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Tablas salariales 2024

Convenio colectivo del sector del comercio de alimentación de Álava (2020-⁠2024).

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2024. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Código de convenio 01000325011981

Última actualización: 16 de octubre de 2026

    Hay 45 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +3,5 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. Alternativa a cobrarla: 1 hora y 45 minutos de descanso por cada hora extra trabajada; la persona trabajadora elige. (art. 19 y tabla salarial)

    Sueldo por categoría en 2024
    CategoríaBase / mesBruto anualHora extra
    Grupo I
    Director mercantil1.794,82 €26.922,30 €*126,98 €
    Director profesional1.794,82 €26.922,30 €*126,98 €
    Grupo II
    Jefe/a de división mercantil1.755,14 €26.327,10 €*126,39 €
    Titulado superior1.755,14 €26.327,10 €*126,39 €
    Grupo III
    Jefe/a de personal1.671,73 €25.075,95 €*125,13 €
    Programador/a informático/a1.671,73 €25.075,95 €*125,13 €
    Jefe/a de ventas y/o compras1.671,73 €25.075,95 €*125,13 €
    Encargado/a general1.671,73 €25.075,95 €*125,13 €
    Grupo IV
    Jefe/a administrativo1.623,14 €24.347,10 €*124,40 €
    Grupo V
    Jefe/a de sucursal1.571,98 €23.579,70 €*123,63 €
    Jefe/a de almacén1.571,98 €23.579,70 €*123,63 €
    Jefe/a de supermercado1.571,98 €23.579,70 €*123,63 €
    Grupo VI
    Titulado/a grado medio1.519,32 €22.789,80 €*123,84 €
    Grupo VII
    Jefe de sección administrativa1.468,14 €22.022,10 €*122,07 €
    Escaparatista1.468,14 €22.022,10 €*122,07 €
    Grupo VIII
    Jefe/a de grupo1.467,38 €22.010,70 €*122,06 €
    Jefe/a de sección1.467,38 €22.010,70 €*122,06 €
    Jefe/a de taller1.467,38 €22.010,70 €*122,06 €
    Grupo IX
    Encargado/a de establecimiento1.399,12 €20.986,80 €*121,03 €
    Operador/a1.399,12 €20.986,80 €*121,03 €
    Vendedor/a1.399,12 €20.986,80 €*121,03 €
    Comprador/a1.399,12 €20.986,80 €*121,03 €
    Subastador/a1.399,12 €20.986,80 €*121,03 €
    Dibujante1.399,12 €20.986,80 €*121,03 €
    Administrativo/a1.399,12 €20.986,80 €*121,03 €
    Grupo X
    Dependiente/a1.164,75 €17.471,25 €*117,51 €
    Cajero/a1.164,75 €17.471,25 €*117,51 €
    Corredor plaza1.164,75 €17.471,25 €*117,51 €
    Viajante/a1.164,75 €17.471,25 €*117,51 €
    Delineante1.164,75 €17.471,25 €*117,51 €
    Rotulista1.164,75 €17.471,25 €*117,51 €
    Profesional de 1ª1.164,75 €17.471,25 €*117,51 €
    Mozo especialista1.164,75 €17.471,25 €*117,51 €
    Grupo XI
    Auxiliar de caja1.116,55 €16.748,25 €*116,79 €
    Auxiliar administrativo1.116,55 €16.748,25 €*116,79 €
    Capataz1.116,55 €16.748,25 €*116,79 €
    Ayudante dependiente/a1.116,55 €16.748,25 €*116,79 €
    Profesional de 2ª1.116,55 €16.748,25 €*116,79 €
    Reponedor/a1.116,55 €16.748,25 €*116,79 €
    Mozo-peón1.116,55 €16.748,25 €*116,79 €
    Telefonista1.116,55 €16.748,25 €*116,79 €
    Empaquetador/a1.116,55 €16.748,25 €*116,79 €
    Conserje1.116,55 €16.748,25 €*116,79 €
    Cobrador1.116,55 €16.748,25 €*116,79 €
    Vigilante1.116,55 €16.748,25 €*116,79 €

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    El salario de la tabla es por grupo; cada categoría del grupo cobra lo mismo.

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.746 horas de jornada anual del convenio.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Antigüedad (cuatrienios)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla; se devenga por cuatrienios, hasta ocho.

      Cotiza y tributa como salario. art. 14 y tabla de antigüedad

      Se añade a las tres pagas extraordinarias.

    • Plus hornero/a

      97,50 € al mes, en 15 pagas

      Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Dependiente cuya prestación básica sea atender la manipulación y cocción de masa, poner a punto el horno para pastelería y pan y cuidar los útiles y su limpieza.

      Cotiza y tributa como salario. art. 16 y tabla

      Se abona también en las pagas extraordinarias. En la tabla comparte celda con el plus de cámaras frigoríficas (mismo importe: 97,50 €/mes).

    • Plus de cámaras frigoríficas negativas

      97,50 € al mes, en 15 pagas

      Lo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Personal que trabaje en cámaras frigoríficas negativas con una jornada igual o superior al 25 % en cámaras.

      Cotiza y tributa como salario. art. 16 bis (acuerdo de modificación) y tabla

      Añadido por el acuerdo de 14/02/2024 (BOTHA 26/02/2024); también se paga en las pagas extraordinarias. El importe es el de la tabla 2024 del BOTHA n.º 6.

    • Plus de nocturnidad (trabajo nocturno esporádico)

      223,95 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Quien de manera esporádica hace parte de su trabajo en horario nocturno; jornada completa, y la parte proporcional en jornada parcial.

      Cotiza y tributa como salario. art. 17 y tabla

      No se aplica si el salario ya se fijó atendiendo a que el trabajo es nocturno por su propia naturaleza.

    • Plus de domingos y festivos

      14,52 € por cada día trabajado

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Empresas que abren en domingo o festivo por las peculiaridades de su comercio (el comercio de alimentación en general no trabaja esos días); parte proporcional en jornada parcial.

      Cotiza y tributa como salario. art. 18 y tabla

    • Plus de penosidad, toxicidad o peligrosidad

      5 %, 10 % o 15 % sobre el salario base del convenio según concurra una, dos o tres de las circunstancias

      Lo que se paga por trabajos especialmente duros. Quién lo cobra: Empresas cuya actividad se haya declarado penosa, tóxica o peligrosa por la legislación vigente, para el personal de esos puestos.

      Cotiza y tributa como salario. art. 15

    • Plus de idiomas

      el 10 % de tu salario base

      Lo que se paga si tu puesto exige otros idiomas. Quién lo cobra: Conocimientos acreditados de una o más lenguas no oficiales, siempre que la empresa los requiera o pacte.

      Cotiza y tributa como salario. art. 22

    • Plus de riesgo por manejo de dinero

      14,50 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres. Quién lo cobra: Personal que hace cobros al contado (y quien haga funciones parecidas fuera del establecimiento) y lleva habitualmente más de 300,00 €, siempre que su salario equivalga al pactado en el convenio.

      Cotiza y tributa como salario. art. 40

      El texto no liga el importe a un año concreto.

    • Dieta de jornada completa

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Comisión de servicio fuera de la residencia habitual de trabajo.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 21

      El convenio da 38,00 € en 2023 y dice que en 2024 se incrementa un 3,5 %, sin publicar la cifra: no se calcula.

    • Comida fuera de la residencia

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Comisión de servicio fuera de la residencia habitual de trabajo.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 21

      18,00 € en 2023; +3,5 % en 2024 sin cifra publicada: no se calcula.

    • Cena fuera de la residencia

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Comisión de servicio fuera de la residencia habitual de trabajo.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 21

      15,00 €; +3,5 % en 2024 sin cifra publicada: no se calcula.

    • Kilometraje con vehículo propio

      0,29 €/km en 2023, incrementado un 3,5 % en 2024 (cifra no publicada)

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Uso del vehículo particular en comisión de servicio de la empresa.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 21

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: BOTHA (tabla salarial 2024, publicado el 15/1/2024). Revisado el .

    Código de convenio 01000325011981

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