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Tablas salariales 2025

Convenio colectivo de trabajo del sector de comercio de vidrio y cerámica de la provincia de Valencia.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 16 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Código de convenio 46000895011982

Última actualización: 16 de octubre de 2026

    Hay 36 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +3,0 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: El convenio no fija el precio. Como mínimo, la hora extra se paga como una hora normal (art. 35.1 del Estatuto). (art. 18)

    Sueldo por categoría en 2025
    CategoríaBase / mesBruto anualHora extra
    VI
    Telefonista1.036,90 €16.590,42 €9,22 €
    Profesional de oficio 3º1.036,90 €16.590,42 €9,22 €
    Mozo/a1.036,90 €16.590,42 €9,22 €
    Vigilante1.036,90 €16.590,42 €9,22 €
    Limpieza1.036,90 €16.590,42 €9,22 €
    Portero/a1.036,90 €16.590,42 €9,22 €
    V
    Auxiliar Administrativo/a1.074,45 €17.191,18 €9,55 €
    Profesional de 2ª1.041,86 €16.669,80 €9,26 €
    Mozo/a especializado/a1.041,86 €16.669,80 €9,26 €
    Ayudante de dependiente/a1.041,86 €16.669,80 €9,26 €
    Cobrador/a1.041,86 €16.669,80 €9,26 €
    IV
    Administrativo/a1.084,28 €17.348,52 €9,64 €
    Cajero/a1.124,25 €17.987,94 €9,99 €
    Taquimecanógrafo/a1.124,25 €17.987,94 €9,99 €
    Profesional 1º1.061,71 €16.987,32 €9,44 €
    Dependiente/a de 1ª1.074,01 €17.184,16 €9,55 €
    Dependiente/a1.045,71 €16.731,33 €9,30 €
    III
    Of. administrativo/a1.111,24 €17.779,84 €9,88 €
    Intérprete1.103,48 €17.655,68 €9,81 €
    Secretario/a1.091,97 €17.471,58 €9,71 €
    Jefe/a de Sección · Administración, contabilidad y tesorería1.137,54 €18.200,63 €10,11 €
    Encargado/a de Establecimiento1.103,48 €17.655,68 €9,81 €
    Viajante o corredor de plaza1.111,29 €17.780,68 €9,88 €
    Jefe/a de Sección · Comercial, tareas de venta, compra o reposición1.135,21 €18.163,36 €10,09 €
    Dependiente Mayor1.189,27 €19.028,32 €10,57 €
    Jefe/a de Almacén1.200,13 €19.202,08 €10,67 €
    Jefe/a de Servicios1.161,46 €18.583,36 €10,32 €
    Jefe/a de Taller1.037,90 €16.606,40 €9,23 €
    II
    Jefe/a de Personal1.277,29 €20.436,64 €11,35 €
    Titulado/a Grado Medio1.200,13 €19.202,08 €10,67 €
    Jefe/a de Compras1.277,29 €20.436,64 €11,35 €
    Jefe/a de Ventas1.277,29 €20.436,64 €11,35 €
    Encargado/a General1.300,15 €20.802,40 €11,56 €
    Jefe/a de División1.296,54 €20.744,64 €11,52 €
    I
    Titulado/a Grado Superior1.326,98 €21.231,68 €11,80 €
    Director/a1.393,13 €22.290,10 €12,38 €

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.800 horas de jornada anual del convenio.

    Notas de la tabla. Anexo I del acta de la Comisión Negociadora de 11/6/2025 (BOP Valencia núm. 128, 8/7/2025). Incrementos sobre 2024: grupos VI y V 4,5 %, grupo V 5 %, resto 3 %, «Profesional de primera» 7 % (el acta repite el grupo V con dos porcentajes).

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Trabajo en domingo o festivo (si no hay pacto de empresa)

      el 50 % de tu salario base por hora

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Horas trabajadas en domingo o festivo hábil comercialmente, de forma voluntaria y solo si la empresa no ha pactado otra forma de abono o compensación; además, un día libre por cada domingo o festivo trabajado, a disfrutar en los dos meses siguientes.

      Cotiza y tributa como salario. art. 18 (Domingos y festivos)

      Salario hora anual = (12 mensualidades + 4 pagas extra) ÷ 1.800 horas, más el porcentaje de antigüedad consolidada (art. 15). El pacto de empresa nunca puede ser inferior.

    • Dieta completa

      40,96 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento por orden de la empresa a población distinta de la del domicilio o del centro de trabajo, cuando hay que pernoctar fuera.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 16 y anexo I (Otros conceptos)

      Además se abonan los gastos de locomoción (si no se usa vehículo de empresa) «a razón de la tabla del Anexo I», pero la tabla no da importe de kilometraje.

    • Media dieta

      11,15 € por cada día trabajado

      Lo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamiento en que solo hay que comer fuera del lugar habitual al mediodía.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 16 y anexo I (Otros conceptos)

    • Antigüedad consolidada (premios devengados antes del 1/1/1997)

      Importe personal ya consolidado: no es absorbible ni compensable y se suma al salario base en las cuatro pagas extraordinarias

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Solo quien devengó premios de antigüedad antes del 1 de enero de 1997; no se genera antigüedad nueva.

      Cotiza y tributa como salario. art. 10 y art. 12

      El convenio no da importes ni porcentajes: dependen de cada persona.

    • Retribución especial por más de 20 años de antigüedad

      Una mensualidad de las retribuciones del convenio al cesar, con más de 20 años de antigüedad

      Quién lo cobra: Quien lleve más de 20 años en la empresa cobra, al terminar la relación por cualquier causa sobrevenida (salvo despido procedente), una mensualidad de las retribuciones del convenio.

      El convenio no lo dice; pago único al cesar. art. 24

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial.

    Fuente: anuncio 2025/07876 (BOP Valencia, tabla salarial 2025). Revisado el .

    Código de convenio 46000895011982

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