Convenio colectivo
Convenio colectivo nacional para las empresas dedicadas a los servicios de campo para actividades de reposición y servicios de marketing operacional.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
naturales
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Si el IPC de 2026 supera el 3,5 % y hasta un límite del 3,75 %, pago único compensatorio por la diferencia, no consolidable, que se abona en la nómina siguiente a la publicación del IPC definitivo.
Tablas salariales 2026
Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Grupo IPuestos: reponedor/a, reponedor/a de ruta, promotor/a, peón / mozo de almacén, recepcionista, demostrador/a o azafato/a. | 1.225,44 € | 17.156,16 € |
| Grupo IIPuestos: auxiliar administrativo/a, secretario/a, supervisor/a de servicios, ejecutivo/a de cuenta, coordinador/a o jefe/a de equipo, oficial de perecederos. | 1.286,71 € | 18.013,94 € |
| Grupo IIIPuestos: técnico/a, oficial administrativo/a, jefe/a de servicio, jefe/a de departamento. | 1.351,05 € | 18.914,70 € |
| Grupo IVPuestos: director/a de departamento o área, delegado/a de zona, titulado/a superior, titulado/a medio. | 1.418,60 € | 19.860,40 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Otros convenios aquí
En este sector y lugar hay más de un convenio. Mira cuál es el tuyo:
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Grupo I
Tareas según instrucciones concretas y claras, con mucha dependencia, que piden sobre todo esfuerzo físico o atención. Abarca puestos básicos y elementales, con o sin formación específica más allá de un periodo de adaptación.
Formación: Graduado en ESO, Graduado Escolar o Certificado de Escolaridad, o FP de Técnico o Técnico Auxiliar.
Por ejemplo: reponedor/a, reponedor/a de ruta, promotor/a, peón / mozo de almacén, recepcionista, demostrador/a o azafato/a.
Grupo II
Operaciones con método de trabajo preciso que, aun con instrucciones, piden conocimientos profesionales y aptitudes prácticas; la responsabilidad está limitada por supervisión directa o sistemática.
Formación: Graduado en ESO, EGB o FP de Técnico o Técnico Auxiliar, más formación específica en el puesto.
Por ejemplo: auxiliar administrativo/a, secretario/a, supervisor/a de servicios, ejecutivo/a de cuenta, coordinador/a o jefe/a de equipo, oficial de perecederos.
Grupo III
Trabajos de ejecución autónoma que exigen iniciativa, bajo supervisión y con responsabilidad sobre ellos; también la integración, coordinación y supervisión de tareas homogéneas de un grupo de colaboradores en un nivel organizativo menor.
Formación: Bachillerato, BUP o FP de Técnico Superior o Técnico Especialista, con formación específica o experiencia en el puesto.
Por ejemplo: técnico/a, oficial administrativo/a, jefe/a de servicio, jefe/a de departamento.
Grupo IV
Tareas técnicas complejas y variadas con objetivos globales, mucha autonomía, iniciativa y responsabilidad; coordinación de funciones de un conjunto de colaboradores o gestión completa de áreas funcionales.
Formación: Diplomatura o Licenciatura, con formación específica en el puesto.
Por ejemplo: director/a de departamento o área, delegado/a de zona, titulado/a superior, titulado/a medio.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Responsable de grupo o jefe/a de equipo de un grupo de menos de seis personas; solo mientras ejerza la función
- Dónde lo dice
- art. 25
- Quién lo cobra
- Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00; como regla general se compensa con descanso o con un recargo del 10 % sobre la hora ordinaria de las tablas
- Dónde lo dice
- art. 34
- Quién lo cobra
- Desplazamiento a otra localidad por el servicio en vehículo particular de la persona trabajadora
- Dónde lo dice
- art. 26
- Quién lo cobra
- Desplazamiento a otra localidad por el servicio
- Dónde lo dice
- art. 27
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 33
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2026 | 3,5 % | 3,5 % sobre las retribuciones pactadas para 2025, con efectos desde el 1/1/2026 |
| 2026 | Por fijar | Si el IPC de 2026 supera el 3,5 % y hasta un límite del 3,75 %, pago único compensatorio por la diferencia, no consolidable, que se abona en la nómina siguiente a la publicación del IPC definitivo |
| 2027 | 4 % | 4 % sobre la tabla salarial de 2026 |
| 2026 | 5 % | Desde el 1/1/2024 se garantiza una equidistancia salarial del 5 % entre los cuatro grupos profesionales (grupo II sobre SMI; grupo III 5 % sobre el II; grupo IV 5 % sobre el III) |
Revisión salarial
Si el IPC de 2026 supera el 3,5 % pactado, y hasta un límite del 3,75 %, se paga una sola vez la diferencia entre el IPC real y el 3,5 %, sin efecto en las tablas (art. 21).
Permisos pagados
2 de los 9 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonio o registro de pareja de hechoart. 37.a | 15 | 15 días naturales | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Boda de parientes hasta el primer grado de consanguinidadart. 37.b | 1 | — | Mejora el Estatuto |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención con reposo de cónyuge, pareja de hecho, parientes hasta 2.º grado o convivientesart. 37.c | 5 | 5 días | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º gradoart. 37.d | 4 | 2 días (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Traslado del domicilio habitualart. 37.e | 1 | 1 día | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personalart. 37.f | — | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Imposibilidad de acceder al centro de trabajo por limitaciones de las autoridades o riesgo grave e inminenteart. 37.h | 4 | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentesart. 37.j | — | 4 días al año (horas) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Día de libre disposiciónart. 41 | 1 | — | Mejora el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Exámenes prenatales y preparación al parto | No lo menciona | El tiempo necesario | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso
Periodo de prueba
- Grupo I: 1 mes
- Grupo II: 2 meses
- Grupo III: 3 meses
- Grupo IV: 6 meses
Preaviso si te vas
- Personal directivo y titulado: 2 meses
- Personal técnico y administrativo: 1 mes
- Resto del personal: 15 días
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de reposición y marketing?
Su estado a 16 de octubre de 2026 es: vigente. Vigencia del 1/1/2026 al 31/12/2029.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de reposición y marketing en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 17.156,16 € brutos al año a jornada completa (Grupo I).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de reposición y marketing?
31 días naturales al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Grupo I: 1 mes. Grupo II: 2 meses. Grupo III: 3 meses. Grupo IV: 6 meses.
Lo que suele venir después.
Fuente: BOE-A-2026-18631 (Boletín Oficial del Estado (BOE), texto del convenio, publicado el 4/9/2026). Revisado el .
Convenio 2026-2029 firmado el 5/6/2026 y publicado en el Boletín Oficial del Estado el 4/9/2026, con efectos económicos desde el 1/1/2026. Se prorroga de año en año si nadie lo denuncia con tres meses de antelación (art. 4).
Convenio estatal de servicios de campo (reposición en grandes superficies y servicios de marketing operacional). Excluye expresamente lo pactado en otros convenios sobre estas actividades, salvo convenios de empresa (art. 1). La tabla es la del anexo II para jornada completa; no hay tabla de 2025 publicada con este texto.