Saltar al contenido

Tablas salariales 2026 · provisionales

Convenio colectivo de intervención social de Bizkaia (VI CISB).

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 14 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Tabla provisional: el boletín publica la tabla de 2026 como provisional. Puede cambiar cuando se publique la revisión.

Código de convenio 48006185012006

Última actualización: 19 de octubre de 2026

    Hay 5 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla provisional Subida general +6,5 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: Aún no hemos cargado lo que dice este convenio. Mientras, te damos el mínimo legal: la hora extra no puede pagarse por debajo de una hora normal (art. 35.1 del Estatuto).

    Sueldo por categoría en 2026
    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2025Hora extra
    1
    Grupo 1—37.982,66 €+11,2 %23,86 €
    2
    Grupo 2—34.440,29 €+11,2 %21,63 €
    3
    Grupo 3—31.488,31 €+11,2 %19,78 €
    4
    Grupo 4—28.182,10 €+11,2 %17,70 €
    5
    Grupo 5—25.190,74 €+11,2 %15,82 €

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.592 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Salario base anual de enero-septiembre 2026 (provisional): Grupo 1 36.381,86; Grupo 2 32.988,78; Grupo 3 30.161,21; Grupo 4 26.994,34; Grupo 5 24.129,06.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus de antigüedad (trienios)

      Importe mensual por trienio según grupo, hasta cinco trienios.

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Todo el personal, por cada trienio vencido hasta cinco trienios.

      Cotiza y tributa como salario. art. 36

      Importe mensual en 12 + 2 pagas (anexo). No experimenta incremento (art. 35).

    • Plus de nocturnidad y turnicidad

      de 202,52 a 303,03 € al mes según categoría, en 12 pagas

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Nocturnidad: personas contratadas para trabajar solo en horario nocturno. Turnicidad: trabajo en turnos rotativos en las condiciones del art. 39.

      Cotiza y tributa como salario. art. 39

      Cifras de octubre-diciembre 2026. Horario nocturno: entre las 11 de la noche y las 7 de la mañana (art. 32).

    • Plus de domingos y/o festivos

      3,50 € por hora

      Lo que se paga de más por trabajar en domingo. Quién lo cobra: Por hora efectiva trabajada en domingos y/o festivos efectivamente trabajados. No se percibe el plus de domingos si ya se percibe el de turnicidad con un turno de fin de semana.

      Cotiza y tributa como salario. art. 39

      Importe por hora efectiva de octubre-diciembre 2026 (anexo).

    • Plus de festivos de especial significación

      6,31 € por hora

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Por hora efectiva trabajada entre las 17 h del 24 de diciembre y las 24 h del 25 de diciembre, y entre las 17 h del 31 de diciembre y las 24 h del 1 de enero.

      Cotiza y tributa como salario. art. 39

      Importe por hora efectiva de octubre-diciembre 2026 (anexo). Además, +1 día por festivo de especial significación trabajado (anexo).

    • Complementos de responsabilidad (tramos)

      Tramo económico anual (12 + 2 pagas) según el anexo, que cada organización define con la RLPT. Tramo 1: de 2.524,38 a 5.048,77 euros; tramo 2: de 5.048,77 a 7.993,89; tramo 3: de 7.993,89 a 10.097,54; tramo 4: de 10.097,54 a 13.042,65; tramo 5: de 13.042,65 a 16.548,73.

      Lo que se paga por tener personas o tareas a tu cargo. Quién lo cobra: Quien ejerza funciones o cargos de responsabilidad de índole funcional, sin carácter consolidable, mientras los ejerza. Si concurren varios, solo el de tramo más alto.

      El recorte no lo dice. art. 37

      Tramos de octubre-diciembre 2026 (provisional).

    • Kilometraje

      0,36 euros/km desde la publicación del convenio; se actualiza con los incrementos salariales desde el 1/1/2025.

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Lo abona solo quien aporta el vehículo.

      Depende de los límites del art. 147.2 LGSS; el recorte no lo dice. art. 41

      Además, peajes y aparcamiento vigilado. El art. 41 remite a «el artículo 30» para los incrementos; el de salarios es el art. 35.

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: BOB (tabla salarial 2026, publicado el 22/10/2024). Revisado el .

    Código de convenio 48006185012006

    Volver arriba