Tablas salariales 2026 · provisionales
Convenio colectivo de la Industria y el Comercio de la Vid para la provincia de Valladolid, años 2022-2023-2024-2025.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 15 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tabla provisional: el convenio no ha publicado aún la tabla de 2026; mostramos la de 2025 en ultraactividad. Puede cambiar cuando se publique la revisión.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
Hay 35 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Sigue la tabla del año anterior Subida general 0,0 %
Ejemplo · elige tu categoría
Horas extra: El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. Las horas se abonan en los cuatro meses siguientes o se compensan con descanso equivalente en ese plazo. (art. 24)
Sueldo por categoría en 2026
Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)
10 de 35 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.
| Categoría | Base / mes | Bruto anual | Subida vs 2025 | Hora extra |
|---|---|---|---|---|
| Técnicos titulados | ||||
| Técnicos Título Superior | 2.037,90 € | 30.568,50 € | 0,0 % | 26,05 € |
| Técnico Título Medio | 1.630,36 € | 24.455,40 € | 0,0 % | 20,84 € |
| Técnico Título Inferior | 1.426,57 € | 21.398,55 € | 0,0 % | 18,24 € |
| Técnicos no titulados | ||||
| Encargado de Bodegas | 1.630,35 € | 24.455,25 € | 0,0 % | 20,84 € |
| Encargado de Laboratorio | 1.426,57 € | 21.398,55 € | 0,0 % | 18,24 € |
| Auxiliar de Laboratorio | 1.120,84 € | 16.812,60 € SMI | 0,0 % | 14,33 € |
| Administración | ||||
| Jefe Superior de Administración | 2.037,90 € | 30.568,50 € | 0,0 % | 26,05 € |
| Jefe de 1.ª | 1.783,19 € | 26.747,85 € | 0,0 % | 22,80 € |
| Jefe de 2.ª | 1.579,38 € | 23.690,70 € | 0,0 % | 20,19 € |
| Oficial de 1.ª | 1.323,53 € | 19.852,95 € | 0,0 % | 16,92 € |
| Oficial de 2.ª | 1.171,86 € | 17.577,90 € | 0,0 % | 14,98 € |
| Auxiliar | 1.105,07 € | 16.576,00 € SMI | 0,0 % | 14,13 € |
| Comerciales | ||||
| Jefe Superior Comercial | 2.037,90 € | 30.568,50 € | 0,0 % | 26,05 € |
| Jefe de Ventas | 1.783,19 € | 26.747,85 € | 0,0 % | 22,80 € |
| Inspector de Ventas | 1.426,57 € | 21.398,55 € | 0,0 % | 18,24 € |
| Coordinador de Ventas | 1.323,53 € | 19.852,95 € | 0,0 % | 16,92 € |
| Corredor Viajante Promotor | 1.222,74 € | 18.341,10 € | 0,0 % | 15,63 € |
| Subalternos | ||||
| Conserje | 1.120,84 € | 16.812,60 € SMI | 0,0 % | 14,33 € |
| Subalterno 1.ª | 1.120,84 € | 16.812,60 € SMI | 0,0 % | 14,33 € |
| Subalterno 2.ª | 1.105,07 € | 16.576,00 € SMI | 0,0 % | 14,13 € |
| Limpieza | 1.105,07 € | 16.576,00 € SMI | 0,0 % | 14,13 € |
| Obreros profesionales | ||||
| Capataz de Bodega | 51,37 €/día | 23.375,45 €1 | 0,0 % | 19,92 € |
| Encargado de Sección | 47,50 €/día | 21.610,67 €1 | 0,0 % | 18,42 € |
| Oficial 1.ª · Obreros profesionales | 44,18 €/día | 20.101,73 €1 | 0,0 % | 17,13 € |
| Oficial 2.ª · Obreros profesionales | 39,08 €/día | 17.783,51 €1 | 0,0 % | 15,16 € |
| Oficial 3.ª · Obreros profesionales | 37,34 €/día | 16.989,88 € SMI1 | 0,0 % | 14,48 € |
| Oficial 1.ª Chófer de Ruta | 40,71 €/día | 18.524,92 €1 | 0,0 % | 15,79 € |
| Conductor 1.ª Autoventista | 40,71 €/día | 18.524,92 €1 | 0,0 % | 15,79 € |
| Oficial 2.ª (segunda fila) · Obreros profesionales | 39,08 €/día | 17.783,51 €2 | 0,0 % | 15,15 € |
| Peón Especialista | 36,43 €/día | 16.576,00 € SMI | 0,0 % | 14,13 € |
| Peón | 36,43 €/día | 16.576,00 € SMI | 0,0 % | 14,13 € |
| Pinche de 16-17 años | 36,43 €/día | 16.576,00 € | 0,0 % | 14,13 € |
| Oficios auxiliares | ||||
| Oficial 1.ª · Oficios auxiliares | 40,71 €/día | 18.524,92 €1 | 0,0 % | 15,79 € |
| Oficial 2.ª · Oficios auxiliares | 39,08 €/día | 17.783,51 €1 | 0,0 % | 15,16 € |
| Oficial 3.ª · Oficios auxiliares | 37,34 €/día | 16.989,88 € SMI1 | 0,0 % | 14,48 € |
Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
1. Capataz de Bodega y otras: Retribución diaria: el anual equivale a 455 días (365 + 3 gratificaciones de 30 días).
2. Oficial 2.ª (segunda fila) · Obreros profesionales: El boletín repite «Oficial 2.ª» en el grupo de obreros profesionales (la segunda tras Conductor 1.ª Autoventista) con la misma retribución y una hora extra de 15,15 € en lugar de 15,16 €. Retribución diaria: el anual equivale a 455 días (365 + 3 gratificaciones de 30 días).
Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.760 horas de jornada anual del convenio.
Notas de la tabla. Convenio vencido el 31/12/2025 y sin tabla de 2026 publicada a 16/10/2026: se mantiene la de 2025 (art. 86 ET), con las seis categorías ya revisadas al SMI de 2025. No se aplica ninguna subida.
Pluses y complementos
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Antigüedad (bienios y cuatrienios)
5 % por cada bienio (máximo cuatro bienios) y después cuatro cuatrienios del 10 %, hasta un máximo del 60 %, sobre una base de cálculo fija: sin base publicada para 2026 (2025: 1.055,71 €)Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo para quien se contrató antes del 26/10/2012: desde esa fecha está suprimida para las nuevas contrataciones.
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Plus de transporte
Ayuda para ir y volver del trabajo. Quién lo cobra: Por día efectivamente trabajado; se paga mensualmente.
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Bonificación por trabajos nocturnos o penosos, tóxicos o peligrosos
el 30 % de tu salario baseLo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Quien hace trabajo nocturno o trabajos considerados penosos, tóxicos o peligrosos según la legislación vigente.
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Dieta entera (viaje que impide hacer las dos comidas y pernoctar en casa)
Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento por orden de la empresa que impide hacer las dos comidas principales y pernoctar en el domicilio.
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Dieta por comida
Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Servicio que empieza antes de las 12:00 sin posibilidad de regreso antes de las 15:00.
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Dieta por cena
Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Servicio que empieza antes de las 20:00 sin posibilidad de regreso antes de las 23:00.
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Dieta de desayuno y pernocta
Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento con pernocta fuera del domicilio (desayuno y alojamiento).
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Gastos de locomoción (vehículo propio)
0,452 € por kilómetro (2025)Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Desplazamiento en vehículo propio por orden de la empresa; además se abonan peajes y aparcamiento justificados.
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Quebranto de moneda
Lo que se paga a quien maneja dinero en caja, por los descuadres. Quién lo cobra: Quien lleva en cada vehículo la responsabilidad de la mercancía en reparto en autoventa y cobro.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Fuente: BOPVA-A-2022-03499 (BOP Valladolid, tabla salarial 2026, publicado el 19/10/2022). Revisado el .
Código de convenio 47000595011982