Convenio colectivo
Convenio colectivo de comercio de tejidos en general, mercería, paquetería y quincalla de la provincia de Cádiz.
Ha terminado su plazo, pero se sigue aplicando hasta que se firme el nuevo.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
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naturales
Al año, además de las 12 mensualidadesPagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tablas salariales 2026
Tabla provisional: el convenio no ha publicado aún la tabla de 2026; mostramos la de 2025 en ultraactividad. Puede cambiar cuando se publique la revisión.
Salario de tabla, bruto en 16 pagas, sin antigüedad ni pluses personales.
Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)
3 de 46 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.
| Categoría | Al mes | Al año (bruto) |
|---|---|---|
| Personal titulado | ||
| TITULADO/A GRADO SUPERIOR | 1.696,69 € | 27.147,04 € |
| TITULADO/A GRADO MEDIO | 1.465,01 € | 23.440,16 € |
| AYUDANTE TECNICO/A SANITARIO/A | 1.313,51 € | 21.016,16 € |
| Personal de dirección y mercantil | ||
| DIRECTOR/A | 1.851,47 € | 29.623,52 € |
| JEFE/A DE DIVISIÓN | 1.641,27 € | 26.260,32 € |
| JEFE/A DE PERSONAL | 1.619,58 € | 25.913,28 € |
| JEFE/A DE COMPRAS | 1.619,58 € | 25.913,28 € |
| JEFE/A DE VENTAS | 1.619,58 € | 25.913,28 € |
| ENCARGADO/A GENERAL | 1.619,58 € | 25.913,28 € |
| JEFE/A DE SUCURSAL Y SUPERMERCADO | 1.465,01 € | 23.440,16 € |
| JEFE/A DE ALMACEN | 1.465,01 € | 23.440,16 € |
| JEFE/A DE GRUPO | 1.387,89 € | 22.206,24 € |
| JEFE/A DE SECCION MERCANTIL | 1.333,72 € | 21.339,52 € |
| ENCARGADO/A ESTABLECIMIENTO, VENDEDOR, COMPRADOR | 1.333,72 € | 21.339,52 € |
| INTERPRETE | 1.274,09 € | 20.385,44 € |
| VIAJANTE | 1.287,25 € | 20.596,00 € |
| CORREDOR DE PLAZA | 1.271,91 € | 20.350,56 € |
| DEPENDIENTE/A NIVEL 1 | 1.243,10 € | 19.889,60 € |
| DEPENDIENTE/A NIVEL 2 | 1.158,59 € | 18.537,44 € |
| AYUDANTE | 1.095,77 € | 17.532,32 € |
| Personal técnico no titulado y administrativo | ||
| DIRECTOR/A | 1.841,37 € | 29.461,92 € |
| JEFE/A DE DIVISIÓN | 1.658,44 € | 26.535,04 € |
| JEFE/A ADMINISTRATIVO | 1.511,33 € | 24.181,28 € |
| SECRETARIO/A | 1.253,42 € | 20.054,72 € |
| CONTABLE | 1.287,26 € | 20.596,16 € |
| JEFE/A DE SECCION ADMINISTRATIVO | 1.418,74 € | 22.699,84 € |
| CONTABLE, CAJERO/A, MECANÓGRAFO/A, TAQUÍGRAFO/A E IDIOMAS | 1.287,29 € | 20.596,64 € |
| OFICIAL ADMINISTRATIVO U OPERADOR DE MAQUINA | 1.243,10 € | 19.889,60 € |
| AUXILIAR ADMINISTRATIVO O PERFORISTA | 1.095,67 € | 17.530,72 € |
| AUX.DE CAJA NIVEL 3 SMI | 1.032,71 € | 16.523,36 € |
| AUX.DE CAJA NIVEL 2 | 1.079,99 € | 17.279,84 € |
| AUX.DE CAJA NIVEL 1 | 1.127,31 € | 18.036,96 € |
| Personal de servicios y actividades auxiliares | ||
| JEFE/A DE SECCION DE SERVICIOS | 1.387,89 € | 22.206,24 € |
| DIBUJANTE | 1.486,59 € | 23.785,44 € |
| ESCAPARATISTA | 1.418,71 € | 22.699,36 € |
| DELINIANTE | 1.174,40 € | 18.790,40 € |
| VISITADOR/A | 1.174,40 € | 18.790,40 € |
| ROTULISTA | 1.174,40 € | 18.790,40 € |
| CORTADOR/A | 1.271,91 € | 20.350,56 € |
| AYUDANTE DE CORTADOR/A | 1.158,82 € | 18.541,12 € |
| JEFE/A DE TALLER | 1.158,82 € | 18.541,12 € |
| PERSONAL DE OFICIOS DE 1ª | 1.243,08 € | 19.889,28 € |
| PERSONAL DE OFICIOS DE 2ª | 1.158,57 € | 18.537,12 € |
| PERSONAL DE OFICIOS DE 3ª | 1.095,70 € | 17.531,20 € |
| MOZO/A ESPECIALIZADO/A SMI | 1.008,44 € | 16.135,04 € |
| MOZO/A SMI | 974,15 € | 15.586,40 € |
Calcula tu neto: lo que te llega al mes, con descuentos
Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.
Categorías explicadas
Tu categoría depende de lo que haces, no del nombre de tu puesto en la empresa. El convenio ordena los puestos por responsabilidad, autonomía y formación (art. 22 del Estatuto de los Trabajadores).
Personal titulado
- TITULADO/A GRADO SUPERIORPor ejemplo: titulado grado superior. En la tabla cobra 27.147 € al año (puesto 3 de 34 por sueldo).
- TITULADO/A GRADO MEDIOPor ejemplo: titulado grado medio. En la tabla cobra 23.440 € al año (puesto 9 de 34 por sueldo).
- AYUDANTE TECNICO/A SANITARIO/APor ejemplo: ayudante tecnico sanitario. En la tabla cobra 21.016 € al año (puesto 14 de 34 por sueldo).
Personal de dirección y mercantil
- DIRECTOR/APor ejemplo: director. En la tabla cobra 29.624 € al año, el sueldo más alto.
- JEFE/A DE DIVISIÓNPor ejemplo: jefe de división. En la tabla cobra 26.260 € al año (puesto 5 de 34 por sueldo).
- JEFE/A DE PERSONALPor ejemplo: jefe de personal. En la tabla cobra 25.913 € al año (puesto 6 de 34 por sueldo).
- JEFE/A DE COMPRASPor ejemplo: jefe de compras. En la tabla cobra 25.913 € al año (puesto 6 de 34 por sueldo).
- JEFE/A DE VENTASPor ejemplo: jefe de ventas. En la tabla cobra 25.913 € al año (puesto 6 de 34 por sueldo).
- ENCARGADO/A GENERALPor ejemplo: encargado general. En la tabla cobra 25.913 € al año (puesto 6 de 34 por sueldo).
- JEFE/A DE SUCURSAL Y SUPERMERCADOPor ejemplo: jefe de sucursal y supermercado. En la tabla cobra 23.440 € al año (puesto 9 de 34 por sueldo).
- JEFE/A DE ALMACENPor ejemplo: jefe de almacen. En la tabla cobra 23.440 € al año (puesto 9 de 34 por sueldo).
- JEFE/A DE GRUPOPor ejemplo: jefe de grupo. En la tabla cobra 22.206 € al año (puesto 12 de 34 por sueldo).
- JEFE/A DE SECCION MERCANTILPor ejemplo: jefe de seccion mercantil. En la tabla cobra 21.340 € al año (puesto 13 de 34 por sueldo).
- ENCARGADO/A ESTABLECIMIENTO, VENDEDOR, COMPRADORPor ejemplo: encargado establecimiento, vendedor, comprador. En la tabla cobra 21.340 € al año (puesto 13 de 34 por sueldo).
- INTERPRETEPor ejemplo: interprete. En la tabla cobra 20.385 € al año (puesto 18 de 34 por sueldo).
- VIAJANTEPor ejemplo: viajante. En la tabla cobra 20.596 € al año (puesto 17 de 34 por sueldo).
- CORREDOR DE PLAZAPor ejemplo: corredor de plaza. En la tabla cobra 20.351 € al año (puesto 19 de 34 por sueldo).
- DEPENDIENTE/A NIVEL 1Por ejemplo: dependiente nivel 1. En la tabla cobra 19.890 € al año (puesto 21 de 34 por sueldo).
- DEPENDIENTE/A NIVEL 2Por ejemplo: dependiente nivel 2. En la tabla cobra 18.537 € al año (puesto 25 de 34 por sueldo).
- AYUDANTEPor ejemplo: ayudante. En la tabla cobra 17.532 € al año (puesto 28 de 34 por sueldo).
Personal técnico no titulado y administrativo
- DIRECTOR/APor ejemplo: director. En la tabla cobra 29.462 € al año (puesto 2 de 34 por sueldo).
- JEFE/A DE DIVISIÓNPor ejemplo: jefe de división. En la tabla cobra 26.535 € al año (puesto 4 de 34 por sueldo).
- JEFE/A ADMINISTRATIVOPor ejemplo: jefe administrativo. En la tabla cobra 24.181 € al año (puesto 7 de 34 por sueldo).
- SECRETARIO/APor ejemplo: secretario. En la tabla cobra 20.055 € al año (puesto 20 de 34 por sueldo).
- CONTABLEPor ejemplo: contable. En la tabla cobra 20.596 € al año (puesto 16 de 34 por sueldo).
- JEFE/A DE SECCION ADMINISTRATIVOPor ejemplo: jefe de seccion administrativo. En la tabla cobra 22.700 € al año (puesto 10 de 34 por sueldo).
- CONTABLE, CAJERO/A, MECANÓGRAFO/A, TAQUÍGRAFO/A E IDIOMASPor ejemplo: contable, cajero, mecanógrafo, taquígrafo e idiomas. En la tabla cobra 20.597 € al año (puesto 15 de 34 por sueldo).
- OFICIAL ADMINISTRATIVO U OPERADOR DE MAQUINAPor ejemplo: oficial administrativo u operador de maquina. En la tabla cobra 19.890 € al año (puesto 21 de 34 por sueldo).
- AUXILIAR ADMINISTRATIVO O PERFORISTAPor ejemplo: auxiliar administrativo o perforista. En la tabla cobra 17.531 € al año (puesto 30 de 34 por sueldo).
- AUX.DE CAJA NIVEL 3Por ejemplo: aux.de caja nivel 3. En la tabla cobra 16.523 € al año (puesto 32 de 34 por sueldo).
- AUX.DE CAJA NIVEL 2Por ejemplo: aux.de caja nivel 2. En la tabla cobra 17.280 € al año (puesto 31 de 34 por sueldo).
- AUX.DE CAJA NIVEL 1Por ejemplo: aux.de caja nivel 1. En la tabla cobra 18.037 € al año (puesto 27 de 34 por sueldo).
Personal de servicios y actividades auxiliares
- JEFE/A DE SECCION DE SERVICIOSPor ejemplo: jefe de seccion de servicios. En la tabla cobra 22.206 € al año (puesto 12 de 34 por sueldo).
- DIBUJANTEPor ejemplo: dibujante. En la tabla cobra 23.785 € al año (puesto 8 de 34 por sueldo).
- ESCAPARATISTAPor ejemplo: escaparatista. En la tabla cobra 22.699 € al año (puesto 11 de 34 por sueldo).
- DELINIANTEPor ejemplo: deliniante. En la tabla cobra 18.790 € al año (puesto 23 de 34 por sueldo).
- VISITADOR/APor ejemplo: visitador. En la tabla cobra 18.790 € al año (puesto 23 de 34 por sueldo).
- ROTULISTAPor ejemplo: rotulista. En la tabla cobra 18.790 € al año (puesto 23 de 34 por sueldo).
- CORTADOR/APor ejemplo: cortador. En la tabla cobra 20.351 € al año (puesto 19 de 34 por sueldo).
- AYUDANTE DE CORTADOR/APor ejemplo: ayudante de cortador. En la tabla cobra 18.541 € al año (puesto 24 de 34 por sueldo).
- JEFE/A DE TALLERPor ejemplo: jefe de taller. En la tabla cobra 18.541 € al año (puesto 24 de 34 por sueldo).
- PERSONAL DE OFICIOS DE 1ªPor ejemplo: personal de oficios de 1ª. En la tabla cobra 19.889 € al año (puesto 22 de 34 por sueldo).
- PERSONAL DE OFICIOS DE 2ªPor ejemplo: personal de oficios de 2ª. En la tabla cobra 18.537 € al año (puesto 26 de 34 por sueldo).
- PERSONAL DE OFICIOS DE 3ªPor ejemplo: personal de oficios de 3ª. En la tabla cobra 17.531 € al año (puesto 29 de 34 por sueldo).
- MOZO/A ESPECIALIZADO/APor ejemplo: mozo especializado. En la tabla cobra 16.135 € al año (puesto 33 de 34 por sueldo).
- MOZO/APor ejemplo: mozo. En la tabla cobra 15.586 € al año, el más bajo.
Pluses, horas extra y subidas
Pluses: lo que se cobra además del sueldo de la tabla
- Quién lo cobra
- Toda la plantilla; máximo de cinco trienios/bienios (15 %).
- Dónde lo dice
- art. 8
- Quién lo cobra
- Solo en empresas con más de 50 trabajadores/as (independientemente de los de cada centro); 12 mensualidades.
- Dónde lo dice
- art. 10 y anexo
- Quién lo cobra
- Solo si la empresa exige uniforme o ropa de carga/descarga y no la proporciona cada seis meses
- Dónde lo dice
- art. 11 y anexo
- Quién lo cobra
- Desplazamientos fuera del radio de la población; también si se vuelve 1 h 30 min después del cierre máximo del comercio
- Dónde lo dice
- art. 13 y anexo
- Quién lo cobra
- Auxiliares de caja y cajeros/as; no se cobra en las pagas extra ni en vacaciones
- Dónde lo dice
- art. 15 y anexo
- Quién lo cobra
- Empresas de más de 50 trabajadores/as: tarde de sábado trabajada (voluntaria) cuando la empresa no da el día de descanso del mes siguiente ni se opta por el descanso acumulado; se paga íntegro si el horario del sábado pasa de las 13:30
- Dónde lo dice
- art. 17.4 y anexo
- Quién lo cobra
- Por cada hijo/a con discapacidad intelectual reconocida por la Seguridad Social
- Dónde lo dice
- art. 22 y anexo
- Quién lo cobra
- Oficial administrativo/a con 4 años en el puesto y la empresa
- Dónde lo dice
- art. 29.K y anexo
- Quién lo cobra
- Delegado/a de prevención que usa su vehículo para atender varios centros
- Dónde lo dice
- art. 31
Horas extra
- Dónde lo dice
- art. 14
Subidas pactadas
| Año | Subida de la tabla | Qué significa |
|---|---|---|
| 2025 | 3 % | 3 % sobre los salarios vigentes a 31/12/2024, retroactivo a 1/1/2025; sirve de base para el siguiente convenio |
Revisión salarial
A 31/12 de cada año, si entre el IPC real y el incremento pactado más un 1 % hay exceso, se revisan los conceptos en ese exceso con un máximo del 1 %, solo para actualizar la base de cálculo de los incrementos siguientes. La disposición transitoria segunda la limita a que el IPC real de 2023 pase del 5 % y el de 2024 y 2025 pase del 4 %. (art. 7 y disposición transitoria segunda).
Permisos pagados
5 de los 8 permisos del convenio mejoran lo que da el Estatuto de los Trabajadores. En la tabla tienes siempre el total: lo que da tu convenio y lo que da el Estatuto.
| Permiso | En tu convenio | Lo que da el Estatuto | Resultado |
|---|---|---|---|
| Matrimonioart. 19.A | 20 | 15 días naturales | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento de padres/madres, cónyuge o hijos/asart. 19.C | 3 (4 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Mejora el Estatuto |
| Fallecimiento de padres/madres políticos, abuelos/as y hermanos/asart. 19.B | 2 (4 con desplazamiento) | 2 días (4 con desplazamiento) | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Accidente o enfermedad graves, hospitalización o intervención quirúrgica (con o sin hospitalización con reposo domiciliario) de parientes hasta 2.º grado, cónyuge o pareja de hechoart. 19.D | 5 | 5 días | Te corresponden 5 por el Estatuto (el convenio dice 2) |
| Traslado de domicilio habitualart. 19.G | 2 | 1 día | Mejora el Estatuto |
| Asuntos propiosart. 19.F | 3 | — | Mejora el Estatuto |
| Aprendices menores de edad: 1,5 horas diarias para estudios o cursillosart. 19.E | — | — | Mejora el Estatuto |
| Deber inexcusable de carácter público y personal: el tiempo indispensableart. 19 (remite al ET) | — | El tiempo indispensable | Igual o sin mínimo en el Estatuto |
| Además, por el Estatuto de los TrabajadoresEl convenio no los menciona, pero te corresponden igualmente (art. 37 ET). | |||
| Funciones sindicales o de representación del personal | No lo menciona | Las horas que fije la ley | Lo da el Estatuto |
| Exámenes prenatales y preparación al parto | No lo menciona | El tiempo necesario | Lo da el Estatuto |
| Lactancia de un menor de 9 meses | No lo menciona | 1 hora al día | Lo da el Estatuto |
| Fuerza mayor por motivos familiares urgentes | No lo menciona | 4 días al año (horas) | Lo da el Estatuto |
Preguntas frecuentes
¿Está vigente el convenio de comercio textil de Cádiz?
Su estado a 16 de octubre de 2026 es: caducado, pero se sigue aplicando. Vigencia del 1/1/2023 al 31/12/2025.
¿Cuál es el sueldo más bajo del convenio de comercio textil de Cádiz en 2026?
Hay categorías por debajo del salario mínimo (la más baja, 15.586,40 €). Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada.
¿Cuántos días de vacaciones da el convenio de comercio textil de Cádiz?
30 días naturales al año.
¿Te avisamos de cualquier novedad de este convenio?
Comercio textil en otras provincias
AlicanteAlmeríaBadajozBarcelonaBizkaiaCantabriaCiudad RealComunitat Valenciana
Otros convenios de Cádiz
Campo y agriculturaComercio de alimentación y supermercadosComercio de alimentación y supermercadosComercio del metalConstrucciónHostelería
Lo que suele venir después.
Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz (BOP) (texto del convenio, publicado el 12/9/2023). Revisado el .
Vigencia pactada del 1/1/2023 al 31/12/2025 (art. 3); vencido, «quedará en vigor en todo su contenido mientras no se negocie uno nuevo». Sin tabla de 2026 publicada a 16/10/2026: se aplica la última (provisional de 2025). el registro oficial de convenios recoge un acta de la comisión paritaria de 31/07/2026 sin texto publicado.
Es el convenio del comercio de tejidos en general, mercería, paquetería y quincalla de la provincia de Cádiz. Venció el 31/12/2025 pero sigue vigente hasta que se firme otro; la tabla de 2026 no está publicada, así que se muestran las tablas provisionales de 2025. Otros comercios de Cádiz (alimentación, metal…) tienen su propio convenio.