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Tablas salariales 2025 · provisionales

Convenio colectivo de comercio de tejidos en general, mercería, paquetería y quincalla de la provincia de Cádiz.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 16 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Tabla provisional: el boletín publica la tabla de 2025 como provisional. Puede cambiar cuando se publique la revisión.

Código de convenio 11000725011981

Última actualización: 16 de octubre de 2026

    Hay 46 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla provisional Subida general +3,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Sueldo por categoría en 2025

    Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.184 € al mes en 14 pagas · 16.576 € al año)

    3 de 46 categorías de la tabla 2025 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2025.

    CategoríaBase / mesBruto anual
    Grupo I
    TITULADO/A GRADO SUPERIOR1.696,69 €27.147,04 €*
    TITULADO/A GRADO MEDIO1.465,01 €23.440,16 €*
    AYUDANTE TECNICO/A SANITARIO/A1.313,51 €21.016,16 €*
    Grupo II
    DIRECTOR/A1.851,47 €29.623,52 €*
    JEFE/A DE DIVISIÓN1.641,27 €26.260,32 €*
    JEFE/A DE PERSONAL1.619,58 €25.913,28 €*
    JEFE/A DE COMPRAS1.619,58 €25.913,28 €*
    JEFE/A DE VENTAS1.619,58 €25.913,28 €*
    ENCARGADO/A GENERAL1.619,58 €25.913,28 €*
    JEFE/A DE SUCURSAL Y SUPERMERCADO1.465,01 €23.440,16 €*
    JEFE/A DE ALMACEN1.465,01 €23.440,16 €*
    JEFE/A DE GRUPO1.387,89 €22.206,24 €*
    JEFE/A DE SECCION MERCANTIL1.333,72 €21.339,52 €*
    ENCARGADO/A ESTABLECIMIENTO, VENDEDOR, COMPRADOR1.333,72 €21.339,52 €*
    INTERPRETE1.274,09 €20.385,44 €*
    VIAJANTE1.287,25 €20.596,00 €*
    CORREDOR DE PLAZA1.271,91 €20.350,56 €*
    DEPENDIENTE/A NIVEL 11.243,10 €19.889,60 €*
    DEPENDIENTE/A NIVEL 21.158,59 €18.537,44 €*
    AYUDANTE1.095,77 €17.532,32 €*
    Grupo III
    DIRECTOR/A1.841,37 €29.461,92 €*
    JEFE/A DE DIVISIÓN1.658,44 €26.535,04 €*
    JEFE/A ADMINISTRATIVO1.511,33 €24.181,28 €*
    SECRETARIO/A1.253,42 €20.054,72 €*
    CONTABLE1.287,26 €20.596,16 €*
    JEFE/A DE SECCION ADMINISTRATIVO1.418,74 €22.699,84 €*
    CONTABLE, CAJERO/A, MECANÓGRAFO/A, TAQUÍGRAFO/A E IDIOMAS1.287,29 €20.596,64 €*
    OFICIAL ADMINISTRATIVO U OPERADOR DE MAQUINA1.243,10 €19.889,60 €*
    AUXILIAR ADMINISTRATIVO O PERFORISTA1.095,67 €17.530,72 €*
    AUX.DE CAJA NIVEL 31.032,71 €16.523,36 €* SMI
    AUX.DE CAJA NIVEL 21.079,99 €17.279,84 €*
    AUX.DE CAJA NIVEL 11.127,31 €18.036,96 €*
    Grupo IV
    JEFE/A DE SECCION DE SERVICIOS1.387,89 €22.206,24 €*
    DIBUJANTE1.486,59 €23.785,44 €*
    ESCAPARATISTA1.418,71 €22.699,36 €*
    DELINIANTE1.174,40 €18.790,40 €*
    VISITADOR/A1.174,40 €18.790,40 €*
    ROTULISTA1.174,40 €18.790,40 €*
    CORTADOR/A1.271,91 €20.350,56 €*
    AYUDANTE DE CORTADOR/A1.158,82 €18.541,12 €*
    JEFE/A DE TALLER1.158,82 €18.541,12 €*
    PERSONAL DE OFICIOS DE 1ª1.243,08 €19.889,28 €*
    PERSONAL DE OFICIOS DE 2ª1.158,57 €18.537,12 €*
    PERSONAL DE OFICIOS DE 3ª1.095,70 €17.531,20 €*
    MOZO/A ESPECIALIZADO/A1.008,44 €16.135,04 €* SMI
    MOZO/A974,15 €15.586,40 €* SMI

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Notas de la tabla. Anexo III «Tabla salarial provisional 2025 (3 % de incremento)»: salario mensual por categoría.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Antigüedad (trienios)

      un 3 % del salario base cada tres años (trienio), hasta 5 (tope: 15 % del salario)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla; máximo de cinco trienios/bienios (15 %). Contratados antes de 1/1/1981: bienios; desde 31/12/1995: trienios al 3 %.

      Cotiza y tributa como salario. art. 8

      El convenio no dice sobre qué base se calcula el 3 %; las pagas extra se calculan sobre salario convenio más antigüedad (art. 9). Quien superaba el tope conserva el exceso como «antigüedad consolidada» (condición personal, revalorizada con los incrementos).

    • Plus compensatorio

      106,74 € al mes, en 12 pagas

      Plus fijo que el convenio suma al salario base. Quién lo cobra: Solo en empresas con más de 50 trabajadores/as (independientemente de los de cada centro); 12 mensualidades. La comisión paritaria aclaró que cuenta la plantilla en la provincia de Cádiz (acta de 21/09/2023).

      Cotiza y tributa como salario. art. 10 y anexo

      Importe de la tabla provisional de 2025; el art. 10 lo fija en 100,61 € (base 2023).

    • Compensación por prendas de trabajo

      100,37 € cada semestre si la empresa no entrega las prendas

      Compensación por la ropa de trabajo que pones tú. Quién lo cobra: Solo si la empresa exige uniforme o ropa de carga/descarga y no la proporciona cada seis meses.

      Cotiza y tributa como salario. art. 11 y anexo

    • Dietas

      19,75 € si hay una sola comida; 39,33 € si hay dos comidas; 10,76 € al día si el desplazamiento ocupa la jornada de mañana o tarde sin derecho a dieta

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamientos fuera del radio de la población; también si se vuelve 1 h 30 min después del cierre máximo del comercio.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 13 y anexo

    • Quebranto de moneda

      47,24 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres. Quién lo cobra: Auxiliares de caja y cajeros/as; no se cobra en las pagas extra ni en vacaciones.

      Cotiza y tributa como salario. art. 15 y anexo

      «Cajero/a» figura en la categoría «Contable, cajero/a, mecanógrafo/a, taquígrafo/a e idiomas».

    • Plus de sábados por la tarde

      27,81 € por cada día trabajado

      Quién lo cobra: Empresas de más de 50 trabajadores/as: tarde de sábado trabajada (voluntaria) cuando la empresa no da el día de descanso del mes siguiente ni se opta por el descanso acumulado; se paga íntegro si el horario del sábado pasa de las 13:30.

      Cotiza y tributa como salario. art. 17.4 y anexo

    • Ayuda por hijos/as con discapacidad intelectual

      85,17 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Por cada hijo/a con discapacidad intelectual reconocida por la Seguridad Social.

      Cotiza y tributa como salario. art. 22 y anexo

    • Incremento de oficial administrativo/a a los 4 años

      13,46 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga por las condiciones de un puesto concreto. Quién lo cobra: Oficial administrativo/a con 4 años en el puesto y la empresa.

      Cotiza y tributa como salario. art. 29.K y anexo

    • Kilometraje del delegado/a de prevención

      0,23 € por kilómetro para toda la vigencia

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Delegado/a de prevención que usa su vehículo para atender varios centros.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 31

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Fuente: BOP Cádiz (tabla salarial 2025, publicado el 12/9/2023). Revisado el .

    Código de convenio 11000725011981

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