Tablas salariales 2025
Convenio colectivo provincial de trabajo de dependencia mercantil (comercio) de Almería.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
Hay 42 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
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Ejemplo · elige tu categoría
Horas extra: El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. Por acuerdo entre empresa y trabajador, descanso retribuido dentro de los cuatro meses siguientes, a razón de una semana por cada 23 horas realizadas; en contratos a tiempo parcial, 1,75 horas por hora trabajada. (art. 26)
Sueldo por categoría en 2025
Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.184 € al mes en 14 pagas · 16.576 € al año)
37 de 42 categorías de la tabla 2025 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2025.
| Categoría | Base / mes | Bruto anual | Hora extra |
|---|---|---|---|
| Grupo I | |||
| Titulado/a de grado superior | 1.120,80 € | 16.812,00 €*1 | 10,60 € |
| Titulado/a de grado medio | 1.025,07 € | 15.376,05 €* SMI2 | 10,60 € |
| Ayudante Técnico Sanitario | 952,38 € | 14.285,70 €* SMI3 | 10,60 € |
| Grupo II | |||
| Director/a · Grupo II | 1.171,88 € | 17.578,20 €*4 | 10,60 € |
| Jefe/a de división · Grupo II | 1.110,60 € | 16.659,00 €*5 | 10,60 € |
| Jefe/a de Personal, Jefe/a de compras, Jefe/a de ventas y Encargado/a general | 1.095,28 € | 16.429,20 €* SMI6 | 10,60 € |
| Jefe/a de sucursal o supermercado y Jefe/a de almacén y Jefe/a de grupo | 1.025,07 € | 15.376,05 €* SMI2 | 10,60 € |
| Jefe/a de sección mercantil | 988,70 € | 14.830,50 €* SMI7 | 10,60 € |
| Encargado/a de establecimiento, Vendedor/a, Comprador/a e Interprete | 967,55 € | 14.513,25 €* SMI8 | 10,60 € |
| Dependiente mayor | 1.060,94 € | 15.914,10 €* SMI9 | 10,60 € |
| Viajante, Corredor de plaza, Dependiente y Dependiente cajero/a | 964,51 € | 14.467,65 €* SMI10 | 10,60 € |
| Ayudante y Ayudante de Dependiente cajero/a | 843,12 € | 12.646,80 €* SMI11 | 10,60 € |
| Grupo III | |||
| Director/a · Grupo III | 1.171,88 € | 17.578,20 €*4 | 10,60 € |
| Jefe/a de división · Grupo III | 1.110,59 € | 16.658,85 €*12 | 10,60 € |
| Jefe/a administrativo | 1.037,73 € | 15.565,95 €* SMI13 | 10,60 € |
| Secretario/a | 1.013,73 € | 15.205,95 €* SMI14 | 10,60 € |
| Contable | 975,07 € | 14.626,05 €* SMI15 | 10,60 € |
| Jefe/a de sección administrativa | 1.003,26 € | 15.048,90 €* SMI16 | 10,60 € |
| Contable-Cajero/a o Taquimecanógrafo/a | 975,07 € | 14.626,05 €* SMI15 | 10,60 € |
| Oficial administrativo/a u Operador/a de máquinas contables y Procesador/a de datos | 964,51 € | 14.467,65 €* SMI10 | 10,60 € |
| Auxiliar administrativo/a o Perforista | 883,04 € | 13.245,60 €* SMI17 | 10,60 € |
| Grupo IV | |||
| Jefe/a de sección de servicios, Dibujante y Escaparatista | 988,70 € | 14.830,50 €* SMI7 | 10,60 € |
| Ayudante de montaje | 792,23 € | 11.883,45 €* SMI18 | 10,60 € |
| Delineante Visitador y Rotulista | 879,58 € | 13.193,70 €* SMI19 | 10,60 € |
| Cortador/a | 931,53 € | 13.972,95 €* SMI20 | 10,60 € |
| Ayudante de cortador/a | 872,30 € | 13.084,50 €* SMI21 | 10,60 € |
| Jefe/a de taller | 987,53 € | 14.812,95 €* SMI22 | 10,60 € |
| Profesional de oficio de 1ª y Técnicos de máquinas y electrodomésticos | 941,51 € | 14.122,65 €* SMI23 | 10,60 € |
| Profesional de oficio de 2ª | 916,14 € | 13.742,10 €* SMI24 | 10,60 € |
| Profesional de oficio de 3ª | 877,82 € | 13.167,30 €* SMI25 | 10,60 € |
| Capataz | 916,68 € | 13.750,20 €* SMI26 | 10,60 € |
| Mozo/a especializado y Palista | 881,05 € | 13.215,75 €* SMI27 | 10,60 € |
| Ascensorista y Telefonista | 814,70 € | 12.220,50 €* SMI28 | 10,60 € |
| Mozo/a | 844,04 € | 12.660,60 €* SMI29 | 10,60 € |
| Empaquetador/a | 853,65 € | 12.804,75 €* SMI30 | 10,60 € |
| Conductor/a-repartidor/a de 1ª | 1.014,21 € | 15.213,15 €* SMI31 | 10,60 € |
| Conductor/a-repartidor/a de 2ª | 970,32 € | 14.554,80 €* SMI32 | 10,60 € |
| Conductor/a-repartidor/a de 3ª | 916,82 € | 13.752,30 €* SMI33 | 10,60 € |
| Personal de limpieza (jornada completa) | 807,02 € | 12.105,30 €* SMI34 | 10,60 € |
| Grupo V | |||
| Conserje | 916,68 € | 13.750,20 €* SMI26 | 10,60 € |
| Cobrador/a | 926,85 € | 13.902,75 €* SMI35 | 10,60 € |
| Vigilante, Sereno, Ordenanza y Portero/a | 814,70 € | 12.220,50 €* SMI28 | 10,60 € |
* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.
Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
1. Titulado/a de grado superior: Tabla del anexo II, en vigor desde el 1/7/2025. Del 1/1 al 30/6/2025 se mantuvo la tabla de 2024 (anexo I): salario base 1.088,16 € al mes y cuatrienio de 50,18 € al mes.
2. Titulado/a de grado medio y otras: Tabla del anexo II, en vigor desde el 1/7/2025. Del 1/1 al 30/6/2025 se mantuvo la tabla de 2024 (anexo I): salario base 995,21 € al mes y cuatrienio de 45,82 € al mes.
3. Ayudante Técnico Sanitario: Tabla del anexo II, en vigor desde el 1/7/2025. Del 1/1 al 30/6/2025 se mantuvo la tabla de 2024 (anexo I): salario base 924,64 € al mes y cuatrienio de 42,47 € al mes.
4. Director/a · Grupo II y otras: Tabla del anexo II, en vigor desde el 1/7/2025. Del 1/1 al 30/6/2025 se mantuvo la tabla de 2024 (anexo I): salario base 1.137,75 € al mes y cuatrienio de 52,52 € al mes.
5. Jefe/a de división · Grupo II: Tabla del anexo II, en vigor desde el 1/7/2025. Del 1/1 al 30/6/2025 se mantuvo la tabla de 2024 (anexo I): salario base 1.078,25 € al mes y cuatrienio de 49,72 € al mes.
6. Jefe/a de Personal, Jefe/a de compras, Jefe/a de ventas y Encargado/a general: Tabla del anexo II, en vigor desde el 1/7/2025. Del 1/1 al 30/6/2025 se mantuvo la tabla de 2024 (anexo I): salario base 1.063,38 € al mes y cuatrienio de 49,02 € al mes.
7. Jefe/a de sección mercantil y otras: Tabla del anexo II, en vigor desde el 1/7/2025. Del 1/1 al 30/6/2025 se mantuvo la tabla de 2024 (anexo I): salario base 959,90 € al mes y cuatrienio de 44,13 € al mes.
8. Encargado/a de establecimiento, Vendedor/a, Comprador/a e Interprete: Tabla del anexo II, en vigor desde el 1/7/2025. Del 1/1 al 30/6/2025 se mantuvo la tabla de 2024 (anexo I): salario base 939,37 € al mes y cuatrienio de 43,16 € al mes.
9. Dependiente mayor: Tabla del anexo II, en vigor desde el 1/7/2025. Del 1/1 al 30/6/2025 se mantuvo la tabla de 2024 (anexo I): salario base 1.030,04 € al mes y cuatrienio de 47,30 € al mes.
10. Viajante, Corredor de plaza, Dependiente y Dependiente cajero/a y otras: Tabla del anexo II, en vigor desde el 1/7/2025. Del 1/1 al 30/6/2025 se mantuvo la tabla de 2024 (anexo I): salario base 936,42 € al mes y cuatrienio de 43,02 € al mes.
11. Ayudante y Ayudante de Dependiente cajero/a: Tabla del anexo II, en vigor desde el 1/7/2025. Del 1/1 al 30/6/2025 se mantuvo la tabla de 2024 (anexo I): salario base 818,56 € al mes y cuatrienio de 37,44 € al mes.
12. Jefe/a de división · Grupo III: Tabla del anexo II, en vigor desde el 1/7/2025. Del 1/1 al 30/6/2025 se mantuvo la tabla de 2024 (anexo I): salario base 1.078,24 € al mes y cuatrienio de 49,72 € al mes.
13. Jefe/a administrativo: Tabla del anexo II, en vigor desde el 1/7/2025. Del 1/1 al 30/6/2025 se mantuvo la tabla de 2024 (anexo I): salario base 1.007,50 € al mes y cuatrienio de 46,37 € al mes.
14. Secretario/a: Tabla del anexo II, en vigor desde el 1/7/2025. Del 1/1 al 30/6/2025 se mantuvo la tabla de 2024 (anexo I): salario base 984,20 € al mes y cuatrienio de 45,26 € al mes.
15. Contable y otras: Tabla del anexo II, en vigor desde el 1/7/2025. Del 1/1 al 30/6/2025 se mantuvo la tabla de 2024 (anexo I): salario base 946,67 € al mes y cuatrienio de 43,50 € al mes.
16. Jefe/a de sección administrativa: Tabla del anexo II, en vigor desde el 1/7/2025. Del 1/1 al 30/6/2025 se mantuvo la tabla de 2024 (anexo I): salario base 974,04 € al mes y cuatrienio de 44,52 € al mes.
17. Auxiliar administrativo/a o Perforista: Tabla del anexo II, en vigor desde el 1/7/2025. Del 1/1 al 30/6/2025 se mantuvo la tabla de 2024 (anexo I): salario base 857,32 € al mes y cuatrienio de 39,27 € al mes.
18. Ayudante de montaje: Tabla del anexo II, en vigor desde el 1/7/2025. Del 1/1 al 30/6/2025 se mantuvo la tabla de 2024 (anexo I): salario base 769,16 € al mes y cuatrienio de 35,11 € al mes.
19. Delineante Visitador y Rotulista: Tabla del anexo II, en vigor desde el 1/7/2025. Del 1/1 al 30/6/2025 se mantuvo la tabla de 2024 (anexo I): salario base 853,96 € al mes y cuatrienio de 39,13 € al mes.
20. Cortador/a: Tabla del anexo II, en vigor desde el 1/7/2025. Del 1/1 al 30/6/2025 se mantuvo la tabla de 2024 (anexo I): salario base 904,40 € al mes y cuatrienio de 41,49 € al mes.
21. Ayudante de cortador/a: Tabla del anexo II, en vigor desde el 1/7/2025. Del 1/1 al 30/6/2025 se mantuvo la tabla de 2024 (anexo I): salario base 846,89 € al mes y cuatrienio de 38,80 € al mes.
22. Jefe/a de taller: Tabla del anexo II, en vigor desde el 1/7/2025. Del 1/1 al 30/6/2025 se mantuvo la tabla de 2024 (anexo I): salario base 958,77 € al mes y cuatrienio de 44,06 € al mes.
23. Profesional de oficio de 1ª y Técnicos de máquinas y electrodomésticos: Tabla del anexo II, en vigor desde el 1/7/2025. Del 1/1 al 30/6/2025 se mantuvo la tabla de 2024 (anexo I): salario base 914,09 € al mes y cuatrienio de 41,96 € al mes.
24. Profesional de oficio de 2ª: Tabla del anexo II, en vigor desde el 1/7/2025. Del 1/1 al 30/6/2025 se mantuvo la tabla de 2024 (anexo I): salario base 889,46 € al mes y cuatrienio de 40,80 € al mes.
25. Profesional de oficio de 3ª: Tabla del anexo II, en vigor desde el 1/7/2025. Del 1/1 al 30/6/2025 se mantuvo la tabla de 2024 (anexo I): salario base 852,25 € al mes y cuatrienio de 39,04 € al mes.
26. Capataz y otras: Tabla del anexo II, en vigor desde el 1/7/2025. Del 1/1 al 30/6/2025 se mantuvo la tabla de 2024 (anexo I): salario base 889,98 € al mes y cuatrienio de 40,82 € al mes.
27. Mozo/a especializado y Palista: Tabla del anexo II, en vigor desde el 1/7/2025. Del 1/1 al 30/6/2025 se mantuvo la tabla de 2024 (anexo I): salario base 855,39 € al mes y cuatrienio de 39,21 € al mes.
28. Ascensorista y Telefonista y otras: Tabla del anexo II, en vigor desde el 1/7/2025. Del 1/1 al 30/6/2025 se mantuvo la tabla de 2024 (anexo I): salario base 790,97 € al mes y cuatrienio de 36,11 € al mes.
29. Mozo/a: Tabla del anexo II, en vigor desde el 1/7/2025. Del 1/1 al 30/6/2025 se mantuvo la tabla de 2024 (anexo I): salario base 819,46 € al mes y cuatrienio de 37,50 € al mes.
30. Empaquetador/a: Tabla del anexo II, en vigor desde el 1/7/2025. Del 1/1 al 30/6/2025 se mantuvo la tabla de 2024 (anexo I): salario base 828,79 € al mes y cuatrienio de 37,95 € al mes.
31. Conductor/a-repartidor/a de 1ª: Tabla del anexo II, en vigor desde el 1/7/2025. Del 1/1 al 30/6/2025 se mantuvo la tabla de 2024 (anexo I): salario base 984,67 € al mes y cuatrienio de 45,28 € al mes.
32. Conductor/a-repartidor/a de 2ª: Tabla del anexo II, en vigor desde el 1/7/2025. Del 1/1 al 30/6/2025 se mantuvo la tabla de 2024 (anexo I): salario base 942,06 € al mes y cuatrienio de 43,28 € al mes.
33. Conductor/a-repartidor/a de 3ª: Tabla del anexo II, en vigor desde el 1/7/2025. Del 1/1 al 30/6/2025 se mantuvo la tabla de 2024 (anexo I): salario base 890,12 € al mes y cuatrienio de 40,82 € al mes.
34. Personal de limpieza (jornada completa): Tabla del anexo II, en vigor desde el 1/7/2025. Del 1/1 al 30/6/2025 se mantuvo la tabla de 2024 (anexo I): salario base 783,51 € al mes y cuatrienio de 35,76 € al mes.
35. Cobrador/a: Tabla del anexo II, en vigor desde el 1/7/2025. Del 1/1 al 30/6/2025 se mantuvo la tabla de 2024 (anexo I): salario base 899,85 € al mes y cuatrienio de 41,28 € al mes.
Notas de la tabla. Tabla del anexo II, vigente del 1/7 al 31/12/2025 (+3 % sobre la de 2024). Del 1/1 al 30/6/2025 se mantuvo la tabla de 2024 (anexo I); los efectos económicos del convenio empiezan el 1/7/2025 (art. 6).
Pluses y complementos
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Aumentos periódicos por años de servicio (cuatrienios)
Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Un cuatrienio por cada cuatro años de servicio en la misma empresa, hasta seis como máximo (tope fijado desde el 1/1/1995, sin perjuicio de los derechos adquiridos o en curso); cuenta desde el ingreso, aprendizaje incluido, y se cobra desde el día 1 del mes siguiente a cumplir el cuatrienio. Se incluye en las pagas extra y en las vacaciones.
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Plus de asistencia
36,20 € al mes, en 12 pagasPremio por no faltar al trabajo. Quién lo cobra: Todo el personal, mensual y proporcional a la jornada. Por cada día laborable de falta al trabajo se descuentan 1,45 €.
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Plus de convenio (antiguo plus de transporte)
123,36 € al mes, en 12 pagasPlus fijo que el convenio suma al salario base. Quién lo cobra: Importe único para todo el personal (1.480,34 € al año en 12 mensualidades), proporcional a la jornada y al tiempo efectivamente trabajado; quien lo cobrase íntegro con jornada inferior lo conserva como condición más beneficiosa.
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Plus consolidado (sustituye al complemento de protección familiar)
66,57 € al mes, en 12 pagasQuién lo cobra: Solo quien lo tenía devengado a 31/12/1999 (por matrimonio o por hijo); complemento «ad personam» invariable, que cotiza y se incluye en las pagas extra y en las vacaciones.
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Plus de idiomas
el 10 % de tu salario baseLo que se paga si tu puesto exige otros idiomas. Quién lo cobra: Conocimientos acreditados de uno o más idiomas, nacionales o extranjeros, cuando la empresa los requiera y lo pacte por escrito; un 10 % del salario base por cada idioma.
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Gratificación por ornamentación de escaparates
el 10 % de tu salario baseQuién lo cobra: Personal que no es escaparatista pero hace con carácter normal la ornamentación de escaparates: 10 % de su salario base más los aumentos por años de servicio.
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Plus de nocturnidad
1,52 € por horaLo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Por cada hora trabajada entre las 22:00 y las 6:00, salvo que el salario ya se haya fijado atendiendo a que el trabajo es nocturno por naturaleza o se compense con descanso.
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Quebranto de moneda
80,56 € al mes, en 12 pagasLo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres. Quién lo cobra: Personas con categoría distinta de Cobrador/a que hagan con carácter habitual y permanente las funciones de cobros y pagos, previo pacto escrito; importe por mes efectivamente trabajado, y deben reponer a su costa el dinero que falte salvo atraco.
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Dietas (gastos sin justificante)
Media dieta 5,58 €; dieta completa 11,70 € brutos diarios, según el desplazamiento sea por media jornada o por jornada completaLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Personal en comisión de servicio fuera de su residencia habitual de trabajo: se abonan los gastos justificados (con tope del 80 % del salario base diario en media dieta y del 200 % en dieta completa) y, además, esta dieta por los gastos que no se pueden justificar.
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Kilometraje con vehículo propio
0,26 € por kilómetro recorridoLo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Desplazamientos con vehículo propio; el importe debe estar siempre ajustado al fijado en cada momento en el Reglamento del IRPF.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Fuente: BOP Almería (tabla salarial 2025, publicado el 25/3/2026). Revisado el .
Código de convenio 04000175011982