Saltar al contenido

Tablas salariales 2025

XI Convenio colectivo laboral para el sector privado de residencias para la tercera edad, servicios de atención a las personas dependientes y desarrollo de la promoción de la autonomía personal en la Comunitat Valenciana.

Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2025. Todas las categorías cobran en 14 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.

Código de convenio 80000265011996

Última actualización: 16 de octubre de 2026

    Hay 27 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.

    Tabla definitiva Subida general +2,5 %

    Ejemplo · elige tu categoría

    Horas extra: El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. Se compensan preferentemente en tiempo de trabajo; si no, se abonan al precio del anexo I. (art. 39; anexo I)

    Sueldo por categoría en 2025

    Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.184 € al mes en 14 pagas · 16.576 € al año)

    12 de 27 categorías de la tabla 2025 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2025.

    CategoríaBase / mesBruto anualHora extra
    Grupo 1 – Dirección y titulados/as superiores
    Administrador/a2.118,53 €29.659,42 €*29,22 €
    Gerente2.118,53 €29.659,42 €*29,22 €
    Director/a2.118,53 €29.659,42 €*29,22 €
    Médico/a1.804,68 €25.265,52 €*24,85 €
    Titulado Superior (Psicólogo/a, Subdirector/a, etc.)1.804,68 €25.265,52 €*24,85 €
    Grupo 2 – Mandos intermedios
    Supervisor/a1.579,07 €22.106,98 €*21,74 €
    Enfermero/a1.579,07 €22.106,98 €*21,74 €
    Trabajador/a Social1.466,30 €20.528,20 €*20,23 €
    Fisioterapeuta1.466,30 €20.528,20 €*20,23 €
    Terapeuta Ocupacional1.466,30 €20.528,20 €*20,23 €
    Titulado/a Medio1.435,13 €20.091,82 €*119,77 €
    Gobernante/a1.212,49 €16.974,86 €*16,72 €
    Cocinero/a1.168,61 €16.360,54 €* SMI16,13 €
    Grupo 3 – Personal cualificado
    TASOC/TIS/Monitor de Actividades/Persona Usuaria Experta1.243,51 €17.409,14 €*17,15 €
    Oficial/a Mantenimiento1.187,68 €16.627,52 €*16,38 €
    Oficial/a Administrativo1.187,68 €16.627,52 €*16,38 €
    Grupo 4 – Personal auxiliar
    Conductor/a1.168,61 €16.360,54 €* SMI16,13 €
    Gerocultor/a1.168,61 €16.360,54 €* SMI16,13 €
    Monitor Taller1.168,61 €16.360,54 €* SMI16,13 €
    Jardinero/a1.148,12 €16.073,68 €* SMI15,84 €
    Auxiliar Mantenimiento1.148,12 €16.073,68 €* SMI15,84 €
    Auxiliar Administrativo/a1.148,12 €16.073,68 €* SMI15,84 €
    Portero/a-Recepcionista1.148,12 €16.073,68 €* SMI15,84 €
    Grupo 5 – Personal auxiliar de servicios residenciales
    Limpiador/a-Planchador/a1.059,27 €14.829,78 €* SMI14,62 €
    Pinche Cocina1.059,27 €14.829,78 €* SMI14,62 €
    Ayudante/a Oficios varios1.059,27 €14.829,78 €* SMI14,62 €
    Personal no cualificado1.059,27 €14.829,78 €* SMI214,62 €

    * Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.

    Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    1. Titulado/a Medio: No figura en el cuadro del art. 11; se agrupa en el Grupo 2 por su salario (grupo B de la tabla).

    2. Personal no cualificado: No figura en el cuadro del art. 11; se agrupa en el Grupo 5 por su salario (grupo D de la tabla).

    Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.772 horas de jornada anual del convenio.

    Pluses y complementos

    Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.

    • Plus de antigüedad (trienios)

      21,91 € al mes cada tres años (trienio)

      Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Importe fijo por cada tres años de servicio en la empresa (igual en todas las categorías); proporcional a la jornada. Entra en las dos pagas extra (art. 37.H).

      Cotiza y tributa como salario. art. 37.B; anexo I

      Sin tope de trienios. Importe de la tabla 2025 (1 de enero a 30 de noviembre).

    • Plus personal de adaptación

      20,72 € al mes, en 12 pagas

      Quién lo cobra: Solo para quien ya lo viniera percibiendo a la entrada en vigor del convenio: fijo, periódico, no compensable ni absorbible.

      Cotiza y tributa como salario. art. 37.C; anexo I

      Retribución mensual que incluye vacaciones. Importe de la tabla 2025 (1 de enero a 30 de noviembre).

    • Plus de domingos y festivos

      21,87 € por cada día trabajado

      Lo que se paga de más por trabajar en domingo. Quién lo cobra: Por jornada trabajada en domingo o festivo, sea cual sea su duración; no lo cobra el personal contratado específicamente para domingos o festivos. En turno de noche cuenta si la jornada se inició la víspera.

      Cotiza y tributa como salario. art. 37.E; anexo I

      Importe de la tabla 2025 (1 de enero a 30 de noviembre).

    • Plus de nocturnidad (hora nocturna)

      de 2,07 a 4,14 € por hora según categoría

      Lo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 7:00. Se percibe también en las vacaciones por el personal de turno fijo de noche.

      Cotiza y tributa como salario. art. 37.D; anexo I

      El anexo da el importe por hora nocturna de cada categoría. Importe de la tabla 2025 (1 de enero a 30 de noviembre).

    • Festivos de especial significación (Navidad y Año Nuevo)

      de 35,08 a 70,16 € por día trabajado según categoría

      Lo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Servicio desde el turno de noche del 24 al 25 de diciembre hasta el de tarde del 25 y del 31 de diciembre al 1 de enero. No se percibe por un solo turno; si coinciden con domingo se cobra también el festivo sustitutorio según tabla.

      Cotiza y tributa como salario. art. 40; anexo I

      Importe de la tabla 2025 (1 de enero a 30 de noviembre).

    • Plus de disponibilidad

      24,30 € según el anexo I (el convenio no precisa la unidad)

      Lo que se paga por estar localizable fuera de tu horario. Quién lo cobra: Turnos de disponibilidad voluntarios (localizable durante la jornada); como máximo el 25 % de la jornada. Se computa como hora extra el tiempo desde el requerimiento hasta 30 minutos después de acabar.

      Cotiza y tributa como salario. art. 37.F y 41; anexo I

      La tabla no indica la unidad del plus (por hora, día o turno). Importe de la tabla 2025 (1 de enero a 30 de noviembre).

    • Gastos de desplazamiento con vehículo propio

      0,18 € por kilómetro

      Lo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Cuando el servicio obliga a usar el vehículo propio.

      No cotiza: no cuenta para el paro ni la jubilación. art. 37.I

    Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.

    Fuente: Diari Oficial de la Generalitat Valenciana 2025/46104 (tabla salarial 2025, publicado el 20/11/2025). Revisado el .

    Código de convenio 80000265011996

    Volver arriba