Tablas salariales 2024
XX Convenio colectivo nacional de empresas de ingeniería; oficinas de estudios técnicos; inspección, supervisión y control técnico y de calidad.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2024. Todas las categorías cobran en 14 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
Hay 8 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Tabla definitiva Subida general +2,3 %
Ejemplo · elige tu categoría
Sueldo por categoría en 2024
Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.134 € al mes en 14 pagas · 15.876 € al año)
2 de 8 categorías de la tabla 2024 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2024.
| Categoría | Base / mes | Bruto anual |
|---|---|---|
| I | ||
| Nivel 1 · Titulado/a superior y analista | 1.869,33 € | 28.664,12 €1 |
| Nivel 2 · Titulado/a medio/a o graduado/a universitario/a | 1.409,34 € | 22.224,26 € |
| II | ||
| Nivel 3 · Técnico/a de cálculo o diseño, programador/a y jefe/a 1.ª administrativo/a | 1.358,99 € | 21.519,36 € |
| Nivel 4 · Delineante proyectista y jefe/a 2.ª administrativo/a | 1.245,94 € | 19.936,66 € |
| III | ||
| Nivel 5 · Delineante, técnico/a de 1.ª, modelador/a BIM, técnico/a informático/a, oficial 1.ª administrativo/a y traductor/a | 1.113,26 € | 18.079,14 € |
| Nivel 6 · Técnico/a de 2.ª y oficial 2.ª administrativo/a | 959,14 € | 15.921,46 € |
| IV | ||
| Nivel 7 · Vigilante o inspector/a de obra, auxiliar técnico/a, auxiliar administrativo/a y telefonista-recepcionista | 926,96 € | 15.470,94 € SMI |
| Nivel 8 · Ayudante | 926,21 € | 15.460,44 € SMI |
Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
1. Nivel 1 · Titulado/a superior y analista: Quien accede a su primer empleo con título, o con contrato formativo de práctica profesional, empieza a cobrar el plus de convenio al cumplirse un año de relación laboral (art. 38.2).
Notas de la tabla. Acta del Comité Paritario de 24/1/2024 (BOE 23/3/2024): tabla de 2024 = tabla de 2023 + 2,30 % (art. 33.2). Mes × 14 es el salario base; salario anual es el total de la tabla: salario base anual más plus de convenio (2.493,50 €).
Pluses y complementos
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Antigüedad (trienios)
Cinco trienios del 5 % del salario base de la tabla, tres del 10 % y un último del 5 % (máximo 9 trienios, 60 %)Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Toda la plantilla; los trienios se devengan desde el 1 de enero del año en que se cumplen y se pagan con la última categoría y salario base de convenio.
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Trabajo nocturno
un 100 % más sobre tu hora normal, por cada horaLo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 6:00; no se aplica al personal a turnos ni al contratado expresamente para horario nocturno (vigilantes, serenos…).
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Dieta por desplazamiento con pernocta
51,00 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Desplazamientos en España que exijan pernoctar en municipio distinto del lugar de trabajo habitual y de la residencia.
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Dieta de manutención (alojamiento facilitado por la empresa)
30,00 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Opcional durante los primeros 20 días de desplazamiento a un mismo destino, si la empresa facilita el alojamiento.
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Dieta por comida o cena fuera del lugar habitual
12,00 € por cada día trabajadoLo que se paga por comer o dormir fuera por trabajo. Quién lo cobra: Trabajos encomendados en lugar distinto del habitual sin poder volver a comer a casa y sin pernoctar.
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Gastos de locomoción con vehículo propio
0,28 € por kilómetro recorrido, más peajes y aparcamiento justificados (salvo que la empresa abone más por kilómetro)Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Viaje de servicio con vehículo propio autorizado por la empresa.
Plus de convenio
2.493,50 € al año, en un solo pagoPlus fijo que el convenio suma al salario base. Quién lo cobra: todas las categorías de la tabla.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Fuente: BOE-A-2024-5873 (tabla salarial 2024, publicado el 23/3/2024). Revisado el .
Código de convenio 99002755011981