Convenio colectivo
I Convenio colectivo estatal de empresas organizadoras de eventos.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
laborables
Se pueden cobrar prorrateadasPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tablas salariales 2026
Salario de tabla, bruto en 12 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)
1 de 6 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Grupo profesional 1Puestos: director general, director financiero, director de operaciones, director jurídico, director de recursos humanos, director de marketing. | 2.550,00 € | 30.600,00 € |
| Grupo profesional 2Puestos: controller financiero senior, jefe de cuentas, jefe de creatividad y diseño, jefe de operaciones, jefe comercial, responsable legal. | 2.295,00 € | 27.540,00 € |
| Grupo profesional 3Puestos: técnico de operaciones senior, técnico de cuentas senior, comercial senior, técnico financiero senior, abogado o asesor senior, técnico de administración. | 2.040,00 € | 24.480,00 € |
| Grupo profesional 4Puestos: técnico de operaciones, técnico de creatividad y diseño, técnico de cuentas, comercial, oficial administrativo, asistente de dirección. | 1.785,00 € | 21.420,00 € |
| Grupo profesional 5Puestos: auxiliar administrativo, asistente de recepción, ayudante de operaciones, técnico de cuentas junior, técnico de creatividad y diseño junior, ayudante IT. | 1.530,00 € | 18.360,00 € |
| Grupo profesional 6Puestos: subalterno, personal de limpieza, auxiliar, conserje, vigilante, conductor. SMI | 1.360,00 € | 16.320,00 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Otros convenios aquí
En este sector y lugar hay más de un convenio. Mira cuál es el tuyo:
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Grupo profesional 1
Dirección al más alto nivel de las distintas áreas de la empresa: coordinación, planificación, organización y control, con decisiones que afectan a aspectos fundamentales de la actividad; asumen la dirección de al menos un área relevante.
Por ejemplo: director general, director financiero, director de operaciones, director jurídico, director de recursos humanos, director de marketing.
Grupo profesional 2
Alto grado de autonomía y responsabilidad sobre uno o varios departamentos o secciones, rindiendo cuentas a la dirección; también técnicos cualificados de alta complejidad que no necesariamente mandan.
Por ejemplo: controller financiero senior, jefe de cuentas, jefe de creatividad y diseño, jefe de operaciones, jefe comercial, responsable legal.
Grupo profesional 3
Puestos que exigen dominar amplios fundamentos teóricos y prácticos, con cierto grado de autonomía; reportan a los grupos anteriores y hacen tareas de complejidad media-alta de ejecución, autónoma dentro de sus técnicas.
Por ejemplo: técnico de operaciones senior, técnico de cuentas senior, comercial senior, técnico financiero senior, abogado o asesor senior, técnico de administración.
Grupo profesional 4
Puestos que exigen conocimientos y práctica de nivel medio, con autonomía y responsabilidad limitadas, bajo instrucciones precisas y supervisión directa; generalmente sin mando.
Por ejemplo: técnico de operaciones, técnico de creatividad y diseño, técnico de cuentas, comercial, oficial administrativo, asistente de dirección.
Grupo profesional 5
Puestos de nueva entrada vinculados a la actividad principal o puestos administrativos con tareas sencillas y alta supervisión; el personal no puede permanecer en este grupo más de dos años.
Por ejemplo: auxiliar administrativo, asistente de recepción, ayudante de operaciones, técnico de cuentas junior, técnico de creatividad y diseño junior, ayudante IT.
Grupo profesional 6
Puestos de soporte auxiliar con rutinas e instrucciones simples y repetitivas, con método de trabajo preciso, alta supervisión, conocimientos elementales y periodo breve de adaptación.
Por ejemplo: subalterno, personal de limpieza, auxiliar, conserje, vigilante, conductor.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Solo los meses en que se aplica de forma efectiva la distribución irregular de la jornada, por exceso o por defecto
- Dónde lo dice
- art. 32
- Quién lo cobra
- Quien realiza normalmente al menos el 30 % de su jornada anual entre las 22:00 y las 6:00
- Dónde lo dice
- art. 31
- Quién lo cobra
- Servicios entre las 22:00 y las 6:00 de forma no asidua
- Dónde lo dice
- art. 31
- Quién lo cobra
- Por cada jornada completa trabajada en festivo ordinario, si se compensa en dinero (de común acuerdo; en desacuerdo, se compensa en dinero)
- Dónde lo dice
- art. 30
- Quién lo cobra
- Por cada jornada completa trabajada en festivo especial, si se compensa en dinero
- Dónde lo dice
- art. 30
- Quién lo cobra
- Desplazamiento por necesidades del servicio a un municipio distinto del centro de actividad y del domicilio; la empresa elige entre dar la comida y el alojamiento, compensar los gastos justificados o pagar estas cuantías
- Dónde lo dice
- art. 34
- Quién lo cobra
- Desplazamiento por necesidades del servicio a un municipio distinto del centro de actividad y del domicilio; la empresa elige entre dar la comida y el alojamiento, compensar los gastos justificados o pagar estas cuantías
- Dónde lo dice
- art. 34
- Quién lo cobra
- Desplazamiento por necesidades del servicio a un municipio distinto del centro de actividad y del domicilio; la empresa elige entre dar la comida y el alojamiento, compensar los gastos justificados o pagar estas cuantías
- Dónde lo dice
- art. 34
- Quién lo cobra
- Desplazamiento por necesidades del servicio a un municipio distinto del centro de actividad y del domicilio; la empresa elige entre dar la comida y el alojamiento, compensar los gastos justificados o pagar estas cuantías
- Dónde lo dice
- art. 34
- Quién lo cobra
- Desplazamiento por necesidades del servicio a un municipio distinto del centro de actividad y del domicilio; la empresa elige entre dar la comida y el alojamiento, compensar los gastos justificados o pagar estas cuantías
- Dónde lo dice
- art. 34
- Quién lo cobra
- Desplazamiento por necesidades del servicio a un municipio distinto del centro de actividad y del domicilio; la empresa elige entre dar la comida y el alojamiento, compensar los gastos justificados o pagar estas cuantías
- Dónde lo dice
- art. 34
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 33
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2026 | 2 % | Aumento del 2 % sobre las tablas de salario base de 2025 |
| 2027 | 2 % | Aumento del 2 % sobre las tablas de salario base de 2026 |
Revisión salarial
Hasta la entrada en vigor de un nuevo convenio, las tablas de salario base se revalorizan, al menos, con la variación interanual del IPC de diciembre del año anterior, con un mínimo del 1 % y un máximo del 3 % anual; no se puede absorber ni compensar en salarios inferiores a 35.000 € brutos anuales (arts. 35 y 36).
Permisos pagados
2 de los 9 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 21.1.a | 15 | 15 días naturales | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención con reposo de cónyuge, pareja de hecho o pariente hasta 2.º grado, o persona conviviente que requiera cuidado efectivoart. 21.1.b | 5 | 5 días | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o pariente hasta 2.º gradoart. 21.1.c | 2 (4 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Traslado del domicilio habitualart. 21.1.d | 1 | 1 día | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personal (incluido el voto)art. 21.1.e | — | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Exámenes prenatales, preparación al parto y trámites de adopción o acogimientoart. 21.1.g | — | El tiempo necesario | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Consultas médicas propias o acompañamiento de familiares hasta 2.º gradoart. 21.1.h | — | — | Mejora el Estatuto |
| Exámenes de formación reglada para titulaciones oficialesart. 21.1.i | — | El tiempo necesario | Mejora el Estatuto |
| Permiso parental para el cuidado de hijo o menor acogido (hasta los 8 años)art. 21.3 | — | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | No lo menciona | 4 días al año (horas) | Lo da el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso
Periodo de prueba
- Grupos profesionales 1, 2 y 3: 6 meses
- Grupo profesional 4: 2 meses
- Grupos profesionales 5 y 6: 1 mes
Preaviso si te vas
- Grupos profesionales 1 y 2: 30 días
- Grupos profesionales 3, 4, 5 y 6: 15 días
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de organizadoras de eventos?
Su estado a 16 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2025 al 31/12/2027.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de organizadoras de eventos en 2026?
Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 16.320,00 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de organizadoras de eventos?
23 días laborables al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Grupos profesionales 1, 2 y 3: 6 meses. Grupo profesional 4: 2 meses. Grupos profesionales 5 y 6: 1 mes.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
Lo que suele venir después.
Fuente: BOE-A-2024-26661 (Boletín Oficial del Estado (BOE), texto del convenio, publicado el 20/12/2024). Revisado el .
Primer convenio del sector (2025-2027), vigente; se prorroga de año en año si no se denuncia con un mes de antelación (art. 5). Las empresas tenían seis meses desde la publicación para adaptar sus condiciones, con efectos retroactivos desde el 1/1/2025.
Convenio estatal de agencias y empresas organizadoras de eventos corporativos e institucionales. Excluye expresamente la publicidad, la consultoría, la producción audiovisual, los servicios técnicos y auxiliares de eventos y espectáculos, las entidades gestoras de recintos y las agencias de viajes. El grupo profesional 6 queda por debajo del SMI: se aplica el SMI.