Convenio colectivo
V Convenio colectivo general del sector de servicios de asistencia en tierra en aeropuertos (handling).
Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
naturales
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tablas salariales 2026
Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
| Categoría | Al año (bruto) | |
|---|---|---|
| Técnicos gestoresPuestos: técnico/a gestor/a, responsable de área, coordinador/a. | ||
| Técnicos gestores · Nivel 1 (entrada) | 29.763,95 € | |
| Técnicos gestores · Nivel 2 | 29.822,15 € | |
| Técnicos gestores · Nivel 3 | 30.712,46 € | |
| Técnicos gestores · Nivel 4 | 31.326,72 € | |
| Técnicos gestores · Nivel 5 | 31.940,97 € | |
| Técnicos gestores · Nivel 6 | 33.218,61 € | |
| Técnicos gestores · Nivel 7 | 34.547,35 € | |
| AdministrativosPuestos: agente de pasaje, facturación y embarque, atención al pasaje, agente de carga y correo, administrativo/a. | ||
| Administrativos · Nivel 1 (entrada) | 19.485,59 € | |
| Administrativos · Nivel 2 | 23.075,92 € | |
| Administrativos · Nivel 3 | 23.769,76 € | |
| Administrativos · Nivel 4 | 24.245,15 € | |
| Administrativos · Nivel 5 | 24.720,55 € | |
| Administrativos · Nivel 6 | 25.709,37 € | |
| Administrativos · Nivel 7 | 26.737,75 € | |
| Servicios auxiliaresPuestos: operario/a de rampa, manipulación de equipajes, conductor/a de vehículos de pista, push-back, asistencia a PMR, manejo de pasarelas. | ||
| Servicios auxiliares · Nivel 1 (entrada) | 19.295,76 € | |
| Servicios auxiliares · Nivel 2 | 22.851,32 € | |
| Servicios auxiliares · Nivel 3 | 23.538,41 € | |
| Servicios auxiliares · Nivel 4 | 24.009,17 € | |
| Servicios auxiliares · Nivel 5 | 24.479,94 € | |
| Servicios auxiliares · Nivel 6 | 25.459,14 € | |
| Servicios auxiliares · Nivel 7 | 26.477,50 € | |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Otros convenios aquí
En este sector y lugar hay más de un convenio. Mira cuál es el tuyo:
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Técnicos gestores
Personal con título de grado superior o medio, o con conocimientos, experiencia y aptitudes equivalentes, que tiene funciones de gestión, apoderamiento o alta cualificación y complejidad, de coordinación o asesoramiento, con autonomía, capacidad de supervisión y responsabilidad acordes.
Formación: Título de grado superior o medio, o conocimientos y experiencia equivalentes.
- Técnicos gestores · Nivel 1 (entrada)Personal con título de grado superior o medio, o con conocimientos, experiencia y aptitudes equivalentes, que tiene funciones de gestión, apoderamiento o alta cualificación y complejidad, de coordinación o asesoramiento, con autonomía, capacidad de supervisión y responsabilidad acordes. En la tabla cobra 29.764 € al año (puesto 7 de 21 por sueldo).
- Técnicos gestores · Nivel 2Personal con título de grado superior o medio, o con conocimientos, experiencia y aptitudes equivalentes, que tiene funciones de gestión, apoderamiento o alta cualificación y complejidad, de coordinación o asesoramiento, con autonomía, capacidad de supervisión y responsabilidad acordes. En la tabla cobra 29.822 € al año (puesto 6 de 21 por sueldo).
- Técnicos gestores · Nivel 3Personal con título de grado superior o medio, o con conocimientos, experiencia y aptitudes equivalentes, que tiene funciones de gestión, apoderamiento o alta cualificación y complejidad, de coordinación o asesoramiento, con autonomía, capacidad de supervisión y responsabilidad acordes. En la tabla cobra 30.712 € al año (puesto 5 de 21 por sueldo).
- Técnicos gestores · Nivel 4Personal con título de grado superior o medio, o con conocimientos, experiencia y aptitudes equivalentes, que tiene funciones de gestión, apoderamiento o alta cualificación y complejidad, de coordinación o asesoramiento, con autonomía, capacidad de supervisión y responsabilidad acordes. En la tabla cobra 31.327 € al año (puesto 4 de 21 por sueldo).
- Técnicos gestores · Nivel 5Personal con título de grado superior o medio, o con conocimientos, experiencia y aptitudes equivalentes, que tiene funciones de gestión, apoderamiento o alta cualificación y complejidad, de coordinación o asesoramiento, con autonomía, capacidad de supervisión y responsabilidad acordes. En la tabla cobra 31.941 € al año (puesto 3 de 21 por sueldo).
- Técnicos gestores · Nivel 6Personal con título de grado superior o medio, o con conocimientos, experiencia y aptitudes equivalentes, que tiene funciones de gestión, apoderamiento o alta cualificación y complejidad, de coordinación o asesoramiento, con autonomía, capacidad de supervisión y responsabilidad acordes. En la tabla cobra 33.219 € al año (puesto 2 de 21 por sueldo).
- Técnicos gestores · Nivel 7Personal con título de grado superior o medio, o con conocimientos, experiencia y aptitudes equivalentes, que tiene funciones de gestión, apoderamiento o alta cualificación y complejidad, de coordinación o asesoramiento, con autonomía, capacidad de supervisión y responsabilidad acordes. En la tabla cobra 34.547 € al año, el sueldo más alto.
Administrativos
Personal de atención al cliente, oficina, administración, contabilidad, facturación, embarque, venta de billetes, equipaje, carga y correo, reservas, despachos y documentos aduaneros y tareas conexas con la salida del avión. Dos subgrupos: ejecución/supervisión (agente administrativo) y mando (jefatura administrativa).
- Administrativos · Nivel 1 (entrada)Personal de atención al cliente, oficina, administración, contabilidad, facturación, embarque, venta de billetes, equipaje, carga y correo, reservas, despachos y documentos aduaneros y tareas conexas con la salida del avión. Dos subgrupos: ejecución/supervisión (agente administrativo) y mando (jefatura administrativa). En la tabla cobra 19.486 € al año (puesto 20 de 21 por sueldo).
- Administrativos · Nivel 2Personal de atención al cliente, oficina, administración, contabilidad, facturación, embarque, venta de billetes, equipaje, carga y correo, reservas, despachos y documentos aduaneros y tareas conexas con la salida del avión. Dos subgrupos: ejecución/supervisión (agente administrativo) y mando (jefatura administrativa). En la tabla cobra 23.076 € al año (puesto 18 de 21 por sueldo).
- Administrativos · Nivel 3Personal de atención al cliente, oficina, administración, contabilidad, facturación, embarque, venta de billetes, equipaje, carga y correo, reservas, despachos y documentos aduaneros y tareas conexas con la salida del avión. Dos subgrupos: ejecución/supervisión (agente administrativo) y mando (jefatura administrativa). En la tabla cobra 23.770 € al año (puesto 16 de 21 por sueldo).
- Administrativos · Nivel 4Personal de atención al cliente, oficina, administración, contabilidad, facturación, embarque, venta de billetes, equipaje, carga y correo, reservas, despachos y documentos aduaneros y tareas conexas con la salida del avión. Dos subgrupos: ejecución/supervisión (agente administrativo) y mando (jefatura administrativa). En la tabla cobra 24.245 € al año (puesto 14 de 21 por sueldo).
- Administrativos · Nivel 5Personal de atención al cliente, oficina, administración, contabilidad, facturación, embarque, venta de billetes, equipaje, carga y correo, reservas, despachos y documentos aduaneros y tareas conexas con la salida del avión. Dos subgrupos: ejecución/supervisión (agente administrativo) y mando (jefatura administrativa). En la tabla cobra 24.721 € al año (puesto 12 de 21 por sueldo).
- Administrativos · Nivel 6Personal de atención al cliente, oficina, administración, contabilidad, facturación, embarque, venta de billetes, equipaje, carga y correo, reservas, despachos y documentos aduaneros y tareas conexas con la salida del avión. Dos subgrupos: ejecución/supervisión (agente administrativo) y mando (jefatura administrativa). En la tabla cobra 25.709 € al año (puesto 10 de 21 por sueldo).
- Administrativos · Nivel 7Personal de atención al cliente, oficina, administración, contabilidad, facturación, embarque, venta de billetes, equipaje, carga y correo, reservas, despachos y documentos aduaneros y tareas conexas con la salida del avión. Dos subgrupos: ejecución/supervisión (agente administrativo) y mando (jefatura administrativa). En la tabla cobra 26.738 € al año (puesto 8 de 21 por sueldo).
Servicios auxiliares
Personal de operaciones auxiliares: manipulación de equipajes, mercancías y correo, conducción de vehículos, push-back, suministro de fluidos al avión y equipos, deshielo, atención y traslado de pasajeros con movilidad reducida, manejo de pasarelas. Dos subgrupos: ejecución/supervisión (agente de servicios auxiliares) y mando (agente jefe).
- Servicios auxiliares · Nivel 1 (entrada)Personal de operaciones auxiliares: manipulación de equipajes, mercancías y correo, conducción de vehículos, push-back, suministro de fluidos al avión y equipos, deshielo, atención y traslado de pasajeros con movilidad reducida, manejo de pasarelas. Dos subgrupos: ejecución/supervisión (agente de servicios auxiliares) y mando (agente jefe). En la tabla cobra 19.296 € al año, el más bajo.
- Servicios auxiliares · Nivel 2Personal de operaciones auxiliares: manipulación de equipajes, mercancías y correo, conducción de vehículos, push-back, suministro de fluidos al avión y equipos, deshielo, atención y traslado de pasajeros con movilidad reducida, manejo de pasarelas. Dos subgrupos: ejecución/supervisión (agente de servicios auxiliares) y mando (agente jefe). En la tabla cobra 22.851 € al año (puesto 19 de 21 por sueldo).
- Servicios auxiliares · Nivel 3Personal de operaciones auxiliares: manipulación de equipajes, mercancías y correo, conducción de vehículos, push-back, suministro de fluidos al avión y equipos, deshielo, atención y traslado de pasajeros con movilidad reducida, manejo de pasarelas. Dos subgrupos: ejecución/supervisión (agente de servicios auxiliares) y mando (agente jefe). En la tabla cobra 23.538 € al año (puesto 17 de 21 por sueldo).
- Servicios auxiliares · Nivel 4Personal de operaciones auxiliares: manipulación de equipajes, mercancías y correo, conducción de vehículos, push-back, suministro de fluidos al avión y equipos, deshielo, atención y traslado de pasajeros con movilidad reducida, manejo de pasarelas. Dos subgrupos: ejecución/supervisión (agente de servicios auxiliares) y mando (agente jefe). En la tabla cobra 24.009 € al año (puesto 15 de 21 por sueldo).
- Servicios auxiliares · Nivel 5Personal de operaciones auxiliares: manipulación de equipajes, mercancías y correo, conducción de vehículos, push-back, suministro de fluidos al avión y equipos, deshielo, atención y traslado de pasajeros con movilidad reducida, manejo de pasarelas. Dos subgrupos: ejecución/supervisión (agente de servicios auxiliares) y mando (agente jefe). En la tabla cobra 24.480 € al año (puesto 13 de 21 por sueldo).
- Servicios auxiliares · Nivel 6Personal de operaciones auxiliares: manipulación de equipajes, mercancías y correo, conducción de vehículos, push-back, suministro de fluidos al avión y equipos, deshielo, atención y traslado de pasajeros con movilidad reducida, manejo de pasarelas. Dos subgrupos: ejecución/supervisión (agente de servicios auxiliares) y mando (agente jefe). En la tabla cobra 25.459 € al año (puesto 11 de 21 por sueldo).
- Servicios auxiliares · Nivel 7Personal de operaciones auxiliares: manipulación de equipajes, mercancías y correo, conducción de vehículos, push-back, suministro de fluidos al avión y equipos, deshielo, atención y traslado de pasajeros con movilidad reducida, manejo de pasarelas. Dos subgrupos: ejecución/supervisión (agente de servicios auxiliares) y mando (agente jefe). En la tabla cobra 26.478 € al año (puesto 9 de 21 por sueldo).
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Por cada hora efectiva trabajada entre las 22:00 y las 06:00; cuantía adicional al precio de la hora ordinaria
- Dónde lo dice
- art. 28.1
- Quién lo cobra
- Por cada hora efectiva en festivo (excepto domingos); adicional al precio de la hora ordinaria.
- Dónde lo dice
- art. 28.4
- Quién lo cobra
- Por cada hora efectiva en domingo; adicional al precio de la hora ordinaria.
- Dónde lo dice
- art. 28.5
- Quién lo cobra
- Por cada día de trabajo efectivo en régimen de jornada fraccionada
- Dónde lo dice
- art. 28.6
- Quién lo cobra
- Por día trabajado cuando la jornada empieza entre las 4:00 y las 6:55
- Dónde lo dice
- art. 28.7
- Quién lo cobra
- Por cada día de asistencia al trabajo
- Dónde lo dice
- art. 28.8
- Quién lo cobra
- Por día de asistencia si el turno incluye entera la franja de 14 a 16 h o de 21 a 23 h y la jornada continuada es de al menos seis horas
- Dónde lo dice
- art. 28.9
- Quién lo cobra
- Personal con jornada irregular (arts. 22.4 y 35); no acumulable con festivo, turnicidad ni plus FTP.
- Dónde lo dice
- art. 28.10
- Quién lo cobra
- Dos turnos distintos programados y efectivamente realizados en el mes; incompatible con jornada irregular y plus FTP
- Dónde lo dice
- art. 28.11
- Quién lo cobra
- Tres turnos distintos programados y efectivamente realizados en el mes
- Dónde lo dice
- art. 28.11
- Quién lo cobra
- Cuatro turnos distintos programados y efectivamente realizados en el mes
- Dónde lo dice
- art. 28.11
- Quién lo cobra
- Cinco o más turnos distintos programados y efectivamente realizados en el mes
- Dónde lo dice
- art. 28.11
- Quién lo cobra
- Solo mientras se ejercen tareas de supervisión; no consolidable; a tiempo parcial, en proporción a la jornada
- Dónde lo dice
- art. 28.12
- Quién lo cobra
- Solo mientras se ejercen tareas de jefatura; no consolidable; a tiempo parcial, en proporción a la jornada
- Dónde lo dice
- art. 28.12
- Quién lo cobra
- Importe máximo (jornada equivalente al 90 % de la completa), proporcional al porcentaje de jornada realizado; incompatible con jornada irregular y turnicidad.
- Dónde lo dice
- art. 28.13
Horas extra
- Dónde lo dice
- arts. 28.2, 28.3 y 37
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2025 | 3 % | Incremento mínimo del 3 % sobre las tablas y los conceptos del art. 28 |
| 2026 | 1 % | 1 % sobre las tablas de 2025 ajustadas, con efectos de 1/1/2026, una vez finalizada la vigencia |
| 2026 | 3,8 % | 3,8 % sobre las tablas anteriores: diferencial entre los incrementos pactados y el IPC acumulado 2022-2025 (3,2 + 0,6), con efectos de 1/1/2026 |
Revisión salarial
Conocido el IPC de 2025 (con el convenio finalizado), las tablas y los conceptos del art. 28 y el ad personam del art. 78 suben un 1 % el 1/1/2026; y si el IPC acumulado 2022-2025 supera el 11 % (suma de los incrementos pactados), se actualizan además con el exceso, con tope total del 20 % menos el 11 %. (art. 26.3).
Permisos pagados
2 de los 7 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonioart. 39.1.a | 15 | 15 días naturales | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de parientes hasta 2.º grado de consanguinidad o afinidadart. 39.1.b | 2 (4 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención con reposo de parientes hasta 2.º gradoart. 39.1.b | 5 (4 con desplazamiento) | 5 días | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2) |
| Traslado del domicilio habitualart. 39.1.c | 1 | 1 día | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Matrimonio de padre o madre, hijos/as y hermanos/asart. 39.1.d | 1 (2 con desplazamiento) | 15 días naturales | Mejora el Estatuto |
| Exámenes o pruebas definitivas de aptitud (Bachillerato, FP, estudios en facultades o escuelas, certificaciones oficiales con relación con la empresa)art. 39.1.e | 3 | El tiempo necesario | Mejora el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personalart. 39.1.f | — | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | No lo menciona | 4 días al año (horas) | Lo da el Estatuto |
Qué ha cambiado
Avisos oficiales sobre este convenio, del más reciente al más antiguo. Cada uno lleva una etiqueta que dice qué tipo de aviso es.
- Acuerdo de la comisión26 de marzo de 2026El BOE publica el acta de la Comisión Paritaria con las tablas de 2026 del convenio de handling (+1 % y +3,8 %)Quienes firmaron el convenio aclaran o ajustan algo. Ver el aviso oficial
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de handling aeropuertos?
Su estado a 16 de octubre de 2026 es: caducado, pero se sigue aplicando. Vigencia del 1/1/2022 al 31/12/2025.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de handling aeropuertos en 2026?
El importe más bajo de la tabla es 19.295,76 € brutos al año a jornada completa (Servicios auxiliares · Nivel 1 (entrada)).
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de handling aeropuertos?
30 días naturales al año.
Lo que suele venir después.
Fuente: BOE-A-2022-16972 (Boletín Oficial del Estado (BOE), texto del convenio, publicado el 17/10/2022). Revisado el .
Tabla: BOE-A-2026-7015 (tabla salarial 2026, publicado el 26/3/2026).
Vigencia inicial hasta el 31/12/2025; denunciado (el registro oficial de convenios, 28/10/2025). Por su art. 10 sigue vigente en todos sus artículos mientras no lo sustituya otro convenio. Tablas de 2026 fijadas por acta de la Comisión Paritaria de 22/1/2026 (Boletín Oficial del Estado 26/3/2026): +1 % y +3,8 %.
Convenio general del sector de handling. Las empresas con convenio propio de empresa aplican su estructura retributiva con preferencia, pero ningún convenio puede fijar condiciones inferiores en cómputo global anual (art. 26). Las cifras son la percepción fija mínima bruta anual por grupo y nivel; los niveles se alcanzan por antigüedad y requisitos (art. 19).