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Convenio colectivo

sector de transporte de viajeros por carretera mediante vehículos de tracción mecánica de más de nueve plazas incluído el personal de conducción de la provincia de Soria.

Código de convenio 42100135012019
Publicado el
14/1/2026
Vigencia
1/1/2022 – 31/12/2027
Descargar texto completoDescargar últimas tablas (2027)¿Eres una empresa?

Última actualización: 19 de octubre de 2026

Jornada al año1.792horas
Vacaciones31días

naturales

Pagas extra2

Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Última subida+4,5 %2026
Próxima subida+4,5 %2027
Tablas salariales 2027

Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.

CategoríaAl mesAl año (bruto)
Grupo IPuestos: Jefatura de Sección o de Servicio, Director/a, Personal ingeniero, licenciado o graduado.2.019,79 €28.276,83 €
Grupo IIPuestos: Jefatura de Tráfico, Jefatura de Estación, Jefatura de Administración, Personal Encargado, Jefatura de Taller.1.865,88 €26.122,24 €
Grupo IIIPuestos: Personal oficial administrativo, Personal conductor, Personal taquillero, Personal mecánico.1.559,76 €21.836,80 €
Grupo IVPuestos: Personal de limpieza, Mozo, Personal auxiliar administrativo, Recepcionista.1.350,33 €18.904,65 €

Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos

Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

Tabla 2025 · Tabla 2026 · Tabla 2027

Categorías explicadas

Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).

Grupo I

Por ejemplo: Jefatura de Sección o de Servicio, Director/a, Personal ingeniero, licenciado o graduado.

Grupo II

Por ejemplo: Jefatura de Tráfico, Jefatura de Estación, Jefatura de Administración, Personal Encargado, Jefatura de Taller.

Grupo III

Por ejemplo: Personal oficial administrativo, Personal conductor, Personal taquillero, Personal mecánico.

Grupo IV

Por ejemplo: Personal de limpieza, Mozo, Personal auxiliar administrativo, Recepcionista.

Pluses, horas extra y subidas

Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla

Plus especial de festivos (incluidos 1 de enero y 25 de diciembre)Lo que se paga de más por trabajar en festivo.50,00 € por día
Quién lo cobra
Trabajar en festivo: 60 € si es 1 de enero o 25 de diciembre; 50 € en los otros 12 festivos.
Dónde lo dice
art. 27
Dietas por viajes o desplazamientos fuera de la localidad de la empresaLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo.14,00 € por día
Quién lo cobra
Personal que por necesidad y orden de la empresa viaja a poblaciones distintas a la de la empresa.
Dónde lo dice
art. 29

Horas extra

Las horas que trabajas por encima de tu jornada.se pagan con un recargo del 50 % sobre la hora ordinaria. Las horas compensadas con descanso equivalente dentro de los cuatro meses siguientes no computan para el límite de horas extraordinarias (art. 28).
Dónde lo dice
art. 28

Subidas pactadas

AñoSubida de la tablaQué significa
20254 %Subida del 4 % con efectos económicos de enero de 2025
20264,5 %Subida del 4,5 % con efectos económicos de enero de 2026
20274,5 %Subida del 4,5 % con efectos económicos de enero de 2027

Revisión salarial

Garantía IPC: si el IPC de 2027 supera el 4,5 %, se aplica una subida adicional del 0,25 % con efectos de enero de 2028 (art. 25).

Permisos pagados

4 de los 11 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.

PermisoEn tu convenioLo que da el EstatutoResultado
Accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización con reposo domiciliario, de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º gradoart. 10.a55 díasIgual o sin mínimo en el Estatuto
Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º gradoart. 10.b2 (4 con desplazamiento)2 días (4 con desplazamiento)Igual o sin mínimo en el Estatuto
Traslado del domicilio habitualart. 10.c11 díaIgual o sin mínimo en el Estatuto
Deber inexcusable de carácter público o personal, incluido el sufragio activoart. 10.d—El tiempo indispensableIgual o sin mínimo en el Estatuto
Consulta médica propiaart. 10.e——Mejora el Estatuto
Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 10.f1515 días naturalesIgual o sin mínimo en el Estatuto
Imposibilidad de acceder al centro de trabajo por recomendaciones, limitaciones o prohibiciones de las autoridades, o riesgo grave e inminenteart. 10.g4—Mejora el Estatuto
Actos preparatorios de la donación de órganos o tejidosart. 10.h——Mejora el Estatuto
Acompañar a hijos menores de 14 años o a familiares dependientes a consulta médicaart. 10.i——Mejora el Estatuto
Funciones sindicales o de representación del personalart. 10.j—Las horas que fije la leyIgual o sin mínimo en el Estatuto
Exámenes prenatales, preparación al parto y trámites de adopción o acogimientoart. 10.k—El tiempo necesarioIgual o sin mínimo en el Estatuto
Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET).
Lactancia de un menor de 9 mesesNo lo menciona1 hora al díaLo da el Estatuto
Fuerza mayor por motivos familiares urgentesNo lo menciona4 días al año (horas)Lo da el Estatuto
Preguntas frecuentes

¿Está vigente el convenio de transporte de viajeros de Soria?

Su estado a 19 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2022 al 31/12/2027.

¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de transporte de viajeros de Soria en 2027?

El importe más bajo de la tabla es 18.904,65 € brutos al año a jornada completa (Grupo IV).

¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de transporte de viajeros de Soria?

31 días naturales al año.

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Lo que suele venir después.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Soria (BOP) (texto del convenio, publicado el 14/1/2026). Revisado el .

Vigente hasta el 31/12/2027 (art. 4). Tablas 2025, 2026 y 2027 publicadas en el BOPSO de 14/01/2026.

Convenio provincial de Soria. El Acuerdo marco regional de subrogación del transporte de viajeros por carretera (anexo II) se aplica en toda Castilla y León; vence el 31/12/2026 y se prorroga por años si no hay denuncia.