Tablas salariales 2026
Convenio colectivo provincial de trabajo de dependencia mercantil (comercio) de Almería.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
Hay 42 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Tabla definitiva Subida general +3,0 %
Ejemplo · elige tu categoría
Horas extra: El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. Por acuerdo entre empresa y trabajador, descanso retribuido dentro de los cuatro meses siguientes, a razón de una semana por cada 23 horas realizadas; en contratos a tiempo parcial, 1,75 horas por hora trabajada. (art. 26)
Sueldo por categoría en 2026
Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)
37 de 42 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.
| Categoría | Base / mes | Bruto anual | Subida vs 2025 | Hora extra |
|---|---|---|---|---|
| Grupo I | ||||
| Titulado/a de grado superior | 1.154,42 € | 17.316,30 €* | +3,0 % | 10,92 € |
| Titulado/a de grado medio | 1.055,82 € | 15.837,30 €* SMI | +3,0 % | 10,92 € |
| Ayudante Técnico Sanitario | 980,95 € | 14.714,25 €* SMI | +3,0 % | 10,92 € |
| Grupo II | ||||
| Director/a · Grupo II | 1.207,04 € | 18.105,60 €* | +3,0 % | 10,92 € |
| Jefe/a de división · Grupo II | 1.143,92 € | 17.158,80 €* | +3,0 % | 10,92 € |
| Jefe/a de Personal, Jefe/a de compras, Jefe/a de ventas y Encargado/a general | 1.128,14 € | 16.922,10 €* SMI | +3,0 % | 10,92 € |
| Jefe/a de sucursal o supermercado y Jefe/a de almacén y Jefe/a de grupo | 1.055,82 € | 15.837,30 €* SMI | +3,0 % | 10,92 € |
| Jefe/a de sección mercantil | 1.018,36 € | 15.275,40 €* SMI | +3,0 % | 10,92 € |
| Encargado/a de establecimiento, Vendedor/a, Comprador/a e Interprete | 996,58 € | 14.948,70 €* SMI | +3,0 % | 10,92 € |
| Dependiente mayor | 1.092,77 € | 16.391,55 €* SMI | +3,0 % | 10,92 € |
| Viajante, Corredor de plaza, Dependiente y Dependiente cajero/a | 993,45 € | 14.901,75 €* SMI | +3,0 % | 10,92 € |
| Ayudante y Ayudante de Dependiente cajero/a | 868,41 € | 13.026,15 €* SMI | +3,0 % | 10,92 € |
| Grupo III | ||||
| Director/a · Grupo III | 1.207,04 € | 18.105,60 €* | +3,0 % | 10,92 € |
| Jefe/a de división · Grupo III | 1.143,91 € | 17.158,65 €* | +3,0 % | 10,92 € |
| Jefe/a administrativo | 1.068,86 € | 16.032,90 €* SMI | +3,0 % | 10,92 € |
| Secretario/a | 1.044,14 € | 15.662,10 €* SMI | +3,0 % | 10,92 € |
| Contable | 1.004,32 € | 15.064,80 €* SMI | +3,0 % | 10,92 € |
| Jefe/a de sección administrativa | 1.033,36 € | 15.500,40 €* SMI | +3,0 % | 10,92 € |
| Contable-Cajero/a o Taquimecanógrafo/a | 1.004,32 € | 15.064,80 €* SMI | +3,0 % | 10,92 € |
| Oficial administrativo/a u Operador/a de máquinas contables y Procesador/a de datos | 993,45 € | 14.901,75 €* SMI | +3,0 % | 10,92 € |
| Auxiliar administrativo/a o Perforista | 909,53 € | 13.642,95 €* SMI | +3,0 % | 10,92 € |
| Grupo IV | ||||
| Jefe/a de sección de servicios, Dibujante y Escaparatista | 1.018,36 € | 15.275,40 €* SMI | +3,0 % | 10,92 € |
| Ayudante de montaje | 816,00 € | 12.240,00 €* SMI | +3,0 % | 10,92 € |
| Delineante Visitador y Rotulista | 905,97 € | 13.589,55 €* SMI | +3,0 % | 10,92 € |
| Cortador/a | 959,48 € | 14.392,20 €* SMI | +3,0 % | 10,92 € |
| Ayudante de cortador/a | 898,47 € | 13.477,05 €* SMI | +3,0 % | 10,92 € |
| Jefe/a de taller | 1.017,16 € | 15.257,40 €* SMI | +3,0 % | 10,92 € |
| Profesional de oficio de 1ª y Técnicos de máquinas y electrodomésticos | 969,76 € | 14.546,40 €* SMI | +3,0 % | 10,92 € |
| Profesional de oficio de 2ª | 943,62 € | 14.154,30 €* SMI | +3,0 % | 10,92 € |
| Profesional de oficio de 3ª | 904,15 € | 13.562,25 €* SMI | +3,0 % | 10,92 € |
| Capataz | 944,18 € | 14.162,70 €* SMI | +3,0 % | 10,92 € |
| Mozo/a especializado y Palista | 907,48 € | 13.612,20 €* SMI | +3,0 % | 10,92 € |
| Ascensorista y Telefonista | 839,14 € | 12.587,10 €* SMI | +3,0 % | 10,92 € |
| Mozo/a | 869,36 € | 13.040,40 €* SMI | +3,0 % | 10,92 € |
| Empaquetador/a | 879,26 € | 13.188,90 €* SMI | +3,0 % | 10,92 € |
| Conductor/a-repartidor/a de 1ª | 1.044,64 € | 15.669,60 €* SMI | +3,0 % | 10,92 € |
| Conductor/a-repartidor/a de 2ª | 999,43 € | 14.991,45 €* SMI | +3,0 % | 10,92 € |
| Conductor/a-repartidor/a de 3ª | 944,32 € | 14.164,80 €* SMI | +3,0 % | 10,92 € |
| Personal de limpieza (jornada completa) | 831,23 € | 12.468,45 €* SMI | +3,0 % | 10,92 € |
| Grupo V | ||||
| Conserje | 944,18 € | 14.162,70 €* SMI | +3,0 % | 10,92 € |
| Cobrador/a | 954,66 € | 14.319,90 €* SMI | +3,0 % | 10,92 € |
| Vigilante, Sereno, Ordenanza y Portero/a | 839,14 € | 12.587,10 €* SMI | +3,0 % | 10,92 € |
* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.
Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».
Notas de la tabla. Tabla del anexo III para el año 2026 (+3 % sobre la vigente desde el 1/7/2025). Salario base mensual en 15 pagas (12 mensualidades y 3 pagas extra).
Pluses y complementos
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Aumentos periódicos por años de servicio (cuatrienios)
Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Un cuatrienio por cada cuatro años de servicio en la misma empresa, hasta seis como máximo (tope fijado desde el 1/1/1995, sin perjuicio de los derechos adquiridos o en curso); cuenta desde el ingreso, aprendizaje incluido, y se cobra desde el día 1 del mes siguiente a cumplir el cuatrienio. Se incluye en las pagas extra y en las vacaciones.
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Plus de asistencia
37,29 € al mes, en 12 pagasPremio por no faltar al trabajo. Quién lo cobra: Todo el personal, mensual y proporcional a la jornada. Por cada día laborable de falta al trabajo se descuentan 1,49 €.
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Plus de convenio (antiguo plus de transporte)
127,06 € al mes, en 12 pagasPlus fijo que el convenio suma al salario base. Quién lo cobra: Importe único para todo el personal (1.524,75 € al año en 12 mensualidades), proporcional a la jornada y al tiempo efectivamente trabajado; quien lo cobrase íntegro con jornada inferior lo conserva como condición más beneficiosa.
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Plus consolidado (sustituye al complemento de protección familiar)
66,57 € al mes, en 12 pagasQuién lo cobra: Solo quien lo tenía devengado a 31/12/1999 (por matrimonio o por hijo); complemento «ad personam» invariable, que cotiza y se incluye en las pagas extra y en las vacaciones.
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Plus de idiomas
el 10 % de tu salario baseLo que se paga si tu puesto exige otros idiomas. Quién lo cobra: Conocimientos acreditados de uno o más idiomas, nacionales o extranjeros, cuando la empresa los requiera y lo pacte por escrito; un 10 % del salario base por cada idioma.
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Gratificación por ornamentación de escaparates
el 10 % de tu salario baseQuién lo cobra: Personal que no es escaparatista pero hace con carácter normal la ornamentación de escaparates: 10 % de su salario base más los aumentos por años de servicio.
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Plus de nocturnidad
1,57 € por horaLo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Por cada hora trabajada entre las 22:00 y las 6:00, salvo que el salario ya se haya fijado atendiendo a que el trabajo es nocturno por naturaleza o se compense con descanso.
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Quebranto de moneda
82,98 € al mes, en 12 pagasLo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres. Quién lo cobra: Personas con categoría distinta de Cobrador/a que hagan con carácter habitual y permanente las funciones de cobros y pagos, previo pacto escrito; importe por mes efectivamente trabajado, y deben reponer a su costa el dinero que falte salvo atraco.
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Dietas (gastos sin justificante)
Media dieta 5,75 €; dieta completa 12,05 € brutos diarios, según el desplazamiento sea por media jornada o por jornada completaLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Personal en comisión de servicio fuera de su residencia habitual de trabajo: se abonan los gastos justificados (con tope del 80 % del salario base diario en media dieta y del 200 % en dieta completa) y, además, esta dieta por los gastos que no se pueden justificar.
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Kilometraje con vehículo propio
0,26 € por kilómetro recorridoLo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Desplazamientos con vehículo propio; el importe debe estar siempre ajustado al fijado en cada momento en el Reglamento del IRPF.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Fuente: BOP Almería (tabla salarial 2026, publicado el 25/3/2026). Revisado el .
Código de convenio 04000175011982