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Tablas salariales 2026 · provisionales

Convenio colectivo de comercio textil, calzado y piel de la provincia de Santa Cruz de Tenerife 2020-⁠2030.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 16 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Tabla provisional: el convenio no ha publicado aún la tabla de 2026; mostramos la de 2025, que se sigue aplicando. Puede cambiar cuando se publique la revisión.

Código de convenio 38000465011984

Última actualización: 16 de octubre de 2026

    Hay 21 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Sigue la tabla del año anterior Subida general 0,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: La hora extra se paga a la hora normal más un 150 %. En festivo, más un 300 %. Con jornada contractual de lunes a domingo, trabajar un día de descanso semanal se puede compensar con 2 horas de descanso por cada hora extra, de común acuerdo (a disfrutar en los 4 meses siguientes). (art. 11.2)

    Sueldo por categoría en 2026

    Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)

    3 de 21 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.

    CategoríaBase / mesBruto anualSubida vs 2025Hora extra
    Personal técnico o titulado
    Titulado Grado Superior/graduado1.532,22 €24.515,52 €*0,0 %34,69 €
    Director/a1.490,04 €23.840,64 €*0,0 %33,73 €
    Jefe/a de División1.344,67 €21.514,72 €*0,0 %30,44 €
    Jefe/a Personal, Compras, Ventas, Encargado/a Gral.1.285,20 €20.563,20 €*0,0 %29,09 €
    Jefe/a Almacén, Encargado/a Establecimiento1.237,58 €19.801,28 €*0,0 %28,02 €
    Personal especialista o no titulado
    Jefe de sección1.237,58 €19.801,28 €*0,0 %28,02 €
    Cajero/a de Tienda1.242,69 €19.883,04 €*0,0 %28,13 €
    Comercial1.172,95 €18.767,20 €*0,0 %26,55 €
    Dependiente/a o vendedor/ra1.146,78 €18.348,48 €*0,0 %25,96 €
    Ayudante Dependiente/a o vendedor/ra1.061,63 €16.986,08 €* SMI0,0 %24,03 €
    Auxiliar de Caja1.061,65 €16.986,40 €* SMI0,0 %24,03 €
    Personal administrativo
    Jefe/a Sección Administrativa1.228,16 €19.650,56 €*0,0 %27,80 €
    Contable y Cajero/a de Administración1.242,69 €19.883,04 €*0,0 %28,13 €
    Administrativo/a1.164,62 €18.633,92 €*0,0 %26,36 €
    Auxiliar Administrativo/a1.146,78 €18.348,48 €*0,0 %25,96 €
    Personal de servicio
    Dibujante, Escaparatista1.224,67 €19.594,72 €*0,0 %27,72 €
    Conductor/a1.147,40 €18.358,40 €*0,0 %25,97 €
    Mozo/a Especialista1.147,40 €18.358,40 €*0,0 %25,97 €
    Mozo/a1.120,99 €17.935,84 €*0,0 %25,38 €
    Conserje, Cobrador/a1.146,90 €18.350,40 €*0,0 %25,96 €
    Personal Limpieza S.M.I.1.036,00 €16.576,00 €* SMI0,0 %23,45 €

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.767 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Sin tabla de 2026 publicada a 16/10/2026: se mantiene la de 2025. No se ha aplicado la subida de 2026 (IPC de 2025), que el art. 3 manda calcular en enero.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus de idiomas

      el 15 % de tu salario base

      Lo que se paga si tu puesto exige otros idiomas. Quién lo cobra: Quien acredite el conocimiento y empleo de idiomas con titulación de un centro homologado; complemento personal.

      Cotiza y tributa como salario. art. 15.D

    • Plus de peligrosidad

      el 20 % de tu salario base

      Lo que se paga por trabajos con riesgo. Quién lo cobra: Trabajos peligrosos (parking, vigilante sereno, vigilante jurado y otros); en desacuerdo decide la Dirección Territorial de Trabajo.

      Cotiza y tributa como salario. art. 15.G

    • Plus de caja

      48,12 € al mes, en 12 pagas

      Lo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres. Quién lo cobra: Personal de caja que permanece hasta 30 minutos tras la jornada por el cuadre diario (ese tiempo cuenta como trabajado).

      Cotiza y tributa como salario. art. 15.H y acta de 24/07/2025

      El art. 15.H da 46,81 €/mes; el acta de 2025 publicada en el mismo BOP fija 48,12 €.

    • Dieta y media dieta

      22,34 € la dieta; 12,03 € la media dieta

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Viajes o desplazamientos a poblaciones distintas de la del centro de trabajo, para gastos distintos del alojamiento y el traslado.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 15.E y acta de 24/07/2025

      El art. 15.E del texto da 19,54 € y 11,71 €; el acta de 2025 fija 22,34 € y 12,03 €.

    • Plus de kilometraje

      0,23 € por kilómetro (acta 2025)

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Todas las categorías.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 15.F y acta de 24/07/2025

      El art. 15.F del texto dice 0,26 €/km; la tabla del acta de 2025 recoge 0,23 €/km.

    • Trabajo en domingos y festivos de apertura

      Por cada hora trabajada: una hora ordinaria de salario más una hora de descanso, recuperable en los cuatro meses siguientes

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Domingos y festivos autorizados en los que la empresa decida abrir; el trabajo es voluntario (la persona avisa antes de fin de febrero).

      Cotiza y tributa como salario. art. 11.1

      Se abona además del salario mensual de la nómina, sin necesidad de que sean horas extraordinarias.

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Fuente: BOP Santa Cruz de Tenerife (tabla salarial 2026). Revisado el .

    Código de convenio 38000465011984

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