Tablas salariales 2023
Convenio Colectivo del Sector Empresas Cosecheras y Productoras del Tomate.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2023. Todas las categorías cobran en 14 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
Hay 25 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Tabla definitiva
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Horas extra: Aún no hemos cargado lo que dice este convenio. Mientras, te damos el mínimo legal: la hora extra no puede pagarse por debajo de una hora normal (art. 35.1 del Estatuto). (art. 15)
Sueldo por categoría en 2023
| Categoría | Base / mes | Bruto anual | Hora extra |
|---|---|---|---|
| Especialistas y no cualificados | |||
| Peón/a | 32,48 €/día | 14.122,25 € | 7,77 € |
| Guardas jurados o particulares | 32,48 €/día | 14.122,25 € | 7,77 € |
| Especialistas de riego y goteo | 33,16 €/día | 14.411,64 € | 7,93 € |
| Cabezalero/a o Jefe/a de Equipo | 32,89 €/día | 14.295,88 € | 7,86 € |
| Tractoristas | 37,70 €/día | 16.340,91 € | 8,99 € |
| Reparadores/as de maquinaria agrícola | 41,60 €/día | 18.000,08 € | 9,90 € |
| Especialistas maquinaria agrícola | 33,84 €/día | 14.701,03 € | 8,09 € |
| Especialistas agrícolas | 34,79 €/día | 15.106,17 € | 8,31 € |
| Caseros/as | 32,75 €/día | 14.238,00 € | 7,83 € |
| Capataces no titulados/as | 39,20 €/día | 16.977,56 € | 9,34 € |
| Viveristas | 32,75 €/día | 14.238,00 € | 7,83 € |
| Oficios clásicos | |||
| Mecánicos/as, conductores/as vehiculos | 40,74 €/día | 17.633,52 € | 9,70 € |
| Conductores/as maquinaria agrícola | 37,70 €/día | 16.340,91 € | 8,99 € |
| Oficial/a | 39,51 €/día | 17.112,61 € | 9,41 € |
| Ayudante | 34,16 €/día | 14.836,08 € | 8,16 € |
| Albañiles y oficios varios | 39,51 €/día | 17.112,61 € | 9,41 € |
| Especialistas en montaje de invernaderos | 33,61 €/día | 14.604,56 € | 8,03 € |
| Técnicos y administrativos | |||
| Técnico/a de grado superior | 62,62 €/día | 26.932,59 € | 14,81 € |
| Técnico/a de grado medio o asimilado | 52,50 €/día | 22.630,32 € | 12,45 € |
| Técnico/a Superior RR. HH y Prev.RRLL | 52,50 €/día | 22.630,32 € | 12,45 € |
| Técnico/a especialista | 48,87 €/día | 21.086,91 € | 11,60 € |
| Capataz titulado/a | 47,82 €/día | 20.643,18 € | 11,35 € |
| Oficial/a administrativo/a | 46,82 €/día | 20.218,74 € | 11,12 € |
| Auxiliar administrativo/a | 36,93 €/día | 16.012,93 € | 8,81 € |
| Listero/a | 33,11 €/día | 14.392,34 € | 7,92 € |
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.818 horas de jornada anual del convenio.
Notas de la tabla. Anexo III del convenio (Boletín Oficial de la Región de Murcia 18/6/2022), tabla de retribuciones de 2023, última publicada. Para cada categoría: hora y día con prorrata (fijos discontinuos y eventuales), «Euros día» y salario anual de convenio del personal fijo (incluye la paga de beneficios).
Pluses y complementos
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Plus de nocturnidad
un 25 % más sobre tu hora normal, por cada horaLo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00, salvo que la nocturnidad sea consustancial al puesto.
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Incremento por hora trabajada en domingo o festivo
3,00 € por horaLo que se paga de más por trabajar en domingo. Quién lo cobra: Horas trabajadas en domingos y festivos por personal adscrito a las bolsas de trabajo voluntarias de domingos y festivos (art. 8); el incremento es de 3 euros sobre el valor de la hora ordinaria de la tabla de su categoría.
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Ayuda para póliza de muerte o invalidez permanente
24 euros desde la entrada en vigor, 25 euros desde el 1/1/2022 y 26 euros desde el 1/1/2023 por trabajadorQuién lo cobra: Personal fijo y fijo discontinuo que suscribe una póliza que cubra muerte o invalidez permanente (la suscripción es a su cargo) y la acredita a la empresa; si la póliza es colectiva, la empresa abona la cantidad según el número de beneficiarios.
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Compensación de transporte por kilómetro
0,21 euros por cada kilómetro que exceda de los seis primeros desde el punto de partida, a la ida y a la vueltaLo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Solo cuando la empresa no facilita transporte a pocos trabajadores de una zona; no se abona a quienes se contratan «ex novo» con cláusula en contrato ni si no se supera la distancia de seis kilómetros.
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Compensación por desplazamiento de más de 95 y menos de 150 km por trayecto
4,00 € por cada día trabajadoQuién lo cobra: Desplazamientos fuera del centro de trabajo habitual con más de 95 km y menos de 150 km por trayecto, con autobús o vehículo facilitado por la empresa.
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Compensación por desplazamiento de más de 150 km por trayecto
6,50 € por cada día trabajadoQuién lo cobra: Desplazamientos fuera del centro de trabajo habitual con más de 150 km por trayecto.
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Dieta diaria por pernoctar
40,00 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamientos accidentales para trabajos que obligan a pernoctar fuera de la localidad del centro de trabajo habitual, además del salario y de los gastos de desplazamiento.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Fuente: anuncio 3241/2022 (Boletín Oficial de la Región de Murcia, tabla salarial 2023, publicado el 18/6/2022). Revisado el .
Código de convenio 30000675011991