Convenio colectivo
V Convenio colectivo estatal de reforma juvenil y protección de menores.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
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laborables
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Revisión pendiente de 2026.
Tablas salariales 2026
Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)
1 de 10 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Grupo profesional 1APuestos: psicólogo/a clínico/a, médico/a, psiquiatra. | ||
| Grupo 1A · Centros cerrados y/o semiabiertos | 1.705,75 € | 29.980,45 € |
| Grupo profesional 1BPuestos: educador/a social, trabajador/a social, psicólogo/a, pedagogo/a, abogado/a, graduado/a en educación primaria. | ||
| Grupo 1B · Centros cerrados y/o semiabiertos | 1.578,43 € | 27.468,47 € |
| Grupo profesional 2Puestos: auxiliar técnico educativo, monitor/a de taller, técnico/a de integración social, mediador/a intercultural, técnico/a de administración y finanzas. | ||
| Grupo 2 · Centros cerrados y/o semiabiertos | 1.238,91 € | 22.687,04 € |
| Grupo profesional 3Puestos: auxiliar de clínica, cocinero/a, personal de mantenimiento, auxiliar administrativo/a, controlador/a (TAI). | ||
| Grupo 3 · Centros cerrados y/o semiabiertos | 1.159,40 € | 19.841,54 € |
| Grupo profesional 4Puestos: gobernante/a, conductor/a, auxiliar de servicios generales, auxiliar de servicios domésticos. | ||
| Grupo 4 · Centros cerrados y/o semiabiertos | 1.137,20 € | 19.036,41 € |
| Grupo profesional 1APuestos: psicólogo/a clínico/a, médico/a, psiquiatra. | ||
| Grupo 1A · Resto de centros | 1.705,75 € | 26.236,51 € |
| Grupo profesional 1BPuestos: educador/a social, trabajador/a social, psicólogo/a, pedagogo/a, abogado/a, graduado/a en educación primaria. | ||
| Grupo 1B · Resto de centros | 1.578,43 € | 24.147,38 € |
| Grupo profesional 2Puestos: auxiliar técnico educativo, monitor/a de taller, técnico/a de integración social, mediador/a intercultural, técnico/a de administración y finanzas. | ||
| Grupo 2 · Resto de centros | 1.238,91 € | 19.490,70 € |
| Grupo profesional 3Puestos: auxiliar de clínica, cocinero/a, personal de mantenimiento, auxiliar administrativo/a, controlador/a (TAI). | ||
| Grupo 3 · Resto de centros | 1.159,40 € | 17.577,28 € |
| Grupo profesional 4Puestos: gobernante/a, conductor/a, auxiliar de servicios generales, auxiliar de servicios domésticos. | ||
| Grupo 4 · Resto de centros SMI | 1.137,20 € | 17.037,96 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Grupo profesional 1A
Tareas de máxima complejidad y autonomía que exigen grado universitario con máster de especialización obligatorio vinculado a la profesión (por ejemplo, psicología clínica, medicina o psiquiatría). Se respetan las titulaciones que exige la ley para cada puesto.
Formación: Grado universitario más máster de especialización obligatorio.
- Grupo 1A · Resto de centrosTareas de máxima complejidad y autonomía que exigen grado universitario con máster de especialización obligatorio vinculado a la profesión (por ejemplo, psicología clínica, medicina o psiquiatría). Se respetan las titulaciones que exige la ley para cada puesto. En la tabla cobra 26.237 € al año (puesto 3 de 10 por sueldo).
- Grupo 1A · Centros cerrados y/o semiabiertosTareas de máxima complejidad y autonomía que exigen grado universitario con máster de especialización obligatorio vinculado a la profesión (por ejemplo, psicología clínica, medicina o psiquiatría). Se respetan las titulaciones que exige la ley para cada puesto. En la tabla cobra 29.980 € al año, el sueldo más alto.
Grupo profesional 1B
Tareas de máxima complejidad y autonomía con grado universitario vinculado a su profesión o al ámbito socioeducativo; pueden o no supervisar a otros puestos. Es el grupo desde el que se accede a los puestos directivos de libre designación.
Formación: Grado universitario.
- Grupo 1B · Resto de centrosTareas de máxima complejidad y autonomía con grado universitario vinculado a su profesión o al ámbito socioeducativo; pueden o no supervisar a otros puestos. Es el grupo desde el que se accede a los puestos directivos de libre designación. En la tabla cobra 24.147 € al año (puesto 4 de 10 por sueldo).
- Grupo 1B · Centros cerrados y/o semiabiertosTareas de máxima complejidad y autonomía con grado universitario vinculado a su profesión o al ámbito socioeducativo; pueden o no supervisar a otros puestos. Es el grupo desde el que se accede a los puestos directivos de libre designación. En la tabla cobra 27.468 € al año (puesto 2 de 10 por sueldo).
Grupo profesional 2
Tareas de complejidad y autonomía medias, con formación de ciclo superior, bachillerato o equivalente y demostrada experiencia; aplican sistemas y procedimientos ya definidos. La atención directa en centros residenciales se hace bajo supervisión del equipo educativo, con el auxiliar técnico educativo como puesto de referencia.
Formación: FP de grado superior o medio, bachillerato o equivalente.
- Grupo 2 · Resto de centrosTareas de complejidad y autonomía medias, con formación de ciclo superior, bachillerato o equivalente y demostrada experiencia; aplican sistemas y procedimientos ya definidos. La atención directa en centros residenciales se hace bajo supervisión del equipo educativo, con el auxiliar técnico educativo como puesto de referencia. En la tabla cobra 19.491 € al año (puesto 7 de 10 por sueldo).
- Grupo 2 · Centros cerrados y/o semiabiertosTareas de complejidad y autonomía medias, con formación de ciclo superior, bachillerato o equivalente y demostrada experiencia; aplican sistemas y procedimientos ya definidos. La atención directa en centros residenciales se hace bajo supervisión del equipo educativo, con el auxiliar técnico educativo como puesto de referencia. En la tabla cobra 22.687 € al año (puesto 5 de 10 por sueldo).
Grupo profesional 3
Tareas de complejidad ordinaria, bajo instrucciones precisas y supervisión directa, con formación media o básica no universitaria. Los cocineros de centros residenciales de 40 plazas o más cobran como grupo 2 solo a efectos retributivos.
Formación: Ciclo de grado medio, certificado de profesionalidad o bachillerato.
- Grupo 3 · Resto de centrosTareas de complejidad ordinaria, bajo instrucciones precisas y supervisión directa, con formación media o básica no universitaria. Los cocineros de centros residenciales de 40 plazas o más cobran como grupo 2 solo a efectos retributivos. En la tabla cobra 17.577 € al año (puesto 9 de 10 por sueldo).
- Grupo 3 · Centros cerrados y/o semiabiertosTareas de complejidad ordinaria, bajo instrucciones precisas y supervisión directa, con formación media o básica no universitaria. Los cocineros de centros residenciales de 40 plazas o más cobran como grupo 2 solo a efectos retributivos. En la tabla cobra 19.842 € al año (puesto 6 de 10 por sueldo).
Grupo profesional 4
Puestos de soporte auxiliar de baja complejidad, que siguen rutinas e instrucciones simples y repetitivas con mucha supervisión; formación básica o ninguna.
Formación: Formación básica o ninguna.
- Grupo 4 · Resto de centrosPuestos de soporte auxiliar de baja complejidad, que siguen rutinas e instrucciones simples y repetitivas con mucha supervisión; formación básica o ninguna. En la tabla cobra 17.038 € al año, el más bajo.
- Grupo 4 · Centros cerrados y/o semiabiertosPuestos de soporte auxiliar de baja complejidad, que siguen rutinas e instrucciones simples y repetitivas con mucha supervisión; formación básica o ninguna. En la tabla cobra 19.036 € al año (puesto 8 de 10 por sueldo).
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Todo el personal; cada trienio vencido desde el ingreso en la entidad o empresa, con cualquier tipo de contrato
- Dónde lo dice
- art. 64
- Quién lo cobra
- Trabajo entre las 22:00 y las 6:00, por las horas proporcionales efectivamente realizadas; alternativamente, reducción equivalente de jornada anual
- Dónde lo dice
- art. 69
- Quién lo cobra
- Horas trabajadas en festivo del art. 37.2 ET si se fija día compensatorio de descanso; si no es posible el descanso, 75 %; en los festivos especiales (25/12, 1/1 y 6/1 y tardes del 24/12, 31/12 y 5/1), 20 %
- Dónde lo dice
- art. 70
- Quién lo cobra
- Voluntario; persona localizable por teléfono y con incorporación en un máximo de dos horas
- Dónde lo dice
- art. 71
- Quién lo cobra
- Centros, recursos y programas en Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla; solo si las administraciones lo reconocen y abonan en el contrato, concierto o subvención
- Dónde lo dice
- art. 68
- Quién lo cobra
- Personas a quienes se encomiendan funciones directivas en el centro (dirección, subdirección, coordinación) según las escalas A a D del art. 72
- Dónde lo dice
- art. 72
- Quién lo cobra
- Uso voluntario del vehículo propio a petición de la dirección o coordinación; además se abonan aparcamiento, peaje y gastos justificados
- Dónde lo dice
- art. 77
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 74
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2027 | Por fijar | Tablas 2027, 2028 y 2029 del anexo 2 ya fijadas en el convenio (incrementos por tramos del complemento específico y transitorio, sin porcentaje único); no se calculan aquí |
| 2026 | Por fijar | El convenio garantiza el SMI vigente: si salario base + específico, transitorio y centro cerrado según corresponda queda por debajo, se complementa hasta el SMI; no cuentan antigüedad, nocturnidad, insularidad ni festividad |
Permisos pagados
3 de los 9 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonio o inscripción como pareja de hechoart. 81.1.a | 15 | 15 días naturales | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención con reposo de cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o convivientesart. 81.1.b | 5 | 5 días | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de parientes hasta el segundo grado o pareja de hechoart. 81.1.c | 3 (5 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Traslado del domicilio habitualart. 81.1.d | 1 | 1 día | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personalart. 81.1.e | — | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Boda de familiares hasta el 2.º gradoart. 81.1.f | 1 | — | Mejora el Estatuto |
| Asuntos propiosart. 81.1.j | 2 | — | Mejora el Estatuto |
| Consulta médica de familiares de primer grado, atención médica propia, pruebas y tutorías escolaresart. 81.1.h | — | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentesart. 81.1.k | 4 | 4 días al año (horas) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Exámenes prenatales y preparación al parto | No lo menciona | El tiempo necesario | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso
Periodo de prueba
- Grupos 1A, 1B y 2: 5 meses
- Grupo 3: 2 meses
- Grupo 4: 1 mes
Preaviso si te vas
- Personal en general: 15 días
- Personal directivo: 30 días
Qué ha cambiado
Avisos oficiales sobre este convenio, del más reciente al más antiguo. Cada uno lleva una etiqueta que dice qué tipo de aviso es.
- Aviso10 de agosto de 2026Nueva disposición adicional sexta: el convenio garantiza el SMI vigente, complementando hasta alcanzarlo salario base y complementos específico, transitorio y de centro cerradoNovedad sobre este convenio. Ver el aviso oficial
- Tablas21 de mayo de 2026Acuerdo retributivo de Galicia: complemento equiparador autonómico gallego y tablas salariales 2026-2029Nuevos importes salariales. Ver el aviso oficial
- Tablas7 de abril de 2026Acuerdo retributivo de la Comunidad de Madrid: complemento autonómico para recursos de tipología no cerrada ni semiabierta y tablas propias 2026-2029Nuevos importes salariales. Ver el aviso oficial
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de reforma juvenil y menores?
Su estado a 16 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2026 al 31/12/2029.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de reforma juvenil y menores en 2026?
Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 17.037,96 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de reforma juvenil y menores?
23 días laborables al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Grupos 1A, 1B y 2: 5 meses. Grupo 3: 2 meses. Grupo 4: 1 mes.
Lo que suele venir después.
Fuente: BOE-A-2024-26188 (Boletín Oficial del Estado (BOE), texto del convenio, publicado el 16/12/2024). Revisado el .
V convenio 2026-2029, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 16/12/2024. Hasta 31/12/2025 regía el IV convenio. Se prorroga por años si nadie lo denuncia con seis meses de antelación y, denunciado, sigue vigente hasta que lo sustituya otro (art. 7). El 10/8/2026 se publicó la disposición adicional sexta (garantía del SMI).
Convenio estatal de reforma juvenil y protección de menores. En la Comunidad de Madrid y en Galicia rigen acuerdos retributivos autonómicos propios (Boletín Oficial del Estado 7/4/2026 y 21/5/2026) con tablas y complementos distintos que no se cargan aquí; en el País Vasco, Cataluña y Comunidad Valenciana se respetan sus convenios sectoriales (disposición adicional primera). Los valores del complemento específico alcanzan aplicación general desde el 30/9/2029.