Tablas salariales 2026
V Convenio colectivo regional de Castilla y León para la actividad de ayuda a domicilio.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
Hay 7 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Tabla definitiva
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Horas extra: El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. (art. 15 (horas extraordinarias) y anexos)
Sueldo por categoría en 2026
| Categoría | Grupo | Base / mes | Bruto anual | Hora extra |
|---|---|---|---|---|
| Responsable Coordinación | 2.386,12 € | 35.791,80 €*1 | 12,80 € | |
| Coordinador/a | 1.719,40 € | 25.791,00 €*2 | 12,80 € | |
| Ayudante Coordinación | 1.371,98 € | 20.579,70 €*3 | 12,80 € | |
| Jefe/a Administración | 1.800,90 € | 27.013,50 €*4 | 12,80 € | |
| Oficial Administrativo | 1.567,14 € | 23.507,10 €*5 | 12,80 € | |
| Auxiliar Administrativo | 1.191,22 € | 17.868,30 €*6 | 12,80 € | |
| Auxiliar de Ayuda a Domicilio | 1.191,22 € | 17.868,30 €*6 | 12,80 € |
* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.
1. Responsable Coordinación: Tabla del anexo III, que rige para todos los servicios desde el 1/11/2026 (hasta el 31/10/2026 es también la del anexo II: licitaciones posteriores al acuerdo o sin licitar). Hasta el 31/10/2026, en servicios cuyos pliegos se publicaron antes del acuerdo (anexo I): salario base 2.185,73 € × 12 y paga extra 2.185,73 € × 3.
2. Coordinador/a: Tabla del anexo III, que rige para todos los servicios desde el 1/11/2026 (hasta el 31/10/2026 es también la del anexo II: licitaciones posteriores al acuerdo o sin licitar). Hasta el 31/10/2026, en servicios cuyos pliegos se publicaron antes del acuerdo (anexo I): salario base 1.575,01 € × 12 y paga extra 1.430,51 € × 3.
3. Ayudante Coordinación: Tabla del anexo III, que rige para todos los servicios desde el 1/11/2026 (hasta el 31/10/2026 es también la del anexo II: licitaciones posteriores al acuerdo o sin licitar). Hasta el 31/10/2026, en servicios cuyos pliegos se publicaron antes del acuerdo (anexo I): salario base 1.256,76 € × 12 y paga extra 1.135,98 € × 3.
4. Jefe/a Administración: Tabla del anexo III, que rige para todos los servicios desde el 1/11/2026 (hasta el 31/10/2026 es también la del anexo II: licitaciones posteriores al acuerdo o sin licitar). Hasta el 31/10/2026, en servicios cuyos pliegos se publicaron antes del acuerdo (anexo I): salario base 1.649,66 € × 12 y paga extra 1.528,89 € × 3.
5. Oficial Administrativo: Tabla del anexo III, que rige para todos los servicios desde el 1/11/2026 (hasta el 31/10/2026 es también la del anexo II: licitaciones posteriores al acuerdo o sin licitar). Hasta el 31/10/2026, en servicios cuyos pliegos se publicaron antes del acuerdo (anexo I): salario base 1.435,53 € × 12 y paga extra 1.314,75 € × 3.
6. Auxiliar Administrativo y otras: Tabla del anexo III, que rige para todos los servicios desde el 1/11/2026 (hasta el 31/10/2026 es también la del anexo II: licitaciones posteriores al acuerdo o sin licitar). Hasta el 31/10/2026, en servicios cuyos pliegos se publicaron antes del acuerdo (anexo I): salario base 1.091,18 € × 12 y paga extra 970,40 € × 3.
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.614 horas de jornada anual del convenio.
Notas de la tabla. Tabla 2026 del anexo III (desde el 1/11/2026 para todos los servicios), en la redacción del acta de 15/04/2025 publicada en el BOCYL de 19/05/2025, que corrigió errores de cálculo de los anexos II y III. Salario base en 15 mensualidades iguales.
Pluses y complementos
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Plus de antigüedad
31,72 € al mes, en 15 pagasLo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Importe único mensual (igual en todas las categorías) para quien tenía antigüedad reconocida a efectos retributivos, consolidada a 31/12/2000; se incluye en las tres pagas extra.
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Plus de nocturnidad
2,32 € por horaLo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Por cada hora de jornada nocturna (entre las 22:00 y las 6:00), solo en los casos excepcionales en que se necesite trabajo nocturno.
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Plus de domingo (incluye 24 y 31 de diciembre)
5,67 € por horaLo que se paga de más por trabajar en domingo. Quién lo cobra: Por cada hora trabajada en domingo; los días 24 y 31 de diciembre cuentan como domingo.
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Plus de festivo
6,75 € por horaLo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Por cada hora trabajada en uno de los 14 festivos anuales, más descanso compensatorio acordado y disfrutado en el trimestre siguiente.
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Precio de la hora de la bolsa de horas
11,07 € por horaQuién lo cobra: Hora que se paga al regularizar la bolsa de horas (art. 9.4) cuando sobran horas y no se compensan con descanso; el anexo dice «+ pp antigüedad» (más la parte proporcional de antigüedad).
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Kilometraje con vehículo propio
0,24 € por kilómetroLo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Desplazamiento entre personas usuarias (dentro o fuera de la localidad habitual) con vehículo propio y autorización previa de la empresa. Si se usa transporte público, la empresa asume o facilita el billete.
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Plus de desgaste de herramientas
20,00 € al mes, en 11 pagasQuién lo cobra: Quien, con validación de sus responsables, use su vehículo particular y haga 250 km o más al mes; solo se paga los meses en que se supera esa cifra y en 11 pagas.
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Plus de disponibilidad
100,00 € al mes, en 11 pagasLo que se paga por estar localizable fuera de tu horario. Quién lo cobra: Solo ayudante de coordinación, coordinador/a y responsable de coordinación que hagan voluntariamente guardias o disponibilidad; 100 € al mes por jornada completa, solo por la disponibilidad realmente hecha y en 11 pagas.
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Paga por nueva adjudicación (no consolidable)
450,00 € una sola vez en proporción a la jornada, pagada en los 3 meses siguientes al inicio del servicio adjudicadoQuién lo cobra: Solo a quien estaba en el anexo I y pasa al anexo II por una nueva adjudicación firme en 2026; también la devenga el 31/12/2026 la plantilla de servicios sin nueva adjudicación a esa fecha. Importe por año de la adjudicación: 150 € (2024), 300 € (2025), 450 € (2026).
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Fuente: BOCYL (tabla salarial 2026, publicado el 19/5/2025). Revisado el .
Código de convenio 78000235012003