Tablas salariales 2025
TRANSPORTES REGULARES Y DISCRECIONALES DE VIAJEROS (Jaén).
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Última actualización: 19 de octubre de 2026
Hay 38 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Tabla publicada en el boletín oficial: son los importes que se aplican este año. Subida general +2,0 %
Ejemplo · elige tu categoría
Sueldo por categoría en 2025
| Categoría | Base / mes | Bruto anual |
|---|---|---|
| I | ||
| Jefe/a de Servicio | 1.714,59 € | 25.718,85 €* |
| Inspector/a Principal | 1.595,49 € | 23.932,35 €* |
| Ingenieros/as y Licenciados/as | 1.607,49 € | 24.112,35 €* |
| Ingenieros/as Técnicos y Auxiliares titulares | 1.342,27 € | 20.134,05 €* |
| Ayudante Técnico Sanitario/a | 1.242,87 € | 18.643,05 €* |
| Jefe/a de Sección | 1.469,30 € | 22.039,50 €* |
| Jefe/a de Negociado | 1.391,44 € | 20.871,60 €* |
| I Jefe/a de Sección | 1.342,11 € | 20.131,65 €* |
| Jefe/a de Tráfico de primera | 1.351,00 € | 20.265,00 €* |
| Jefe/a de Tráfico de segunda | 1.333,40 € | 20.001,00 €* |
| Jefe/a de Tráfico de tercera | 1.315,15 € | 19.727,25 €* |
| Jefe/a de Taller- Encargado General | 1.422,09 € | 21.331,35 €* |
| II | ||
| Oficial de primera | 1.268,12 € | 19.021,80 €* |
| Oficial de segunda | 1.236,80 € | 18.552,00 €* |
| Encargado/a de administración en ruta | 1.227,89 € | 18.418,35 €* |
| Taquillero/a | 1.236,80 € | 18.552,00 €* |
| Factor | 1.236,80 € | 18.552,00 €* |
| Inspector/a | 1.298,69 € | 19.480,35 €* |
| Conductor/a mecánico/a | 1.319,21 € | 19.788,15 €* |
| Conductor/a – Perceptor/a | 1.251,32 € | 18.769,80 €* |
| Conductor/a | 1.251,32 € | 18.769,80 €* |
| Cobrador/a | 1.236,80 € | 18.552,00 €* |
| Jefe/a de Equipo | 1.298,82 € | 19.482,30 €* |
| Oficial de primera | 1.251,32 € | 18.769,80 €* |
| Oficial de segunda | 1.227,90 € | 18.418,50 €* |
| Oficial de tercera | 1.220,09 € | 18.301,35 €* |
| Auxiliar Administrativo | 1.227,90 € | 18.418,50 €* |
| Encargado/a de consigna | 1.236,80 € | 18.552,00 €* |
| Repartidor/a de mercancías | 1.220,09 € | 18.301,35 €* |
| Mozo/a | 1.220,09 € | 18.301,35 €* |
| Encargado/a de almacén | 1.251,32 € | 18.769,80 €* |
| Engrasador/a lavacoches | 1.227,89 € | 18.418,35 €* |
| Mozo/a de taller | 1.217,20 € | 18.258,00 €* |
| Telefonista | 1.227,89 € | 18.418,35 €* |
| Monitor/a | 1.220,09 € | 18.301,35 €* |
| Portero/a | 1.220,09 € | 18.301,35 €* |
| Vigilante | 1.220,09 € | 18.301,35 €* |
| Limpiador/a | 1.220,09 € | 18.301,35 €* |
* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.
Pluses y complementos
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Antigüedad (bienios y quinquenios)
Porcentaje del salario base según tramos de años (bienios y quinquenios)Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla.
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Plus de nocturnidad
un 25 % más sobre tu hora normal, por cada horaLo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Trabajo entre las 22 y las 6 horas.
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Plus de festividad
74,00 € por cada día trabajadoLo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Trabajar el 1 de enero o el 25 de diciembre.
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Plus conductor-perceptor
8,34 € por cada día trabajadoLo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Cada día que realice ambas funciones.
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Compensación de gastos por inicio de jornada entre 00:00 y 04:00
3,81 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Servicios que comienzan la jornada entre las 00:00 y las 04:00.
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Dieta de bolsillo (nacional)
15,75 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Viajes de más de 24 horas fuera de la residencia habitual.
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Dieta completa, servicios regulares
63,04 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Servicios regulares con dieta completa.
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Comida o cena, servicios regulares
15,76 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Servicios regulares con comida o cena fuera de la residencia.
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Pernoctación, servicios regulares
31,52 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Servicios regulares que obligan a pernoctar fuera de la residencia.
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Suplemento de pernoctación, servicios regulares
9,78 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Servicios regulares que realmente obligan a pernoctar fuera de la residencia.
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Dieta completa, servicios discrecionales
76,69 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Servicios discrecionales con dieta completa.
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Comida o cena, servicios discrecionales
19,96 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Servicios discrecionales con comida o cena fuera de la residencia.
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Pernoctación, servicios discrecionales
36,77 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Servicios discrecionales que obligan a pernoctar fuera de la residencia.
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Dieta completa, servicios discrecionales internacionales
111,36 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Servicios discrecionales internacionales con dieta completa.
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Comida o cena, servicios discrecionales internacionales
29,41 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Servicios discrecionales internacionales con comida o cena fuera de la residencia.
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Pernoctación, servicios discrecionales internacionales
52,53 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Servicios discrecionales internacionales que obligan a pernoctar fuera de la residencia.
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Quebranto de moneda
21,01 € al mes, en 12 pagasLo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres. Quién lo cobra: Si realizan sus funciones, aunque sea parcialmente, durante el mes.
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Quebranto de moneda, taquillero/a
26,26 € al mes, en 12 pagasLo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres. Quién lo cobra: Personal que trabaja de forma permanente y exclusiva en taquilla.
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Complemento de dieta (comida o cena sin tiempo suficiente)
5,89 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Comida o cena fuera de la residencia sin el tiempo mínimo, además de la dieta.
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Llegada al domicilio después de las 0:00
12,61 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Regreso a la residencia habitual después de las 0:00, en lugar de la pernoctación.
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Ropa de trabajo (sustitución por importe)
Importe único de sustitución de las prendas de trabajoCompensación por la ropa de trabajo que pones tú. Quién lo cobra: Solo en circunstancias o casos justificados, en lugar de entregar las prendas.
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Mínimo de bolsa de vacaciones
Mínimo de bolsa de vacaciones, revalorizable con los porcentajes pactados. La retribución real sale de la media de conceptos variables (art. 16).Quién lo cobra: Mínimo a cobrar por las vacaciones, además de salario base y antigüedad.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Fuente: edicto 6534/2023 (BOP Jaén, tabla salarial 2025, publicado el 22/12/2023). Revisado el .
Código de convenio 23000435011982