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Tablas salariales 2027

sector de transporte de viajeros por carretera mediante vehículos de tracción mecánica de más de nueve plazas incluído el personal de conducción de la provincia de Soria.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2027. Todas las categorías cobran en 14 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Código de convenio 42100135012019
Ver la tabla oficial ↗Ficha del convenio¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

    Hay 4 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Subida general +4,5 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 50 %. Las horas compensadas con descanso equivalente dentro de los cuatro meses siguientes no computan para el límite de horas extraordinarias. (art. 28)

    Sueldo por categoría en 2027
    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2026Hora extra
    I
    Grupo I2.019,79 €28.276,83 €+4,5 %23,67 €
    II
    Grupo II1.865,88 €26.122,24 €+4,5 %21,87 €
    III
    Grupo III1.559,76 €21.836,80 €+4,5 %18,28 €
    IV
    Grupo IV1.350,33 €18.904,65 €+4,5 %15,82 €

    Subida: salario base de 2027 frente al de 2026 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.792 horas de jornada anual del convenio.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus especial de festivos (incluidos 1 de enero y 25 de diciembre)

      50,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Trabajar en festivo: 60 € si es 1 de enero o 25 de diciembre; 50 € en los otros 12 festivos. Si el tiempo trabajado es inferior a cuatro horas, se abona sobre el tiempo efectivo.

      El texto no indica si es salarial o extrasalarial art. 27

      60 € para 1 de enero y 25 de diciembre. Sin actualización expresa para 2027 en el texto.

    • Dietas por viajes o desplazamientos fuera de la localidad de la empresa

      14,00 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Personal que por necesidad y orden de la empresa viaja a poblaciones distintas a la de la empresa. Mínimos: comida 14 € y cena 14 € (regular); comida 20 € y cena 20 € (discrecional); pernoctación según factura.

      Solo exentas dentro de los límites del art. 147.2 LGSS; el texto no lo precisa art. 29

      Importe de 14 € en régimen regular; discrecional 20 €. Sin actualización expresa para 2027 en el texto.

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: BOP Soria (tabla salarial 2027, publicado el 14/1/2026). Revisado el .

    Código de convenio 42100135012019

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