Tablas salariales 2025
Convenio colectivo para las granjas avícolas y otros animales.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
Hay 24 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Tabla publicada en el boletín oficial: son los importes que se aplican este año. Subida general +3,0 %
Ejemplo · elige tu categoría
Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 65 %. De común acuerdo, dos horas de descanso por cada hora extraordinaria. (art. 11)
Sueldo por categoría en 2025
| Categoría | Base / mes | Bruto anual | Hora extra |
|---|---|---|---|
| A | |||
| Titulado Superior | 2.062,04 € | 30.930,60 € | 28,67 € |
| Titulados Medios | 1.847,13 € | 27.706,95 € | 25,68 € |
| No titulados y diplomados | 1.536,75 € | 23.051,25 € | 21,37 € |
| B | |||
| Jefe de Primera | 1.536,75 € | 23.051,25 € | 21,37 € |
| Jefe de Segunda | 1.443,29 € | 21.649,35 € | 20,07 € |
| Oficial de Primera · Administrativos | 1.355,30 € | 20.329,50 € | 18,84 € |
| Oficial de Segunda · Administrativos | 1.278,77 € | 19.181,55 € | 17,78 € |
| Auxiliar Administrativo | 1.220,15 € | 18.302,25 € | 16,97 € |
| Vendedor | 44,74 €/día | 20.356,70 € | 18,87 € |
| Ayudante · Comercial | 42,66 €/día | 19.410,30 € | 17,99 € |
| Repartidor | 40,65 €/día | 18.495,75 € | 17,14 € |
| C | |||
| Almacenista | 1.220,15 € | 18.302,25 € | 16,97 € |
| Vigilante | 1.220,15 € | 18.302,25 € | 16,97 € |
| Portero | 1.220,15 € | 18.302,25 € | 16,97 € |
| Conserje | 1.220,15 € | 18.302,25 € | 16,97 € |
| Personal de Limpieza (mes) | 1.215,74 € | 18.236,10 € | 16,90 € |
| Personal de Limpieza (hora) | 11,25 € por hora | 11,25 € por hora | — |
| D | |||
| Encargado | 49,17 €/día | 22.372,35 € | 20,74 € |
| Oficial Avícola | 44,05 €/día | 20.042,75 € | 18,58 € |
| Especialista | 42,03 €/día | 19.123,65 € | 17,73 € |
| Ayudante Avícola | 40,81 €/día | 18.568,55 € | 17,21 € |
| Oficial de Primera · Varios | 44,74 €/día | 20.356,70 € | 18,87 € |
| Oficial de Segunda · Varios | 43,11 €/día | 19.615,05 € | 18,18 € |
| Conductor | 44,74 €/día | 20.356,70 € | 18,87 € |
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.780 horas de jornada anual del convenio.
Pluses y complementos
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
-
Complemento personal (antigua antigüedad)
Importe consolidado, con los mismos incrementos que el salario baseLo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quien lo había consolidado a 31/12/2010; no compensable ni absorbible.
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Complemento de nocturnidad
el 25 % de tu salario baseLo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Quien trabaje más de cuatro horas de su jornada entre las 22:00 y las 6:00; menos de cuatro horas, en proporción. Excluidos vigilantes nocturnos y personal contratado expresamente para trabajo nocturno.
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Complemento de puesto: trabajos penosos, tóxicos o peligrosos
el 25 % de tu salario baseLo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Trabajos excepcionalmente penosos, tóxicos o peligrosos, por el tiempo empleado y mientras subsistan (p. ej. limpieza y fumigación con agentes químicos tóxicos sin protecciones adecuadas).
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Plus por trabajo en domingos o festivos
50 % del salario, con un mínimo garantizadoLo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Quien trabaje en domingo o festivo, aunque tenga descanso compensatorio entre semana: 50 % de su salario con una garantía mínima.
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Quebranto de moneda (cajero)
33,38 € al mes, en 12 pagasLo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres. Quién lo cobra: Personal cajero y quienes hagan regularmente cobros.
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Quebranto de moneda (auxiliar de caja)
23,85 € al mes, en 12 pagasLo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres. Quién lo cobra: Personal auxiliar de caja.
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Dieta: desayuno
4,97 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento fuera del lugar habitual de trabajo.
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Dieta: comida
16,74 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento fuera del lugar habitual de trabajo.
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Dieta: cena
16,74 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento fuera del lugar habitual de trabajo.
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Dieta: dormir
36,84 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento fuera del lugar habitual de trabajo.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Fuente: BOE-A-2026-4219 (tabla salarial 2025, publicado el 23/2/2026). Revisado el .
Código de convenio 99002415011982