Convenio colectivo
Convenio colectivo del sector del comercio de alimentación de Álava (2020-2024).
Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
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- Adaptación de jornada
- Reducción de jornada
- Excedencia
laborables
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tablas salariales 2026
Tabla provisional: el convenio no ha publicado aún la tabla de 2026; mostramos la de 2024 en ultraactividad. Puede cambiar cuando se publique la revisión.
Salario de tabla, bruto en 15 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)
12 de 45 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| DirecciónPuestos: director, director. | ||
| Director mercantil | 1.794,82 € | 26.922,30 € |
| Director profesional | 1.794,82 € | 26.922,30 € |
| Jefaturas de división y titulados superioresPuestos: jefe de división, titulado superior. | ||
| Jefe/a de división mercantil | 1.755,14 € | 26.327,10 € |
| Titulado superior | 1.755,14 € | 26.327,10 € |
| Jefaturas y mandosPuestos: jefe de personal, programador, jefe de ventas, encargado general. | ||
| Jefe/a de personal | 1.671,73 € | 25.075,95 € |
| Programador/a informático/a | 1.671,73 € | 25.075,95 € |
| Jefe/a de ventas y/o compras | 1.671,73 € | 25.075,95 € |
| Encargado/a general | 1.671,73 € | 25.075,95 € |
| Jefe/a administrativoPuestos: jefe administrativo, responsable de administración, jefe de oficina. | 1.623,14 € | 24.347,10 € |
| Jefaturas de sucursal, almacén y supermercadoPuestos: jefe de sucursal, jefe de almacén, jefe de supermercado. | ||
| Jefe/a de sucursal | 1.571,98 € | 23.579,70 € |
| Jefe/a de almacén | 1.571,98 € | 23.579,70 € |
| Jefe/a de supermercado | 1.571,98 € | 23.579,70 € |
| Titulado/a grado medioPuestos: titulado medio, diplomado, ingeniero técnico en plantilla. | 1.519,32 € | 22.789,80 € |
| Jefaturas de sección administrativa y escaparatismoPuestos: jefe de sección administrativa, escaparatista. | ||
| Jefe de sección administrativa | 1.468,14 € | 22.022,10 € |
| Escaparatista | 1.468,14 € | 22.022,10 € |
| Jefaturas de grupo, sección y tallerPuestos: jefe de grupo, jefe de sección, jefe de taller. | ||
| Jefe/a de grupo | 1.467,38 € | 22.010,70 € |
| Jefe/a de sección | 1.467,38 € | 22.010,70 € |
| Jefe/a de taller | 1.467,38 € | 22.010,70 € |
| Encargados, comerciales y administrativosPuestos: encargado de tienda, operador informático, comercial, comprador. | ||
| Encargado/a de establecimiento | 1.399,12 € | 20.986,80 € |
| Operador/a | 1.399,12 € | 20.986,80 € |
| Vendedor/a | 1.399,12 € | 20.986,80 € |
| Comprador/a | 1.399,12 € | 20.986,80 € |
| Subastador/a | 1.399,12 € | 20.986,80 € |
| Dibujante | 1.399,12 € | 20.986,80 € |
| Administrativo/a | 1.399,12 € | 20.986,80 € |
| Dependientes, cajeros y profesionalesPuestos: dependiente, cajero, corredor de plaza, viajante. | ||
| Dependiente/a | 1.164,75 € | 17.471,25 € |
| Cajero/a | 1.164,75 € | 17.471,25 € |
| Corredor plaza | 1.164,75 € | 17.471,25 € |
| Viajante/a | 1.164,75 € | 17.471,25 € |
| Delineante | 1.164,75 € | 17.471,25 € |
| Rotulista | 1.164,75 € | 17.471,25 € |
| Profesional de 1ª | 1.164,75 € | 17.471,25 € |
| Mozo especialista | 1.164,75 € | 17.471,25 € |
| Auxiliares y personal subalternoPuestos: auxiliar de caja, auxiliar administrativo, capataz, ayudante de tienda. | ||
| Auxiliar de caja SMI | 1.116,55 € | 16.748,25 € |
| Auxiliar administrativo SMI | 1.116,55 € | 16.748,25 € |
| Capataz SMI | 1.116,55 € | 16.748,25 € |
| Ayudante dependiente/a SMI | 1.116,55 € | 16.748,25 € |
| Profesional de 2ª SMI | 1.116,55 € | 16.748,25 € |
| Reponedor/a SMI | 1.116,55 € | 16.748,25 € |
| Mozo-peón SMI | 1.116,55 € | 16.748,25 € |
| Telefonista SMI | 1.116,55 € | 16.748,25 € |
| Empaquetador/a SMI | 1.116,55 € | 16.748,25 € |
| Conserje SMI | 1.116,55 € | 16.748,25 € |
| Cobrador SMI | 1.116,55 € | 16.748,25 € |
| Vigilante SMI | 1.116,55 € | 16.748,25 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Dirección
El convenio no describe los grupos por separado: los define por las categorías que incluye (Director mercantil, Director profesional).
- Director mercantilEmpleado a las órdenes inmediatas de la empresa que, participando en la elaboración de su política, dirige, coordina y se responsabiliza de las actividades de la dirección a su cargo. En la tabla cobra 26.922 € al año, el sueldo más alto.
- Director profesionalIgual que el director mercantil: dirige, coordina y se responsabiliza de las actividades de dirección a su cargo, a las órdenes inmediatas de la empresa. En la tabla cobra 26.922 € al año, el sueldo más alto.
Jefaturas de división y titulados superiores
El convenio no describe los grupos por separado: los define por las categorías que incluye (Jefe/a de división mercantil, Titulado superior).
- Jefe/a de división mercantilA las órdenes de un director, coordina y ejecuta bajo su responsabilidad las normas dictadas para la organización de la división comercial a su cargo. En la tabla cobra 26.327 € al año (puesto 2 de 11 por sueldo).
- Titulado superiorCon título de grado superior reconocido por el Ministerio de Educación, ejerce en la empresa de forma permanente y con responsabilidad directa funciones propias de su profesión, para las que fue contratado. En la tabla cobra 26.327 € al año (puesto 2 de 11 por sueldo).
Jefaturas y mandos
El convenio no describe los grupos por separado: los define por las categorías que incluye (Jefe/a de personal, Programador/a informático/a, Jefe/a de ventas y/o compras, Encargado/a general).
- Jefe/a de personalAl frente del personal de la empresa, dicta las normas de organización y distribución del trabajo y vigila su cumplimiento, cuida nóminas, primas y comisiones, concede permisos, propone sanciones y selecciona personal. En la tabla cobra 25.076 € al año (puesto 3 de 11 por sueldo).
- Programador/a informático/aEstudia procesos complejos definidos, hace organigramas de tratamiento, escribe programas en el lenguaje indicado, hace juegos de ensayo, pone a punto los programas y documenta el manual de consola. En la tabla cobra 25.076 € al año (puesto 3 de 11 por sueldo).
- Jefe/a de ventas y/o comprasLleva la responsabilidad, revisión y coordinación de las operaciones comerciales y/o hace de forma permanente las compras generales de las mercancías de la empresa. En la tabla cobra 25.076 € al año (puesto 3 de 11 por sueldo).
- Encargado/a generalEstá al frente de un establecimiento del que dependen sucursales en distintas plazas o asume la dirección superior de varias sucursales. En la tabla cobra 25.076 € al año (puesto 3 de 11 por sueldo).
Jefatura administrativa
El convenio no describe los grupos por separado: los define por las categorías que incluye (Jefe/a administrativo).
- Jefe/a administrativoLleva la responsabilidad, inspección, revisión o dirección de uno o varios trabajos administrativos de la empresa, les imprime unidad, los distribuye y los dirige. En la tabla cobra 24.347 € al año (puesto 4 de 11 por sueldo).
Jefaturas de sucursal, almacén y supermercado
El convenio no describe los grupos por separado: los define por las categorías que incluye (Jefe/a de sucursal, Jefe/a de almacén, Jefe/a de supermercado).
- Jefe/a de sucursalEstá al frente de una sucursal y ejerce, por delegación, funciones propias de la empresa. En la tabla cobra 23.580 € al año (puesto 5 de 11 por sueldo).
- Jefe/a de almacénEstá al frente de un almacén y se ocupa de reposición, conservación, colocación, rotación de producto, registro de entradas y salidas, vigilancia de caducidades y distribución a clientes y sucursales; ordena el trabajo de las secciones. En la tabla cobra 23.580 € al año (puesto 5 de 11 por sueldo).
- Jefe/a de supermercadoEstá al frente de un establecimiento del que pueden depender sucursales en la misma o distinta plaza; es el responsable total de esos cometidos. En la tabla cobra 23.580 € al año (puesto 5 de 11 por sueldo).
Titulados de grado medio
El convenio no describe los grupos por separado: los define por las categorías que incluye (Titulado/a grado medio).
- Titulado/a grado medioCon título de grado medio reconocido por el Ministerio de Educación, desempeña las funciones propias de su profesión, para las que fue contratado. En la tabla cobra 22.790 € al año (puesto 6 de 11 por sueldo).
Jefaturas de sección administrativa y escaparatismo
El convenio no describe los grupos por separado: los define por las categorías que incluye (Jefe de sección administrativa, Escaparatista).
- Jefe de sección administrativaLleva la responsabilidad o dirección de una de las secciones en que se divide el trabajo, con autoridad directa sobre los empleados a sus órdenes. En la tabla cobra 22.022 € al año (puesto 7 de 11 por sueldo).
- EscaparatistaTiene asignada como función principal y permanente la ornamentación de interiores, escaparates y vitrinas para exponer los artículos a la venta. En la tabla cobra 22.022 € al año (puesto 7 de 11 por sueldo).
Jefaturas de grupo, sección y taller
El convenio no describe los grupos por separado: los define por las categorías que incluye (Jefe/a de grupo, Jefe/a de sección, Jefe/a de taller).
- Jefe/a de grupoBajo las órdenes inmediatas de un superior, dirige los trabajos de un grupo, indica cómo ejecutarlos y es responsable de su disciplina. En la tabla cobra 22.011 € al año (puesto 8 de 11 por sueldo).
- Jefe/a de secciónEstá al frente de una sección con mando directo o vigilancia del personal, con facultades para intervenir en las ventas y orientar sobre compras, surtido y exhibición de mercancías. En la tabla cobra 22.011 € al año (puesto 8 de 11 por sueldo).
- Jefe/a de tallerTécnicamente capacitado, está al frente de un taller auxiliar comercial de la empresa y manda sobre los profesionales de oficio. En la tabla cobra 22.011 € al año (puesto 8 de 11 por sueldo).
Encargados, comerciales y administrativos
El convenio no describe los grupos por separado: los define por las categorías que incluye (Encargado/a de establecimiento, Operador/a, Vendedor/a, Comprador/a, Subastador/a, Dibujante, Administrativa/o).
- Encargado/a de establecimientoEstá al frente de un establecimiento bajo la dependencia directa de la empresa: verifica entradas de mercancía, repone artículos, hace ingresos y dirige al personal encomendado. En la tabla cobra 20.987 € al año (puesto 9 de 11 por sueldo).
- Operador/aManeja ordenadores para el tratamiento de la información, interpreta y desarrolla instrucciones para su explotación y confecciona pequeños programas auxiliares, bajo supervisión. En la tabla cobra 20.987 € al año (puesto 9 de 11 por sueldo).
- Vendedor/aVisita a los clientes de la empresa, les ofrece los productos, toma pedidos, gestiona el cobro de facturas, resuelve reclamaciones y capta nuevos clientes. En la tabla cobra 20.987 € al año (puesto 9 de 11 por sueldo).
- Comprador/aCon conocimiento de calidades y clases de artículos, hace las compras de varios establecimientos de acuerdo con la normativa comercial de la empresa. En la tabla cobra 20.987 € al año (puesto 9 de 11 por sueldo).
- Subastador/aA las órdenes de un mayorista de carne, pescado, fruta, etc., y con conocimiento de calidades, lleva a cabo la subasta de los artículos. En la tabla cobra 20.987 € al año (puesto 9 de 11 por sueldo).
- DibujanteRealiza con iniciativa propia dibujos artísticos propios de su competencia profesional. En la tabla cobra 20.987 € al año (puesto 9 de 11 por sueldo).
- Administrativo/aBajo supervisión, se dedica a operaciones administrativas y, en general, a las puramente mecánicas del trabajo de oficinas o despacho. En la tabla cobra 20.987 € al año (puesto 9 de 11 por sueldo).
Dependientes, cajeros y profesionales
El convenio no describe los grupos por separado: los define por las categorías que incluye (Dependiente/a, Cajero/a, Corredor plaza, Viajante/a, Delineante, Rotulista, Profesional de 1ª, Mozo especialista).
- Dependiente/aCon conocimientos prácticos de los artículos, orienta al público en sus compras en uno o varios departamentos (carnicería, pescadería, charcutería, frutería, limpieza…), cobra o no la mercancía y cuida la reposición, el etiquetado y el orden. En la tabla cobra 17.471 € al año (puesto 10 de 11 por sueldo).
- Cajero/aEfectúa los cobros de mercancías o abonos, en metálico o con tarjeta, marcando las operaciones en las cajas registradoras. En la tabla cobra 17.471 € al año (puesto 10 de 11 por sueldo).
- Corredor plazaVisita a clientes de la empresa en una sola plaza, ofrece productos, toma pedidos, cobra facturas y resuelve reclamaciones. En la tabla cobra 17.471 € al año (puesto 10 de 11 por sueldo).
- Viajante/aVisita a clientes de la empresa, les ofrece los productos, informa comercialmente, toma pedidos, cobra facturas y resuelve reclamaciones. En la tabla cobra 17.471 € al año (puesto 10 de 11 por sueldo).
- DelineanteTécnico capacitado para desarrollar proyectos sencillos, levantar e interpretar planos y trabajos análogos. En la tabla cobra 17.471 € al año (puesto 10 de 11 por sueldo).
- RotulistaSe dedica exclusivamente a confeccionar rótulos, carteles y trabajos semejantes. En la tabla cobra 17.471 € al año (puesto 10 de 11 por sueldo).
- Profesional de 1ªCon permiso de conducir de primera clase, está a cargo del vehículo de la empresa y colabora en la carga y descarga. En la tabla cobra 17.471 € al año (puesto 10 de 11 por sueldo).
- Mozo especialistaCompleta las tareas de mozo y hace trabajos concretos que, sin ser un oficio, exigen práctica: clasifica la mercancía, controla albaranes y puede cobrar en el punto de venta. En la tabla cobra 17.471 € al año (puesto 10 de 11 por sueldo).
Auxiliares y personal subalterno
El convenio no describe los grupos por separado: los define por las categorías que incluye (Auxiliar de caja, Auxiliar administrativo, Capataz, Ayudante dependiente/a, Profesional de 2ª, Reponedor/a, Mozo-peón, Telefonista, Empaquetador/a, Conserje, Cobrador, Vigilante).
- Auxiliar de cajaBajo supervisión, cobra las ventas al contado, revisa talones de caja, redacta facturas y recibos y hace otras tareas propias de su actividad. En la tabla cobra 16.748 € al año, el más bajo.
- Auxiliar administrativoRealiza funciones bajo la supervisión de quien tiene la categoría de administrativo. En la tabla cobra 16.748 € al año, el más bajo.
- CapatazEstá al frente de mozos y mozas especializados, dirige su trabajo y cuida su disciplina y rendimiento. En la tabla cobra 16.748 € al año, el más bajo.
- Ayudante dependiente/aHabiendo hecho el aprendizaje, auxilia a los dependientes en sus funciones y puede realizar por sí operaciones de venta. En la tabla cobra 16.748 € al año, el más bajo.
- Profesional de 2ªCon permiso de conducir de segunda clase, está a cargo del vehículo de la empresa y colabora en la carga y descarga. En la tabla cobra 16.748 € al año, el más bajo.
- Reponedor/aColoca y repone mercancías en góndolas y estanterías de la sala de venta según criterios técnicos, las traslada con medios propios o mecánicos y hace marcaje, conteo y comprobación. En la tabla cobra 16.748 € al año, el más bajo.
- Mozo-peónCarga, descarga, fracciona, embolsa, transporta, lleva transpaleta, coloca, acompaña al camión de reparto, recoge y clasifica mercancías y mantiene en condiciones de higiene su lugar de trabajo. En la tabla cobra 16.748 € al año, el más bajo.
- TelefonistaAtiende una centralita telefónica, establece las comunicaciones con el interior y el exterior y anota y transmite los avisos recibidos. En la tabla cobra 16.748 € al año, el más bajo.
- Empaquetador/aSe dedica a embalar los artículos que se venden, comprobando las mercancías envasadas y fijando en la etiqueta las disposiciones legales requeridas. En la tabla cobra 16.748 € al año, el más bajo.
- ConserjeEncargado de distribuir el trabajo de los ordenanzas y de cuidar el ornato y la policía de las distintas dependencias. En la tabla cobra 16.748 € al año, el más bajo.
- CobradorSu único cometido es realizar cobros y pagos fuera del establecimiento. En la tabla cobra 16.748 € al año, el más bajo.
- VigilanteEmpleado subalterno con funciones exclusivas de vigilancia, diurna o nocturna, cuidando los accesos de fábrica, almacén o locales. En la tabla cobra 16.748 € al año, el más bajo.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Toda la plantilla; se devenga por cuatrienios, hasta ocho
- Dónde lo dice
- art. 14 y tabla de antigüedad
- Quién lo cobra
- Dependiente cuya prestación básica sea atender la manipulación y cocción de masa, poner a punto el horno para pastelería y pan y cuidar los útiles y su limpieza
- Dónde lo dice
- art. 16 y tabla
- Quién lo cobra
- Personal que trabaje en cámaras frigoríficas negativas con una jornada igual o superior al 25 % en cámaras
- Dónde lo dice
- art. 16 bis (acuerdo de modificación) y tabla
- Quién lo cobra
- Quien de manera esporádica hace parte de su trabajo en horario nocturno; jornada completa, y la parte proporcional en jornada parcial
- Dónde lo dice
- art. 17 y tabla
- Quién lo cobra
- Empresas que abren en domingo o festivo por las peculiaridades de su comercio (el comercio de alimentación en general no trabaja esos días); parte proporcional en jornada parcial
- Dónde lo dice
- art. 18 y tabla
- Quién lo cobra
- Empresas cuya actividad se haya declarado penosa, tóxica o peligrosa por la legislación vigente, para el personal de esos puestos
- Dónde lo dice
- art. 15
- Quién lo cobra
- Conocimientos acreditados de una o más lenguas no oficiales, siempre que la empresa los requiera o pacte
- Dónde lo dice
- art. 22
- Quién lo cobra
- Personal que hace cobros al contado (y quien haga funciones parecidas fuera del establecimiento) y lleva habitualmente más de 300,00 €, siempre que su salario equivalga al pactado en el convenio
- Dónde lo dice
- art. 40
- Quién lo cobra
- Comisión de servicio fuera de la residencia habitual de trabajo
- Dónde lo dice
- art. 21
- Quién lo cobra
- Comisión de servicio fuera de la residencia habitual de trabajo
- Dónde lo dice
- art. 21
- Quién lo cobra
- Comisión de servicio fuera de la residencia habitual de trabajo
- Dónde lo dice
- art. 21
- Quién lo cobra
- Uso del vehículo particular en comisión de servicio de la empresa
- Dónde lo dice
- art. 21
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 19 y tabla salarial
Revisión salarial
El convenio no incluye cláusula de revisión por IPC. (arts. 5 y 6).
Permisos pagados
5 de los 9 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonio o pareja de hechoart. 11.a | 20 | 15 días naturales | Mejora el Estatuto |
| Accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención con reposo domiciliario de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º grado (y convivientes que precisen cuidado)art. 11.b | 5 | 5 días | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Fallecimiento de cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta 2.º gradoart. 11.c | 3 (5 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Matrimonio de parientes hasta 2.º gradoart. 11.d | 1 | — | Mejora el Estatuto |
| Consulta médica propia (general o especialista)art. 11.e | — | — | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Acompañar al médico a hijos menores de 12 años y familiares dependientes hasta 2.º grado (30 horas)art. 11.f | — | — | Mejora el Estatuto |
| Traslado del domicilio habitualart. 11.g | 1 | 1 día | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Asuntos propiosart. 11.h | 1 | — | Mejora el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personalart. 37.3.d ET | — | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Exámenes prenatales y preparación al parto | No lo menciona | El tiempo necesario | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | No lo menciona | 4 días al año (horas) | Lo da el Estatuto |
Periodo de prueba y preaviso
Periodo de prueba
- Contratos temporales de técnicos no titulados: 1 mes
Preaviso si te vas
- Toda la plantilla: 15 días
Qué ha cambiado
Avisos oficiales sobre este convenio, del más reciente al más antiguo. Cada uno lleva una etiqueta que dice qué tipo de aviso es.
- Aviso30 de mayo de 2025Registrada la promoción de la negociación del siguiente convenio (REGCON).Novedad sobre este convenio. Ver el aviso oficial
- Publicado26 de febrero de 2024Publicado el acuerdo de modificación parcial (fines de semana de calidad y plus de cámaras frigoríficas).Ya consta en el boletín oficial: tiene validez. Ver el aviso oficial
- Publicado15 de enero de 2024Publicado el convenio del comercio de alimentación de Álava 2020-2024.Ya consta en el boletín oficial: tiene validez. Ver el aviso oficial
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de alimentación de Araba/Álava?
Su estado a 16 de octubre de 2026 es: caducado, pero se sigue aplicando. Vigencia del 1/1/2020 al 31/12/2024.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de alimentación de Araba/Álava en 2026?
Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 16.748,25 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de alimentación de Araba/Álava?
22 días laborables al año.
¿Cuánto dura el periodo de prueba?
Contratos temporales de técnicos no titulados: 1 mes.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
Comercio de alimentación y supermercados en otras provincias
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Otros convenios de Araba/Álava
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Lo que suele venir después.
Fuente: BOTHA (texto del convenio, publicado el 15/1/2024). Revisado el .
Venció el 31/12/2024 y está denunciado (art. 3). Las partes pactaron un plazo máximo de negociación del siguiente convenio de 42 meses, con ultraactividad por ese plazo. Promoción de la negociación registrada el 30/05/2025; sin tablas posteriores a 2024: se aplican las de 2024 (art. 86 del Estatuto de los Trabajadores).
Convenio de los establecimientos con el 50 % o más de artículos de alimentación (por facturación, actividad o CNAE), incluidas tiendas de golosinas o encurtidos, del Territorio Histórico de Álava. Si la empresa tiene su domicilio fuera de Álava, se aplica solo si el convenio de su provincia es de condiciones inferiores (art. 1). Supermercados y autoservicios pueden tener convenio propio.