Tabla salarial 2025 (4,0 %), BOB 7/3/2025. Perceptor.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Antigüedad, bienio (discrecionales)

      46,18 € al mes cada dos años, hasta 2

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Servicios discrecionales; máximo dos bienios.

      Cotiza y tributa como salario. art. 52

      Importe de la tabla 2025. El boletín no dice la periodicidad.

    • Antigüedad, quinquenio (discrecionales)

      92,28 € al mes cada cinco años (quinquenio), hasta 5

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Servicios discrecionales; máximo cinco quinquenios.

      Cotiza y tributa como salario. art. 52

      Importe de la tabla 2025. El boletín no dice la periodicidad.

    • Antigüedad (tabla de servicios regulares)

      Tabla de antigüedades (regulares) de 2025: 2 años 56,73 €; 4 años 113,47 €; 9 años 226,88 €; 14 años 340,28 €; 19 años 453,70 €; 24 años 567,10 €; 29 años 680,55 €.

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Servicios regulares; bienios y quinquenios como máximo (art. 58).

      Cotiza y tributa como salario. art. 58

      La tabla no dice si los importes se suman entre tramos: confirmar antes de calcular.

    • Nocturnidad (servicios regulares)

      2,11 € por hora

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Servicios regulares; horas trabajadas entre las 22 y las 6.

      Cotiza y tributa como salario. art. 55

      Concepto «Hora nocturna» de la tabla 2025.

    • Nocturnidad (servicios discrecionales)

      2,12 € por hora

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Servicios discrecionales; horas trabajadas entre las 22 y las 6.

      Cotiza y tributa como salario. art. 55

      Concepto «Art. 53., Nocturnidad» de la tabla 2025 (discrecionales).

    • Trabajo en domingo o festivo, día completo

      140,97 € por cada día trabajado

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Trabajo en domingo o festivo sin descanso compensatorio, día completo.

      Cotiza y tributa como salario. art. 14

    • Trabajo en domingo o festivo, medio día

      70,10 € por cada día trabajado

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Trabajo en domingo o festivo sin descanso compensatorio, medio día.

      Cotiza y tributa como salario. art. 14

    • Horas de presencia

      14,40 € por hora

      Quién lo cobra: Horas de presencia, con un máximo de 17 horas semanales; no computan como jornada efectiva.

      No consta en el recorte. art. 6

      Art. 6.º de la tabla 2025 («Horas de presencia»).

    • Fiesta patronal (San Cristóbal)

      83,95 € si no disfruta la festividad; 41,99 € si la disfruta.

      Quién lo cobra: Personal que no disfruta la festividad (83,95 €) o que la disfruta (41,99 €).

      No consta en el recorte. art. 9

      Gratificación anual.

    • Quebranto de moneda

      53,89 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres. Quién lo cobra: Personal de cobro, cobrador conductor-perceptor, taquillero o similar.

      Cotiza y tributa como salario. art. 10

      Importe mensual de la tabla 2025.

    • Plus de toxicidad

      el 20 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajar con sustancias tóxicas. Quién lo cobra: Trabajo en talleres con toxicidad.

      Cotiza y tributa como salario. art. 13

      Porcentaje del texto del convenio (BOB 7/6/2023); no varía por año.

    • Plus extrasalarial (discrecionales)

      168,11 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Servicios discrecionales: gastos de manutención del conductor (art. 50).

      Extrasalarial según el convenio; cotización a confirmar. art. 50

      Concepto «Plus Extrasalarial, artículo 50» de la tabla 2025.

    • Plus de cobranza (discrecionales)

      72,05 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Conductor perceptor.

      Cotiza y tributa como salario. tabla de discrecionales

    • Compensación por vacaciones fuera de temporada (discrecionales)

      5 días más o 328,42 € (tabla 2025).

      Quién lo cobra: Vacaciones fuera del periodo 15 de junio a 15 de septiembre por necesidades de la empresa.

      No consta en el recorte. art. 53

      Concepto «Vacaciones» de la tabla 2025.

    • Excursiones en festivos y laborables (hora de demora)

      35,94 € por hora

      Quién lo cobra: Excursiones con regreso después de las 23 horas: por hora de demora del conductor.

      No consta en el recorte. art. 39

      Concepto «Excursiones en festivos y laborables» de la tabla 2025.

    • Dieta completa

      76,68 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Dieta completa cuando el servicio obliga a comer, cenar y pernoctar fuera del domicilio.

      Cotiza solo si supera los límites del art. 147.2 LGSS; no consta. art. 11

      Total dieta completa de la tabla 2025.

    • Dieta: pernoctación y desayuno

      43,53 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Pernoctación fuera del domicilio por causa de trabajo.

      Cotiza solo si supera los límites del art. 147.2 LGSS; no consta. art. 11

    • Dieta: comida

      16,58 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Comida fuera del domicilio por causa de trabajo.

      Cotiza solo si supera los límites del art. 147.2 LGSS; no consta. art. 11

    • Dieta: cena

      16,58 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Cena fuera del domicilio por causa de trabajo.

      Cotiza solo si supera los límites del art. 147.2 LGSS; no consta. art. 11

    • Dieta: excursión en día laborable

      49,98 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Excursión en día laborable, aunque pernocte en su domicilio.

      Cotiza solo si supera los límites del art. 147.2 LGSS; no consta. art. 11

      Concepto «Excursión día laborable» de la tabla 2025.

    • Dieta en domingos y festivos

      6,83 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Trabajo en servicios regulares domingo o festivo con descanso compensatorio.

      Cotiza solo si supera los límites del art. 147.2 LGSS; no consta. art. 63

      Concepto «Dieta Domingos y Festivos Art. 63» de la tabla 2025.

    • Dieta para el extranjero

      255,13 € (tabla 2025, «Dietas extranjero»).

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Servicios en el extranjero.

      Cotiza solo si supera los límites del art. 147.2 LGSS; no consta. art. 11

    • Seguro de retirada del carné (indemnización)

      1.783,72 € (tabla 2025, «Retirada de carnet»).

      Quién lo cobra: Retirada del carné por sentencia judicial firme al conducir vehículo de la empresa (art. 20).

      Indemnización del seguro, no salario: confirmar. art. 20

      La prima la paga el trabajador al 50 %.

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: BOB (tabla salarial 2025, publicado el 7/3/2025). Revisado el .

    Código de convenio 48002335011981

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