Tablas salariales 2025
XVIII Convenio colectivo estatal para las empresas del comercio de flores y plantas.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
Hay 15 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Tabla definitiva Subida general +4,0 %
Ejemplo · elige tu categoría
Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. En festivo, más un 150 %. De mutuo acuerdo entre empresa y persona trabajadora, se compensan preferentemente en descanso o en dinero. (art. 25)
Sueldo por categoría en 2025
| Categoría | Base / mes | Bruto anual | Hora extra |
|---|---|---|---|
| Grupo I | |||
| Técnicos titulados | 1.682,81 € | 26.246,23 €* | 25,69 € |
| Grupo II | |||
| Técnicos no titulados | 1.308,27 € | 20.628,13 €* | 20,19 € |
| Jefe/a Administrativo/a | 1.189,96 € | 18.853,48 €* | 18,45 € |
| Maestro/a Florista | 1.312,61 € | 20.693,23 €* | 20,25 € |
| Grupo III | |||
| Oficial/a Administrativo/a | 1.131,76 € | 17.980,48 €* | 17,60 € |
| Oficial/a Mayor | 1.187,09 € | 18.810,43 €* | 18,41 € |
| Oficial/a Florista | 1.117,04 € | 17.759,68 €* | 17,38 € |
| Oficial/a de Mantenimiento instalaciones | 1.308,25 € | 20.627,83 €* | 20,19 € |
| Grupo IV | |||
| Auxiliar Administrativo/a | 1.038,13 € | 16.576,03 €* | 16,22 € |
| Ayudante Florista | 1.105,67 € | 17.589,13 €* | 17,22 € |
| Auxiliar Florista | 1.105,67 € | 17.589,13 €* | 17,22 € |
| Personal Auxiliar de Ventas | 1.117,04 € | 17.759,68 €* | 17,38 € |
| Mozo/a | 1.069,26 € | 17.042,98 €* | 16,68 € |
| Conductor/a de vehículos | 1.117,04 € | 17.759,68 €* | 17,38 € |
| Auxiliar de Mantenimiento | 1.117,04 € | 17.759,68 €* | 17,38 € |
* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.788 horas de jornada anual del convenio.
Notas de la tabla. Anexo III «Salarios 2025: incremento 4 %» del BOE de 24/10/2025, elevados a definitivos por la comisión mixta (IPC real de 2025: 2,9 %, sin revisión). Salario mes (puestos administrativos y de oficio) o día (puestos con retribución diaria).
Pluses y complementos
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Plus de antigüedad
Importe mensual fijo por categoría y tramo de años (tabla de antigüedad del anexo III); no es un porcentaje ni se suma por trienios: se cobra el importe del tramo en que se estéLo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla, según los años de antigüedad en la empresa (tramos 2-6, 6-10, 10-14, 14-18, 18-22, 22-26, 26-30, 30-34, 34-38 y 38-42 años).
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Plus de nocturnidad
un 25 % más sobre tu hora normal, por cada horaLo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00 (el art. 22 define hora nocturna igual).
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Retribución complementaria por domingos y festivos
un 40 % más sobre tu hora normal, por cada horaLo que se paga de más por trabajar en domingo. Quién lo cobra: Tiempo trabajado en domingos y festivos.
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Ayuda de desgaste de ropa propia
3,00 € al mes, en 12 pagasCompensación por la ropa de trabajo que pones tú. Quién lo cobra: Solo si la empresa no exige un uniforme o calzado determinado.
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Dieta diaria
45,00 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento a localidad distinta de la habitual que obliga a pernoctar fuera del domicilio; la empresa puede sustituirla por el abono de los gastos reales.
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Media dieta
23,00 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento que obliga a comer o cenar fuera del domicilio o del lugar habitual.
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Kilometraje con vehículo propio
La cantidad por kilómetro que Hacienda considere desgravable en cada momento, hoy 0,26 € por kilómetroLo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Uso del vehículo propio para trabajos de la empresa (se excluye al personal que trabaja habitualmente fuera de su residencia con la compensación ya pactada).
Plus de desplazamiento
91,28 € al mes, en 11 pagasQuién lo cobra: todas las categorías de la tabla.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Fuente: BOE-A-2025-21424 (tabla salarial 2025, publicado el 24/10/2025). Revisado el .
Código de convenio 99001125011982