Convenio colectivo
Convenio Colectivo del Sector Empresas Cosecheras y Productoras del Tomate.
Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
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naturales
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tablas salariales 2026
Tabla provisional: el convenio no ha publicado aún la tabla de 2026; mostramos la de 2023 en ultraactividad. Puede cambiar cuando se publique la revisión.
Salario de tabla, bruto en 14 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)
15 de 25 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Especialistas y no cualificadosPuestos: peón, tractorista, regador, capataz. | ||
| Peón/a SMI | 32,48 €/día | 14.122,25 € |
| Guardas jurados o particulares SMI | 32,48 €/día | 14.122,25 € |
| Especialistas de riego y goteo SMI | 33,16 €/día | 14.411,64 € |
| Cabezalero/a o Jefe/a de Equipo SMI | 32,89 €/día | 14.295,88 € |
| Tractoristas SMI | 37,70 €/día | 16.340,91 € |
| Reparadores/as de maquinaria agrícola | 41,60 €/día | 18.000,08 € |
| Especialistas maquinaria agrícola SMI | 33,84 €/día | 14.701,03 € |
| Especialistas agrícolas SMI | 34,79 €/día | 15.106,17 € |
| Caseros/as SMI | 32,75 €/día | 14.238,00 € |
| Capataces no titulados/as SMI | 39,20 €/día | 16.977,56 € |
| Viveristas SMI | 32,75 €/día | 14.238,00 € |
| Oficios clásicosPuestos: mecánico, conductor, oficial, albañil. | ||
| Mecánicos/as, conductores/as vehiculos | 40,74 €/día | 17.633,52 € |
| Conductores/as maquinaria agrícola SMI | 37,70 €/día | 16.340,91 € |
| Oficial/a | 39,51 €/día | 17.112,61 € |
| Ayudante SMI | 34,16 €/día | 14.836,08 € |
| Albañiles y oficios varios | 39,51 €/día | 17.112,61 € |
| Especialistas en montaje de invernaderos SMI | 33,61 €/día | 14.604,56 € |
| Técnicos y administrativosPuestos: técnico, administrativo, listero. | ||
| Técnico/a de grado superior | 62,62 €/día | 26.932,59 € |
| Técnico/a de grado medio o asimilado | 52,50 €/día | 22.630,32 € |
| Técnico/a Superior RR. HH y Prev.RRLL | 52,50 €/día | 22.630,32 € |
| Técnico/a especialista | 48,87 €/día | 21.086,91 € |
| Capataz titulado/a | 47,82 €/día | 20.643,18 € |
| Oficial/a administrativo/a | 46,82 €/día | 20.218,74 € |
| Auxiliar administrativo/a SMI | 36,93 €/día | 16.012,93 € |
| Listero/a SMI | 33,11 €/día | 14.392,34 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Especialistas y no cualificados
- Peón/aPor ejemplo: peón agrícola, peón de recolección, recolector. En la tabla cobra 14.122 € al año, el más bajo.
- Guardas jurados o particularesPor ejemplo: guarda de finca, guarda jurado, vigilante de finca. En la tabla cobra 14.122 € al año, el más bajo.
- Especialistas de riego y goteoPor ejemplo: regador, especialista de riego, operario de goteo. En la tabla cobra 14.412 € al año (puesto 16 de 20 por sueldo).
- Cabezalero/a o Jefe/a de EquipoPor ejemplo: cabezalero, jefe de equipo, jefe de cuadrilla. En la tabla cobra 14.296 € al año (puesto 18 de 20 por sueldo).
- TractoristasPor ejemplo: tractorista. En la tabla cobra 16.341 € al año (puesto 10 de 20 por sueldo).
- Reparadores/as de maquinaria agrícolaPor ejemplo: mecánico de maquinaria agrícola, reparador de maquinaria. En la tabla cobra 18.000 € al año (puesto 6 de 20 por sueldo).
- Especialistas maquinaria agrícolaPor ejemplo: operario de maquinaria agrícola, especialista de maquinaria. En la tabla cobra 14.701 € al año (puesto 14 de 20 por sueldo).
- Especialistas agrícolasPor ejemplo: especialista agrícola, operario agrícola especializado. En la tabla cobra 15.106 € al año (puesto 12 de 20 por sueldo).
- Caseros/asPor ejemplo: casero, guardés de finca. En la tabla cobra 14.238 € al año (puesto 19 de 20 por sueldo).
- Capataces no titulados/asPor ejemplo: capataz, encargado de finca. En la tabla cobra 16.978 € al año (puesto 9 de 20 por sueldo).
- ViveristasPor ejemplo: viverista, operario de vivero. En la tabla cobra 14.238 € al año (puesto 19 de 20 por sueldo).
Oficios clásicos
- Mecánicos/as, conductores/as vehiculosPor ejemplo: mecánico, conductor de vehículos, chófer. En la tabla cobra 17.634 € al año (puesto 7 de 20 por sueldo).
- Conductores/as maquinaria agrícolaPor ejemplo: conductor de maquinaria agrícola, maquinista. En la tabla cobra 16.341 € al año (puesto 10 de 20 por sueldo).
- Oficial/aPor ejemplo: oficial de oficio, oficial. En la tabla cobra 17.113 € al año (puesto 8 de 20 por sueldo).
- AyudantePor ejemplo: ayudante de oficio. En la tabla cobra 14.836 € al año (puesto 13 de 20 por sueldo).
- Albañiles y oficios variosPor ejemplo: albañil, operario de oficios varios. En la tabla cobra 17.113 € al año (puesto 8 de 20 por sueldo).
- Especialistas en montaje de invernaderosPor ejemplo: montador de invernaderos, especialista de invernaderos. En la tabla cobra 14.605 € al año (puesto 15 de 20 por sueldo).
Técnicos y administrativos
- Técnico/a de grado superiorPor ejemplo: ingeniero agrónomo, licenciado, técnico superior. En la tabla cobra 26.933 € al año, el sueldo más alto.
- Técnico/a de grado medio o asimiladoPor ejemplo: ingeniero técnico agrícola, diplomado. En la tabla cobra 22.630 € al año (puesto 2 de 20 por sueldo).
- Técnico/a Superior RR. HH y Prev.RRLLPor ejemplo: técnico de recursos humanos, técnico de prevención de riesgos laborales. En la tabla cobra 22.630 € al año (puesto 2 de 20 por sueldo).
- Técnico/a especialistaPor ejemplo: técnico especialista, técnico de laboratorio. En la tabla cobra 21.087 € al año (puesto 3 de 20 por sueldo).
- Capataz titulado/aPor ejemplo: capataz titulado, encargado titulado. En la tabla cobra 20.643 € al año (puesto 4 de 20 por sueldo).
- Oficial/a administrativo/aPor ejemplo: oficial administrativo, administrativo. En la tabla cobra 20.219 € al año (puesto 5 de 20 por sueldo).
- Auxiliar administrativo/aPor ejemplo: auxiliar administrativo, administrativo auxiliar. En la tabla cobra 16.013 € al año (puesto 11 de 20 por sueldo).
- Listero/aPor ejemplo: listero, controlador de personal. En la tabla cobra 14.392 € al año (puesto 17 de 20 por sueldo).
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00, salvo que la nocturnidad sea consustancial al puesto
- Dónde lo dice
- art. 21
- Quién lo cobra
- Horas trabajadas en domingos y festivos por personal adscrito a las bolsas de trabajo voluntarias de domingos y festivos (art. 8); el incremento es de 3 euros sobre el valor de la hora ordinaria de la tabla de su categoría
- Dónde lo dice
- art. 8
- Quién lo cobra
- Personal fijo y fijo discontinuo que suscribe una póliza que cubra muerte o invalidez permanente (la suscripción es a su cargo) y la acredita a la empresa; si la póliza es colectiva, la empresa abona la cantidad según el número de beneficiarios
- Dónde lo dice
- art. 27
- Quién lo cobra
- Solo cuando la empresa no facilita transporte a pocos trabajadores de una zona; no se abona a quienes se contratan «ex novo» con cláusula en contrato ni si no se supera la distancia de seis kilómetros
- Dónde lo dice
- art. 16
- Quién lo cobra
- Desplazamientos fuera del centro de trabajo habitual con más de 95 km y menos de 150 km por trayecto, con autobús o vehículo facilitado por la empresa
- Dónde lo dice
- art. 16
- Quién lo cobra
- Desplazamientos fuera del centro de trabajo habitual con más de 150 km por trayecto
- Dónde lo dice
- art. 16
- Quién lo cobra
- Desplazamientos accidentales para trabajos que obligan a pernoctar fuera de la localidad del centro de trabajo habitual, además del salario y de los gastos de desplazamiento
- Dónde lo dice
- art. 16
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 15
Permisos pagados
1 de los 8 permisos del convenio mejora lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonioart. 11.E | 15 | 15 días naturales | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Enfermedad grave u hospitalización del cónyuge, padres o hijosart. 11.A | 5 (5 con desplazamiento) | 5 días | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 3) |
| Enfermedad grave u hospitalización de parientes de segundo grado de consanguinidad o afinidadart. 11.A y B | 5 (4 con desplazamiento) | 5 días | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2) |
| Intervención quirúrgica sin hospitalización con reposo domiciliario de parientes hasta segundo gradoart. 11.C | 5 (4 con desplazamiento) | 5 días | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2) |
| Fallecimiento del cónyuge, padres o hijosart. 11.B | 3 (5 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento de parientes de segundo grado de consanguinidad o afinidadart. 11.B | 2 (4 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personalart. 11.D | — | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Traslado de domicilio habitualart. 11.G | 1 (2 con desplazamiento) | 1 día | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Exámenes prenatales y preparación al parto | No lo menciona | El tiempo necesario | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | No lo menciona | 4 días al año (horas) | Lo da el Estatuto |
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de tomate de Murcia?
Su estado a 16 de octubre de 2026 es: caducado, pero se sigue aplicando. Vigencia del 22/10/2021 al 31/12/2023.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de tomate de Murcia en 2026?
Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 14.122,25 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de tomate de Murcia?
30 días naturales al año.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
Campo y agricultura en otras provincias
AlbaceteAlicanteAlmeríaÁvilaCádizCataluñaCiudad RealComunitat Valenciana
Otros convenios de Murcia
Comercio de alimentación y supermercadosComercio de alimentación y supermercadosComercioConstrucciónHosteleríaLimpieza de edificios y locales
Lo que suele venir después.
Fuente: anuncio 3241/2022 (Boletín Oficial de la Región de Murcia (Boletín Oficial de la Región de Murcia), texto del convenio, publicado el 18/6/2022). Revisado el .
Solo afecta a las empresas agrícolas de la Región de Murcia dedicadas a las plantaciones y recolecciones de tomate y lechuga o de cualquier otro producto agrícola que cosechen (art. 1); no a otros sectores agrícolas, y el convenio agrícola, forestal y pecuario de la Región de Murcia no es supletorio (art. 5.b). Las tablas son las de 2023: los importes inferiores al SMI se sustituyen por el SMI (art. 17).