Tablas salariales 2026 · provisionales
XI Convenio colectivo laboral para el sector privado de residencias para la tercera edad, servicios de atención a las personas dependientes y desarrollo de la promoción de la autonomía personal en la Comunitat Valenciana.
Elige tu categoría y te decimos lo que te toca cobrar en 2026. Todas las categorías cobran en 14 pagas. Pagas que fija este convenio; cambia de un sector a otro.
Tabla provisional: el convenio no ha publicado aún la tabla de 2026; mostramos la de 2025 en ultraactividad. Puede cambiar cuando se publique la revisión.
Última actualización: 16 de octubre de 2026
Hay 27 categorías. Escribe para encontrar la tuya, o pulsa tu fila en la tabla de abajo.
Sigue la tabla del año anterior Subida general +0,5 %
Ejemplo · elige tu categoría
Horas extra: El convenio fija un precio por hora extra para cada categoría. Se compensan preferentemente en tiempo de trabajo; si no, se abonan al precio del anexo I. (art. 39; anexo I)
Sueldo por categoría en 2026
Este convenio está por debajo del salario mínimo: te corresponde como mínimo el SMI (1.221 € al mes en 14 pagas · 17.094 € al año)
15 de 27 categorías de la tabla 2026 quedan por debajo, a jornada completa; las verás marcadas con «SMI». Si cobras menos que eso, lo que te toca es el SMI. Real Decreto del SMI 2026.
| Categoría | Base / mes | Bruto anual | Subida vs 2025 | Hora extra |
|---|---|---|---|---|
| Grupo 1 – Dirección y titulados/as superiores | ||||
| Administrador/a | 2.129,13 € | 29.807,82 €* | +0,5 % | 29,37 € |
| Gerente | 2.129,13 € | 29.807,82 €* | +0,5 % | 29,37 € |
| Director/a | 2.129,13 € | 29.807,82 €* | +0,5 % | 29,37 € |
| Médico/a | 1.813,70 € | 25.391,80 €* | +0,5 % | 24,98 € |
| Titulado Superior (Psicólogo/a, Subdirector/a, etc.) | 1.813,70 € | 25.391,80 €* | +0,5 % | 24,98 € |
| Grupo 2 – Mandos intermedios | ||||
| Supervisor/a | 1.586,97 € | 22.217,58 €* | +0,5 % | 21,85 € |
| Enfermero/a | 1.586,97 € | 22.217,58 €* | +0,5 % | 21,85 € |
| Trabajador/a Social | 1.473,63 € | 20.630,82 €* | +0,5 % | 20,33 € |
| Fisioterapeuta | 1.473,63 € | 20.630,82 €* | +0,5 % | 20,33 € |
| Terapeuta Ocupacional | 1.473,63 € | 20.630,82 €* | +0,5 % | 20,33 € |
| Titulado/a Medio | 1.442,31 € | 20.192,34 €*1 | +0,5 % | 19,86 € |
| Gobernante/a | 1.218,55 € | 17.059,70 €* SMI | +0,5 % | 16,81 € |
| Cocinero/a | 1.174,45 € | 16.442,30 €* SMI | +0,5 % | 16,21 € |
| Grupo 3 – Personal cualificado | ||||
| TASOC/TIS/Monitor de Actividades/Persona Usuaria Experta | 1.249,72 € | 17.496,08 €* | +0,5 % | 17,24 € |
| Oficial/a Mantenimiento | 1.193,62 € | 16.710,68 €* SMI | +0,5 % | 16,47 € |
| Oficial/a Administrativo | 1.193,62 € | 16.710,68 €* SMI | +0,5 % | 16,47 € |
| Grupo 4 – Personal auxiliar | ||||
| Conductor/a | 1.174,45 € | 16.442,30 €* SMI | +0,5 % | 16,21 € |
| Gerocultor/a | 1.174,45 € | 16.442,30 €* SMI | +0,5 % | 16,21 € |
| Monitor Taller | 1.174,45 € | 16.442,30 €* SMI | +0,5 % | 16,21 € |
| Jardinero/a | 1.153,86 € | 16.154,04 €* SMI | +0,5 % | 15,92 € |
| Auxiliar Mantenimiento | 1.153,86 € | 16.154,04 €* SMI | +0,5 % | 15,92 € |
| Auxiliar Administrativo/a | 1.153,86 € | 16.154,04 €* SMI | +0,5 % | 15,92 € |
| Portero/a-Recepcionista | 1.153,86 € | 16.154,04 €* SMI | +0,5 % | 15,92 € |
| Grupo 5 – Personal auxiliar de servicios residenciales | ||||
| Limpiador/a-Planchador/a | 1.064,57 € | 14.903,98 €* SMI | +0,5 % | 14,69 € |
| Pinche Cocina | 1.064,57 € | 14.903,98 €* SMI | +0,5 % | 14,69 € |
| Ayudante/a Oficios varios | 1.064,57 € | 14.903,98 €* SMI | +0,5 % | 14,69 € |
| Personal no cualificado | 1.064,57 € | 14.903,98 €* SMI2 | +0,5 % | 14,69 € |
* Bruto anual calculado como salario base × número de pagas, porque la tabla oficial no lo da.
Se cobra como mínimo el salario mínimo interprofesional: 1.221 € al mes en 14 pagas, 17.094 € al año a jornada completa (Real Decreto 126/2026); a tiempo parcial, en proporción a la jornada. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
1. Titulado/a Medio: No figura en el cuadro del art. 11; se agrupa en el Grupo 2 por su salario (grupo B de la tabla).
2. Personal no cualificado: No figura en el cuadro del art. 11; se agrupa en el Grupo 5 por su salario (grupo D de la tabla).
Subida: salario base de 2026 frente al de 2025 en la misma categoría (el bruto anual solo si los dos años lo dan del mismo modo). Si la categoría es nueva o cambió de nombre, sale «—».
Hora extra: hora normal = bruto anual ÷ 1.772 horas de jornada anual del convenio.
Pluses y complementos
Lo que se cobra además del salario de la tabla, según lo que hagas y cuánto lleves en la empresa.
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Plus de antigüedad (trienios)
22,02 € al mes cada tres años (trienio)Lo que se suma al sueldo por los años que llevas en la empresa. Quién lo cobra: Importe fijo por cada tres años de servicio en la empresa (igual en todas las categorías); proporcional a la jornada. Entra en las dos pagas extra (art. 37.H).
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Plus personal de adaptación
20,72 € al mes, en 12 pagasQuién lo cobra: Solo para quien ya lo viniera percibiendo a la entrada en vigor del convenio: fijo, periódico, no compensable ni absorbible.
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Plus de domingos y festivos
21,98 € por cada día trabajadoLo que se paga de más por trabajar en domingo. Quién lo cobra: Por jornada trabajada en domingo o festivo, sea cual sea su duración; no lo cobra el personal contratado específicamente para domingos o festivos. En turno de noche cuenta si la jornada se inició la víspera.
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Plus de nocturnidad (hora nocturna)
de 2,08 a 4,16 € por hora según categoríaLo que se paga de más por trabajar de noche. Quién lo cobra: Horas trabajadas entre las 22:00 y las 7:00. Se percibe también en las vacaciones por el personal de turno fijo de noche.
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Festivos de especial significación (Navidad y Año Nuevo)
de 35,26 a 70,51 € por día trabajado según categoríaLo que se paga de más por trabajar en festivo. Quién lo cobra: Servicio desde el turno de noche del 24 al 25 de diciembre hasta el de tarde del 25 y del 31 de diciembre al 1 de enero. No se percibe por un solo turno; si coinciden con domingo se cobra también el festivo sustitutorio según tabla.
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Plus de disponibilidad
24,43 € según el anexo I (el convenio no precisa la unidad)Lo que se paga por estar localizable fuera de tu horario. Quién lo cobra: Turnos de disponibilidad voluntarios (localizable durante la jornada); como máximo el 25 % de la jornada. Se computa como hora extra el tiempo desde el requerimiento hasta 30 minutos después de acabar.
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Gastos de desplazamiento con vehículo propio
0,18 € por kilómetroLo que se paga por cada kilómetro con tu vehículo. Quién lo cobra: Cuando el servicio obliga a usar el vehículo propio.
Importes de tabla: no incluyen antigüedad, pluses, horas extra, complementos personales ni revisiones posteriores. Vale lo publicado en el boletín oficial. Los complementos salariales pueden cambiar la comparación con el SMI.
Fuente: Diari Oficial de la Generalitat Valenciana 2025/46104 (tabla salarial 2026, publicado el 20/11/2025). Revisado el .
Código de convenio 80000265011996