Tablas salariales 2026 · provisionales
Convenio colectivo de transportes urbanos de viajeros de la provincia de Cádiz.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tabla de 2025 prorrogada: el convenio no ha publicado subidas desde entonces.
Última actualización: 19 de octubre de 2026
Hay 26 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Todavía no se ha publicado la tabla de este año. Mientras no salga, se siguen pagando los importes del año anterior. Si la nueva tabla tiene efectos desde enero, te deberán la diferencia en atrasos. Subida general 0,0 %
Ejemplo · elige tu categoría
Horas extra: El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. (art. 29)
Sueldo por categoría en 2026
Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)
1 de 26 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.
| Categoría | Base / mes | Bruto anual | Subida vs 2025 | Hora extra |
|---|---|---|---|---|
| Personal superior y técnico | ||||
| Jefe de servicio | 1.434,46 € | 21.516,90 €* | 0,0 % | 11,62 € |
| Inspector provincial | 1.355,91 € | 20.338,65 €* | 0,0 % | 11,62 € |
| Ingeniero licenciado | 1.374,06 € | 20.610,90 €* | 0,0 % | 11,62 € |
| Ayudante técnico licenciado | 1.171,36 € | 17.570,40 €* | 0,0 % | 11,62 € |
| Ingeniero técnico y Aux. titulado | 1.238,51 € | 18.577,65 €* | 0,0 % | 11,62 € |
| Jefe de sección | 1.263,24 € | 18.948,60 €* | 0,0 % | 11,62 € |
| Jefe de Negociado | 1.234,88 € | 18.523,20 €* | 0,0 % | 11,62 € |
| Oficial de Primera | 1.192,50 € | 17.887,50 €* | 0,0 % | 11,62 € |
| Oficial de Segunda | 1.169,52 € | 17.542,80 €* | 0,0 % | 11,62 € |
| Aux. Administrativo | 1.136,33 € | 17.044,95 €* SMI | 0,0 % | 11,62 € |
| Aspirante menor de 18 años | 914,71 € | 13.720,65 €* | 0,0 % | 11,62 € |
| Personal de estaciones | ||||
| Jefe de Estación | 1.300,84 € | 19.512,60 €* | 0,0 % | 11,62 € |
| Jefe de Estación de Segunda | 1.225,59 € | 18.383,85 €* | 0,0 % | 11,62 € |
| Jefe de Admón. de Primera | 1.300,67 € | 19.510,05 €* | 0,0 % | 11,62 € |
| Jefe de Admón. de Segunda | 1.225,74 € | 18.386,10 €* | 0,0 % | 11,62 € |
| Taquilleros/as | 1.150,82 € | 17.262,30 €* | 0,0 % | 11,62 € |
| Jefe Admón..Ruta | 1.159,29 € | 17.389,35 €* | 0,0 % | 11,62 € |
| Factor | 1.154,60 € | 17.319,00 €* | 0,0 % | 11,62 € |
| Encargado de consigna | 1.140,97 € | 17.114,55 €* | 0,0 % | 11,62 € |
| Transporte de viajeros en autobús, microbuses y urbanos | ||||
| Jefe de Tráfico | 1.376,82 € | 20.652,30 €* | 0,0 % | 11,62 € |
| Jefe de Tráfico de Segunda | 1.376,82 € | 20.652,30 €* | 0,0 % | 11,62 € |
| Jefe de Tráfico de Tercera | 1.376,82 € | 20.652,30 €* | 0,0 % | 11,62 € |
| Personal de talleres | ||||
| Jefe de Taller | 1.299,62 € | 19.494,30 €* | 0,0 % | 11,62 € |
| Encargado y Contramaestre | 1.214,90 € | 18.223,50 €* | 0,0 % | 11,62 € |
| Encargado General | 1.202,15 € | 18.032,25 €* | 0,0 % | 11,62 € |
| Encargado de Almacén | 1.178,49 € | 17.677,35 €* | 0,0 % | 11,62 € |
* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.
Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».
Pluses y complementos
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Prima de asistencia
3,48 € por cada día trabajadoPremio por no faltar al trabajo. Quién lo cobra: Por día, para todo el personal; se percibe también en vacaciones.
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Plus de transporte
6,92 € por cada día trabajadoAyuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Por día trabajado, para todos los trabajadores del convenio.
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Plus de nocturnidad
el 25 % de tu salario baseLo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo entre las 22:00 y las 6:00, mínimo cuatro horas en ese periodo.
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Complemento personal de antigüedad consolidada
Cantidad consolidada, revalorizada con los incrementos del convenio; sube de escalón hasta el tope del 60 %Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quien ya cobraba antigüedad a la firma del convenio 2003-2007; no se genera para contratos indefinidos desde el 1/1/1994, salvo despido improcedente o ERE.
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Bolsa de vacaciones
Importe anual fijo por categoría (tabla), según el art. 30Quién lo cobra: Se percibe durante las vacaciones; si hubo IT en los 12 meses previos, parte proporcional a los días trabajados.
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Quebranto de moneda
Quién lo cobra: Por día trabajado; cobradores, conductores, perceptores, taquilleros o cajeros y asimilados.
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Plus de transporte por correspondencia
Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Trabajadores que realicen el cometido de correspondencia.
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Plus de percepción
Quién lo cobra: Conductores que ejerzan simultáneamente la función de percepción, además del salario convenio y la prima de asistencia; por día trabajado.
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Toma y deje
Quién lo cobra: Tiempo de inicio y fin de jornada (preparación del vehículo, apertura de máquina, liquidación); se rige por los acuerdos de cada empresa.
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Complemento por incapacidad temporal
Completa hasta el 100 % del salario convenio, más antigüedad y prima de asistencia del mes anterior a la bajaQuién lo cobra: Situaciones de IT previstas en el art. 24 (hospitalización, accidente, primera IT del año con absentismo dentro de los límites).
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Fuente: BOP Cádiz (tabla salarial 2026, publicado el 14/9/2023). Revisado el .
Código de convenio 11100025012013