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Tablas salariales 2023

Convenio colectivo laboral del comercio de muebles de la Comunidad de Madrid.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2023. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Código de convenio 28000755011982

Última actualización: 16 de octubre de 2026

    Hay 5 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +15,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 75 %. En festivo, más un 150 %; de noche, más un 150 %. A elección del trabajador: cobro con recargo (nunca inferior al 75 %) o descanso retribuido equivalente, incrementado al menos en ese porcentaje. (art. 30)

    Sueldo por categoría en 2023
    CategoríaBase / mesBruto anualHora extra
    V
    Grupo profesional V1.509,44 €22.641,66 €22,11 €
    IV
    Grupo profesional IV1.287,01 €19.305,17 €18,85 €
    III
    Grupo profesional III1.187,09 €17.806,42 €17,39 €
    II
    Grupo profesional II1.142,09 €17.131,32 €16,73 €
    I
    Grupo profesional I1.084,59 €16.268,82 €15,89 €

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.792 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Tabla salarial 2023 del art. 26.D (con la subida del 15 % retroactiva a 1/1/2023).

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Complemento personal de antigüedad consolidada

      Cantidad consolidada a 1/1/1999 (5 % del salario base por cuatrienio, hasta esa fecha), actualizada con las subidas salariales; no es compensable ni absorbible.

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quien ya la tenía a 1 de enero de 1999: desde esa fecha no se devenga antigüedad por permanencia en la empresa.

      Cotiza y tributa como salario. art. 24

      Importe individual (ad personam): no consta en la tabla. Se abona en las pagas ordinarias y extraordinarias (art. 25).

    • Plus de transporte

      94,09 € al mes, en 12 pagas

      Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Compensación de los gastos de desplazamiento al centro de trabajo; cantidad mensual de la tabla.

      Cotiza y tributa como salario. art. 46 y tabla salarial 2023

    • Media dieta

      15,55 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Cuando por desplazamiento o montaje el trabajador no puede volver a comer a su domicilio.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 47 y tabla salarial 2023

    • Dieta completa (manutención con pernocta)

      32,72 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Cuando hay que pernoctar fuera de casa, además del alojamiento y transporte a cargo de la empresa.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 47 y tabla salarial 2023

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid-20230823-7 (tabla salarial 2023, publicado el 23/8/2023). Revisado el .

    Código de convenio 28000755011982

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